jueves, 31 de mayo de 2012

NORMAS PARA PROCEDER EN EL DISCERNIMIENTO DE PRESUNTAS APARICIONES Y REVELACIONES



Conclusiones de la Congregación para la Doctrina de la Fe respecto a los problemas relativos a presuntas apariciones y a las revelaciones.

L’Osservatore Romano publica en su edición de hoy (29/05/2012) un articulo firmado por el card. William Levada, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, sobre las "Normas para proceder en el discernimiento de presuntas apariciones y revelaciones". Les recordamos que el dicasterio del card. Levada se ocupa de las materias vinculadas a la promoción y tutela de la doctrina de la fe y la moral, y es competente, además, para el examen de otros problemas conexos con la disciplina de la fe, como los casos de pseudo-misticismo, supuestas apariciones, visiones y mensajes atribuidos a un origen sobrenatural.

Luego de hacer un recuento histórico del documento confiado a su dicasterio el Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, observa que la actualidad de la problemática sobre las experiencias ligadas a los fenómenos sobrenaturales en la vida y misión de la Iglesia también ha sido notada por la XII Asamblea Ordinaria del Sínodo de Obispos sobre la Palabra de Dios, en octubre de 2008. Tal preocupación ha sido recogida por Benedicto XVI en un importante pasaje de la Exhortación Apostólica Post-sinodal Verbum Domini, insertándola en el horizonte global de la economía de la salvación… «El Sínodo ha recomendado "ayudar a los fieles a distinguir bien la Palabra de Dios de las revelaciones privadas", cuya función "no es la de... ´completar´ la Revelación definitiva de Cristo, sino la de ayudar a vivirla más plenamente en una cierta época de la historia".

El cardenal William Levada, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en las "Normas para proceder en el discernimiento de presuntas apariciones y revelaciones" en el artículo publicado por el diario L’Osservatore Romano recuerda que "el valor de las revelaciones privadas es esencialmente diferente al de la única revelación pública: ésta exige nuestra fe; en ella, en efecto, a través de palabras humanas y de la mediación de la comunidad viva de la Iglesia, Dios mismo nos habla. El criterio de verdad de una revelación privada es su orientación con respecto a Cristo. Cuando nos aleja de Él, entonces no procede ciertamente del Espíritu Santo, que nos guía hacia el Evangelio y no hacia fuera.

La revelación privada es una ayuda para esta fe, y se manifiesta como creíble precisamente cuando remite a la única revelación pública. Por eso, la aprobación eclesiástica de una revelación privada indica esencialmente que su mensaje no contiene nada contrario a la fe y a las buenas costumbres; es lícito hacerlo público, y los fieles pueden dar su asentimiento de forma prudente. Una revelación privada puede introducir nuevos acentos, dar lugar a nuevas formas de piedad o profundizar las antiguas. Puede tener un cierto carácter profético y prestar una ayuda válida para comprender y vivir mejor el Evangelio en el presente; de ahí que no se pueda descartar", escribe Levada.

Es viva esperanza de esta Congregación, concluye, que la publicación oficial de las Normas sobre el modo de proceder en el discernimiento de presuntas apariciones y revelaciones pueda ayudar a los Pastores de la Iglesia Católica en su empeño para la exigente tarea del discernimiento de las presuntas apariciones y revelaciones, mensajes y locuciones o, más en general, fenómenos extraordinarios o de presunto origen sobrenatural. Al mismo tiempo desea que el texto pueda ser útil a los teólogos y expertos en este ámbito de la experiencia viva de la Iglesia, que hoy reviste una cierta importancia y requiere de una reflexión más profunda.

Autor: Raúl Cabrera

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