jueves, 19 de mayo de 2022

TRIBUNAL ESPAÑOL CONCEDE A UNA ADVENTISTA QUE REALICE UN EXAMEN DE OPOSICIÓN EL SÁBADO AL PONERSE EL SOL

 Permanecerá incomunicada desde el mediodía, cuando el resto hacen el examen

El Tribunal Superior de Justicia valenciano ha estimado la medida cautelar pedida por una opositora a oftalmóloga y ha acordado que la Conselleria de Sanidad le retrase unas horas el examen hasta la puesta de sol del mismo sábado en que está convocado, el próximo 28 de mayo, en virtud de sus convicciones religiosas como miembro de la «Iglesia» Adventista del Séptimo Día.

(Agencias/InfoCatólica) Así lo ha acordado la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV en una resolución hecha pública el pasado miércoles y que al no ser firme puede ser recurrida ante la propia sala.

La Sala aplica jurisprudencia del Supremo y de otros Tribunales Superiores de Justicia sobre casos similares y, tras analizar los intereses en conflicto, concluye que no acceder a la pretensión de la recurrente le obligaría a verse «constreñida a optar entre la fidelidad a sus convicciones religiosas y la oportunidad de ingreso en la administración que le brinda el proceso selectivo».

Los magistrados, según explica el TSJCV, aplican a este caso el artículo 12.3 de la Ley 24/1992 por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas (FEREDE) (*) .

Este prevé que los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las Administraciones Públicas puedan ser señalados en una fecha alternativa para los fieles de dichas entidades «cuando no haya causa motivada que lo impida».

De este modo, la Sala acepta la medida cautelar solicitada y establece que la Administración le realice la prueba «en horario no coincidente con el sábado religioso», es decir, el mismo día de la convocatoria, pero a partir de la puesta de sol.

Para ello, la aspirante se deberá presentar en el lugar de la prueba en el día y hora del llamamiento general (28 de mayo a las 12 horas) provista de su DNI, y una vez identificada se mantendrá «incomunicada en una sala hasta que, a la hora oficial de la puesta del sol, pueda comenzar la realización de su examen de igual contenido y duración que el resto de los aspirantes».

(*) La Iglesia Adventista del Séptimo Día no es propiamente una comunión eclesial protestante evangélica, pues sus doctrinas difieren en aspectos importantes (sabatismo, profetismo de Hellen White, etc) del conjunto de las que son comunes a los protestantes evangélicos. Sin embargo, los protestantes en España aceptaron que los adventistas formaran parte de la entidad que les representa ante el estado.

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