Permanecerá incomunicada desde el mediodía, cuando el resto hacen el examen
El Tribunal
Superior de Justicia valenciano ha estimado la medida cautelar pedida por una
opositora a oftalmóloga y ha acordado que la Conselleria de Sanidad le retrase
unas horas el examen hasta la puesta de sol del mismo sábado en que está
convocado, el próximo 28 de mayo, en virtud de sus convicciones religiosas como
miembro de la «Iglesia» Adventista del Séptimo Día.
(Agencias/InfoCatólica) Así lo ha acordado la Sección
Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV en una resolución
hecha pública el pasado miércoles y que al no ser firme puede ser recurrida
ante la propia sala.
La Sala aplica jurisprudencia
del Supremo y de otros Tribunales Superiores de Justicia sobre casos similares
y, tras analizar los intereses en conflicto, concluye que no acceder a la
pretensión de la recurrente le obligaría a verse
«constreñida a optar entre la fidelidad a sus convicciones religiosas y la
oportunidad de ingreso en la administración que le brinda el proceso selectivo».
Los magistrados, según explica
el TSJCV, aplican a este
caso el artículo 12.3 de la Ley 24/1992 por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas
Evangélicas (FEREDE)
(*) .
Este prevé que los exámenes,
oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las
Administraciones Públicas puedan ser señalados en una fecha alternativa
para los fieles de dichas entidades «cuando
no haya causa motivada que lo impida».
De este modo, la Sala acepta
la medida cautelar solicitada y establece que la Administración le realice la prueba «en horario no coincidente con el sábado religioso», es decir, el
mismo día de la convocatoria, pero a partir de la puesta de sol.
Para ello, la aspirante se deberá presentar en el lugar
de la prueba en el día y hora del llamamiento general (28 de
mayo a las 12 horas) provista de su DNI, y una vez identificada se mantendrá «incomunicada en una sala hasta que, a la hora
oficial de la puesta del sol, pueda
comenzar la realización de su examen de igual contenido y duración que el resto
de los aspirantes».
(*) La Iglesia Adventista
del Séptimo Día no es propiamente una comunión eclesial protestante evangélica,
pues sus doctrinas difieren en aspectos importantes (sabatismo, profetismo de
Hellen White, etc) del conjunto de las que son comunes a los protestantes
evangélicos. Sin embargo, los protestantes en España aceptaron que los
adventistas formaran parte de la entidad que les representa ante el estado.
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