No se sabe ni sus nombres ni el sexo de ambos
Una persona
adulta de Nueva York, de quien no se ha revelado el nombre ni su sexo, quiere
casarse con su hijo o hija y ha presentado una demanda para anular las leyes
que prohíben esta práctica incestuosa, calificándola de cuestión de «autonomía
individual».
(NYP/BBC/InfoCatólica) El sujeto quiere permanecer
en el anonimato porque su petición es
«una acción que un gran segmento de la sociedad considera moral,
social y biológicamente repugnante», según los documentos
judiciales.
«A través del
vínculo duradero del matrimonio, dos personas, sea cual sea la relación que
puedan tener entre sí, pueden encontrar un mayor nivel de expresión, intimidad
y espiritualidad», argumenta dicha persona en la demanda ante el tribunal federal de
Manhattan presentada el 1 de abril.
Los documentos presentados
sólo ofrecen una imagen mínima de los futuros esposos, sin identificar su sexo,
edad, ciudad de origen o la naturaleza actual de su relación.
«Los cónyuges
propuestos son adultos», dice la demanda. «Los cónyuges propuestos
son padre e hijo biológicos. Los cónyuges propuestos no pueden procrear
juntos».
El incesto es un delito de
tercer grado según la ley de Nueva York, castigado con hasta cuatro años entre
rejas, y los matrimonios incestuosos se consideran nulos, enfrentándose los
cónyuges a una multa y hasta seis meses de cárcel además de la pena señalada
anteriormente.
SITUACIÓN LEGAL DEL
INCESTO EN EL MUNDO
La realidad es que
no hay unanimidad en cuanto al tratamiento del incesto en las diversas naciones
del mundo:
En España el
incesto no está tipificado como delito, aunque no está permitido
el matrimonio civil entre adultos con vínculo familiar hasta el tercer grado colateral: un tío o tía no puede casarse con su sobrino o sobrina.
En cambio, en Portugal el matrimonio está prohibido hasta el segundo grado colateral, por lo que hermanos no pueden contraer
matrimonio, pero sí los tíos con sus sobrinos.
En Francia la ley dice que el matrimonio puede ser
autorizado por orden presidencial entre parientes políticos cuando haya fallecido la persona que formó la
relación.
China,
Japón y Rusia son otras naciones donde las
relaciones incestuosas no están penadas pero el matrimonio
civil tiene restricciones.
En otros países sí se acepta,
aunque con matices: en Suecia está permitido el matrimonio
entre hermanastros que tengan a un padre común. Pero para ello requieren de un permiso especial
del gobierno.
En Holanda no está penado, pero sí está prohibido el matrimonio entre hermanos consanguíneos o adoptivos, y en el
caso de familiares del tercer y cuarto grado, debe haber una dispensa legal
para casarse.
Es el caso de Brasil, pero en este país la
ley tampoco sanciona el incesto entre dos menores de edad (la relación entre un
adulto y un menor está prohibida).
En los casos de Italia y Uruguay sus respectivas leyes castigan el
incesto que derive en «escándalo público», un definición que se presta a
la ambigüedad de qué es exactamente «escándalo».
Por el contrario, Australia es el país con los castigos más severos contra el incesto en sus leyes, donde una persona
sentenciada puede pasar más de 20 años en la cárcel por ese delito.
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