Pretende que el aborto y el gaymonio son derechos humanos
A la ONU no le
ha gustado nada que Honduras haya reforzado la protección constitucional de la
vida de los no nacidos, así como la negativa a legalizar el «matrimonio» entre
personas del mismo sexo y ha publicado un comunicado, en mal español, en el que
critica al país centroamericano.
(InfoCatólica) El Congreso Nacional de
Honduras aprobó el pasado jueves una reforma de la Constitución que blinda la prohibición absoluta del aborto
que ya existe en el país. Para
que en un futuro se pueda legalizar dicho crimen, hará falta que las tres
cuartas partes de dicho Congreso lo aprueben, algo virtualmente imposible.
También ha quedado reforzada
la institución familiar con la prohibición constitucional (art 112) del
matrimonio civil entre homosexuales.
La delegación de la ONU en el
país centroamericano ha reaccionado pretendiendo que tales acciones son
contrarias a los derechos humanos.
📢COMUNICADO:
El sistema de Naciones Unidas en Honduras se expresa sobre la reforma al
artículo 373 de la Constitución de la República y la prohibición del aborto y
el matrimonio igualitario.
COMUNICADO COMPLETO DE LA ONU
El sistema (sic) de Naciones
Unidas en Honduras expresa su preocupación por la aprobación de la reforma que
incorpora la prohibición absoluta del aborto en el artículo 67 de la
Constitución hondureña y del artículo 112 referente a la prohibición del
matrimonio igualitario.
Al respecto, la ONU reitera
que esta reforma constitucional contraviene las obligaciones internacionales en
materia de derechos humanos, pues impide el abordaje de un problema de salud
pública que la penalización del aborto en todas sus modalidades ya provoca. De
igual modo, dicha reforma podría aumentar la situación de desigualdad y
discriminación por razones de género en el país.
De acuerdo con la Relatoría
Especial sobre la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas y
Degradantes, «La existencia de leyes muy
restrictivas, que prohíben los abortos incluso en casos de incesto, violación,
deficiencia fetal o cuando está en riesgo la vida o la salud de la madre,
vulneran el derecho de las mujeres a no ser sometidas a tortura o malos
tratos.»
En lo que respecta al matrimonio
igualitario, el sistema de Naciones Unidas en Honduras lamenta que, en el
decreto aprobado, sean restringidos los derechos de una persona a partir de su
orientación sexual, su identidad de género y/o su expresión de género,
contraviniendo la Opinión Consultiva 24/2017 de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, y el principio de progresividad y no regresión de derechos
humanos, afectando a dos colectivos tradicionalmente vulnerables: mujeres y personas LGBTI.
La reforma constitucional
aprobada se contrapone a lo establecido en el artículo 373 de la Constitución
hondureña, que establece que la reforma de la ley fundamental podrá decretarse
con dos terceras partes de la totalidad de miembros del Congreso. Al establecer
la mayoría calificada de tres cuartas partes para la reforma de los artículos
referentes al aborto y al matrimonio igualitario, se transgredee el alcance del
artículo 373, mismo que se encuentra dentro de los artículos que no pueden
reformarse en ningún caso, según lo establecido en la Constitución de la
República de Honduras.
En virtud de lo anterior, el
sistema de Naciones Unidas en Honduras exhorta al Congreso Nacional a
reconsiderar la ratificación de dicha reforma y, en el futuro, asegurar la
concertación de cualquier proyecto de ley con los grupos directamente
afectados, para garantizar su discusión en los tres debates exigidos por la
Constitución de la República. Asimismo, reafirma su disponibilidad para brindar
asesoría técnica al Congreso Nacional en esta materia.
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