La Eucaristía es el don supremo de Jesucristo; y es Él
quien exige el estado de gracia para recibirla.
Por: P. Miguel A. Fuentes, IVE | Fuente: TeologoResponde.org
Por: P. Miguel A. Fuentes, IVE | Fuente: TeologoResponde.org
PREGUNTA:
Sé
perfectamente que cuando una pareja no se casa por la Iglesia sino sólo ante
las leyes civiles, no puede acercarse a la comunión. Ahora, las variables son
muchas, pero en todo caso: ¿no cree que si una de las partes siente la
necesidad imperiosa de recibir a Jesús Sacramentado, no tiene ésta el derecho
de recibirlo (hablo del derecho de ser también partícipe de la Salvación y del
Jubileo de estar en Dios aunque no sea por el sacramento del matrimonio)?
¿Podría aclararme por qué los no casados por la Iglesia, pierden esa oportunidad de acercarse a la comunión? ¿se dan cuenta de que esa es una de las tantas maneras para que el que cree en la Santísima Trinidad se retire de la Iglesia y lo que es peor pueda unirse a una secta religiosa?
No digo que hay que faltar el respeto al sacramento como tal, pero en el caso que uno de los dos crea en Dios o sienta la necesidad de recibirlo a través de la comunión, la Iglesia debería darle esa oportunidad. Al fin de cuentas Jesús vino para los que necesitaban de Dios.
Les ruego despejar esta duda y espero que me sepan disculpar cualquier imprudencia.
RESPUESTA:
Estimado amigo:
Comprendo su inquietud. Le recuerdo que en el año 1984, la Congregación para la
doctrina de la Fe publicó una Carta sobre la recepción de la comunión por parte
de los divorciados vueltos a casar. En este documento se recuerda que «merecen una especial atención las dificultades y los
sufrimientos de aquellos fieles que se encuentran en situaciones matrimoniales
irregulares»[1]. Y se menciona la caridad y misericordia con que deben
ser tratados. Sin embargo, al mismo tiempo se nos recuerda que hay que ser «conscientes… de que la auténtica comprensión y la
genuina misericordia no se encuentran separadas de la verdad», y por
eso, «los pastores tienen el deber de recordar a estos
fieles la doctrina de la Iglesia acerca de la celebración de los sacramentos y
especialmente de la recepción de la Eucaristía»[2]. He tocado este tema
en otras consultas[3].
El problema que se plantea aquí es la situación objetiva: «se encuentran en una situación que contradice
objetivamente a la ley de Dios y por
consiguiente no pueden acceder a la Comunión eucarística mientras persista esa
situación. Esta norma de ninguna
manera tiene un carácter punitivo o en cualquier modo discriminatorio
hacia los divorciados vueltos a casar, sino que expresa más bien una situación objetiva que de por sí hace
imposible el acceso a la Comunión eucarística»[4].
Hay, pues, un obstáculo por el que la Eucaristía no puede ser recibida. Ese
obstáculo es el pecado mortal. Una de las condiciones necesarias para recibir
la Sagrada Eucaristía es el estado de gracia. Dice Santo Tomás: «Quien está en pecado mortal, si recibe este sacramento,
recibe su condenación»[5]; y el Concilio de Trento exige formalmente el
estado de gracia para poder comulgar: «cuanto más
notoria es a las personas cristianas la santidad y divinidad de este celeste
Sacramento, con tanta mayor diligencia por cierto deben procurar presentarse a
recibirle con grande respeto y santidad; principalmente constándonos aquellas
tan terribles palabras del Apóstol san Pablo: Quien come y bebe indignamente,
come y bebe su condenación; pues no hace diferencia entre el cuerpo del Señor y
otros manjares… Ninguno sabedor de que está en pecado mortal, se acerque, por
muy contrito que le parezca hallarse, a recibir la sagrada Eucaristía, sin
disponerse antes con la confesión sacramental»[6].
Por esto, a ningún cristiano debidamente preparado se le niega la Comunión
eucarística: puede recibirla con la condición de prepararse debidamente
sabiendo a Quien va a recibir y confesándose previamente si está en pecado
mortal, cortando toda situación de pecado (sin lo cual la misma confesión es
inválida pues falta el propósito de enmienda).
Lo mismo vale para los casos que Usted me plantea. Dice la Carta arriba
mencionada: «Para los fieles que permanecen en esa
situación matrimonial, el acceso a la Comunión eucarística sólo se abre por
medio de la absolución sacramental, que puede ser concedida únicamente a los
que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a
Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la
indisolubilidad del matrimonio»[7].
Como puede ver, las personas que están en este estado pueden abrir el camino
hacia la Comunión eucarística «mediante» la
confesión y conversión que los dispone adecuadamente para ello.
Respondiendo a lo que Usted me dice, una persona que está viviendo en pecado
mortal no se aleja de la Salvación por el hecho de no poder comulgar sino por
no confesarse y no cambiar de vida. De hecho una persona puede salvarse sin
comulgar, pero no puede salvarse sin arrepentirse sinceramente de sus pecados
(con el implícito propósito de enmendarse).
Vuelvo a insistir: la Iglesia no los aleja de la Eucaristía, sino que el mismo
fiel pone un obstáculo para recibirla por su estado irregular.
Por último, estrictamente hablando no hay «derecho»
a la Eucaristía. La Eucaristía es el don supremo de Jesucristo; y es Él
quien exige el estado de gracia para recibirla: Jesús le respondió: Si no te
lavo, no tienes parte conmigo (Jn 13,8); Quien come y bebe indignamente, come y
bebe su condenación; pues no hace diferencia entre el cuerpo del Señor y otros
manjares (1Co 11,29).
Usted dice que un fiel viviendo en estado de pecado puede «sentir necesidad de la Eucaristía». Esto es muy
cierto; pero debe darse cuenta que en esta «necesidad»
está experimentando principalmente «necesidad
de reconciliarse con Dios» para poder así acceder a la Eucaristía. La
Eucaristía es el centro de todos los sacramentos los cuales se ordenan a Ella
como a su fin[8]. En este sentido hay que tender a la Eucaristía como fin de la
vida cristiana, yendo por los medios: el bautismo ante todo, y luego el
sacramento de la penitencia si se hubiese cometido pecado grave después del
bautismo.
Bibliografía
para profundizar:
Sauras, Emilio, Teología y espiritualidad del
Sacrificio de la Misa, Palabra, Madrid 1981.
San Pedro Julián Eymard, Obras eucarísticas, Madrid 1963.
Bernadot, V., De la Eucaristía a la Trinidad, Barcelona 1940.
[1] Congregación para la
Doctrina de la Fe, Carta sobre la recepción de la comunión por parte de los
divorciados vueltos a casar, n. 2.
[2] Ibid., n. 3.
[3] Cf. El Teólogo
Responde, Volumen 1, op. cit., pp. 267-270.
[4] Congregación para la Doctrina
de la Fe, Carta…, n. 4.
[5] Santo Tomás, Suma
Teológica, III, 80, 4.
[6] Denzinger-Hünermann,
nn. 1646, 1661.
[7] Congregación para la
Doctrina de la Fe, Carta…, n. 4.
[8] Cf. Catecismo de la
Iglesia Católica, n. 1324; Concilio Vaticano II, Presbyterorum ordinis, n. 5.
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