sábado, 17 de diciembre de 2016

EL COLEGIO ELECTORAL DE ESTADOS UNIDOS: UN FLANCO DÉBIL DE SU SISTEMA CONSTITUCIONAL


Un sistema constitucional es más sólido cuanto más simple es. El sistema del Colegio de Electores de los Estados Unidos, el grupo de 538 personas que eligen al Presidente de esa nación, es una fuente de creación de leyes y más leyes, reglamentos y más reglamentos. El sistema ha funcionado bien hasta ahora, porque no ha habido una corrupción del engranaje. Si los integrantes del mecanismo decidieran actuar de mala fe, esa pequeña pieza en la maquinaria se transformaría en un increíble quebradero de cabeza.

Imaginemos que alguien decide actuar físicamente contra el cuerpo de compromisarios, simplemente como medio para retrasar todo lo posible la toma de autoridad de un nuevo presidente. Si lograran en un atentado un gran número de bajas, hay que recordar (aunque casi nadie lo haga) que hay estados en los que se escoge por votación popular a un compromisario para vote libremente. Cierto que ya se sabe el sentido de su voto, pero legalmente es libre. Si un buen número de compromisarios murieran en un atentado, se produciría un verdadero problema. ¿Nuevas elecciones en algunos estados para escoger nuevos compromisarios libres? Matar al candidato a Presidente no es fácil, pero atentar contra los compromisarios es mucho más fácil. Sobre todo cuando está en juego el Poder de la primera potencia del mundo y los atentados se pueden realizar en un mismo día a la misma hora. Esto es un verdadero fallo en la maquinaria constitucional. Sí, se puede proteger a ese medio millar de personas. ¿Pero para qué crear otro flanco que proteger en el sistema constitucional?

Imaginemos otra posibilidad, que un número suficiente de compromisarios decidieran votar en contra de lo que decidió el Pueblo. Imaginemos que los compromisarios de los dos partidos se ponen de acuerdo para no votar a un presidente. Este “veto” podría continuar, incluso, año tras año. El Pueblo y los medios podrían ponerse manos a la obra. Pero se tardaría mucho tiempo en rehacer el sistema. Y más si son los mismos dos partidos los que bloquean desde dentro el colegio de compromisarios y, en teoría, ellos tienen que ser los encargados de cambiar las leyes de los estados respecto a este tema.

Imaginemos una tercera posibilidad, que los compromisarios actúan adecuadamente, pero que es el Congreso el que decide poner pegas, una y otra vez, a las votaciones de los compromisarios, inventando todo tipo de nulidades, todo tipo de vicios de forma. Porque es el Congreso el que, en definitiva, valida la votación. Pero si es el mismo receptor de los votos para su recuento el que está interesado en no darse por enterado de los resultados, entonces se produciría un problema. Aunque en este caso, sí que podría actuar el Tribunal Constitucional con disposiciones vinculantes. En este escenario, sería el Presidente saliente, todavía en funciones, el que tendría que enviar al FBI (al tratarse de un delito federal) a detener al Presidente del Congreso y a cuantos hubieran hecho desacato de lo que hubiera determinado el Tribunal Supremo.

Dicho de otro modo, si en vez de un colegio electoral que hiciese de intermediario entre el Pueblo y el Poder Ejecutivo, hubiera tres o cuatro cuerpos intermedios, los problemas se multiplicarían por tres o por cuatro. La simplicidad en Derecho Constitucional es siempre una virtud.

Alguien dirá que soy muy retorcido. Pero la Historia nos demuestra que cuando un Putin o un Maduro llegan al Poder, este tipo de pequeños reglamentos sin importancia en los que nadie había reparado son el paraíso de esos mandatarios. Lo importante es tener un asidero. Cuando hay mala voluntad, lo importante es que el sistema no sea simple, sino complejo.


P. FORTEA

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