La Congregación para la Doctrina de la Fe publicó este 22 de septiembre la Carta “Samaritanus Bonus” en la que pide a los acompañantes espirituales de enfermos terminales evitar cualquier gesto que se interprete como aprobación del suicidio asistido o de la eutanasia.
“No es admisible por parte de aquellos que asisten
espiritualmente a estos enfermos ningún gesto exterior que pueda ser
interpretado como una aprobación de la acción eutanásica, como por
ejemplo el estar presentes en el instante de su realización. Esta
presencia solo puede interpretarse como complicidad”, advierte la Carta “Samaritanus Bonus”.
En esta línea, la “Samaritanus Bonus” añade
que “este principio se refiere de manera
particular, pero no solo, a los capellanes de las estructuras sanitarias donde
puede practicarse la eutanasia, que no deben dar escándalo mostrándose de algún
modo cómplices de la supresión de una vida humana”.
Además, la Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe señala que
“hoy es necesario reafirmar la enseñanza de la
Iglesia es el acompañamiento pastoral de quien ha pedido expresamente la
eutanasia o el suicidio asistido”.
Sobre el sacramento de la Reconciliación, “el
confesor debe asegurarse que haya contrición, la cual es necesaria para la
validez de la absolución, y que consiste en el dolor del alma y detestación del
pecado cometido, con propósito de no pecar en adelante” recuerda la Carta por
lo que el enfermo podrá recibir los sacramentos “en el momento en el que su
disposición a cumplir los pasos concretos permita al ministro concluir que el
penitente ha modificado su decisión”.
En este sentido, “esto implica también que
una persona que se haya registrado en una asociación para recibir la eutanasia
o el suicidio asistido debe mostrar el propósito de anular tal inscripción,
antes de recibir los sacramentos”.
“Esta posición de la Iglesia no es un signo de
falta de acogida al enfermo. De hecho, debe ser el ofrecimiento de una ayuda y
de una escucha siempre posible, siempre concedida, junto a una explicación
profunda del contenido del sacramento, con el fin de dar a la persona, hasta el
último momento, los instrumentos para poder escogerlo y desearlo”.
Finalmente, la Carta “Samaritanus Bonus” recuerda
que “la Iglesia está atenta a escrutar los signos
de conversión suficientes, para que los fieles puedan pedir razonablemente la
recepción de los sacramentos” por lo que “se
recuerda que posponer la absolución es también un acto medicinal de la Iglesia,
dirigido, no a condenar al pecador, sino a persuadirlo y acompañarlo hacia la
conversión”.
Redacción ACI
Prensa
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