Posibilidad
de absolución colectiva en casos de grave necesidad
La Penitenciaría
Apostólica concede el «don de indulgencias especiales» a los fieles afectados
por la enfermedad del Covid-19, a los trabajadores de la salud, a los
familiares y a todos aquellos que, incluso con la oración, cuidan de ellos.
También recuerda a los fieles la posibilidad de la absolución colectiva, en
este momento de emergencia sanitaria, en algunos casos que determine el obispo
según la práxis extraordinaria prevista para estos casos.
(VaticanNews/InfoCatólica) Ante la emergencia del
Covid-19, la Iglesia ofrece la posibilidad de obtener la indulgencia plenaria a
los fieles que sufren de coronavirus, así como a los trabajadores de la salud,
a los familiares y a todos aquellos que, en cualquier calidad, incluso a través
de la oración, se ocupan de ellos. Esto se establece un Decreto de la Penitenciaría Apostólica publicado
este viernes, 20 de marzo y firmado por el Cardenal Mayor Penitenciario Mauro
Piacenza y el Regente, Monseñor Krzysztof Nykiel.
En este sentido, la
Penitenciaría Apostólica precisa que, para obtener la indulgencia plenaria, los
enfermos con coronavirus, los que están en cuarentena, así como los
trabajadores de la salud y los familiares que se exponen al riesgo de contagio
por ayudar a los afectados por el Covid-19, podrán simplemente recitar el
Credo, el Padre Nuestro y una oración a María.
Igualmente, para obtener las
indulgencias, otras personas podrán elegir entre varias opciones: visitar el Santísimo Sacramento o la adoración Eucarística o
leer las Sagradas Escrituras durante al menos media hora, o recitar el Rosario,
el Vía Crucis o la Coronilla de la Divina Misericordia, pedir a Dios el fin de
la epidemia, el alivio de los enfermos y la salvación eterna para aquellos a
los que el Señor ha llamado a sí.
La indulgencia plenaria puede
ser obtenida también por los fieles que a punto de morir no pueden recibir el
sacramento de la unción de los enfermos y el viático: en
este caso se recomienda el uso del crucifijo o de la cruz.
LA POSIBILIDAD DE LA
ABSOLUCIÓN COLECTIVA Y OTRAS MEDIDAS
Además, la Penitenciaría
Apostólica –afirma una Nota que acompaña al Decreto– por «la
gravedad de las circunstancias actuales», y «especialmente
en los lugares más afectados por el contagio de la pandemia y hasta que no
termine este fenómeno», recuerda la posibilidad de impartir la «absolución colectiva», es decir, a varios fieles
juntos, «sin previa confesión individual» y
con el propósito de hacerla en cuanto la ocasión lo permita.
En cuanto a la absolución
colectiva –explica la Penitenciaría– «el sacerdote
está obligado a avisar al Obispo diocesano, en la medida de lo posible, o, si
no puede, a informarle lo antes posible». En efecto, corresponde siempre
al Obispo diocesano –subraya la nota– «determinar,
en el territorio de su propia circunscripción eclesiástica y en relación con el
nivel de contagio pandémico, los casos de grave necesidad en los que es lícito
impartir la absolución colectiva: por ejemplo, a la entrada de las salas de
hospitalización, donde se hospeda a los fieles infectados y en peligro de
muerte, utilizando en la medida de lo posible y con las debidas precauciones
los medios de amplificación de la voz, para que se oiga la absolución».
La Penitenciaría también pide
que se evalúe «la necesidad y conveniencia de
crear, cuando sea necesario, de acuerdo con las autoridades sanitarias, grupos
de ‘capellanes extraordinarios de hospitales’, también con carácter voluntario
y en cumplimiento de las normas de protección contra el contagio, para
garantizar la necesaria asistencia espiritual a los enfermos y moribundos».
Además, donde «los fieles individuales se encuentran en la dolorosa
imposibilidad de recibir la absolución sacramental, debe recordarse que la
contrición perfecta, procedente del amor de Dios amado sobre todas las cosas,
expresada por una sincera petición de perdón (la que actualmente puede expresar
el penitente) y acompañada de votum confessionis, es decir, por el firme
propósito de recurrir cuanto antes a la confesión sacramental, obtiene el
perdón de los pecados, incluso mortales», como se indica en el Catecismo
de la Iglesia Católica (n. 1452).
«El momento
actual en el que la humanidad entera, amenazada por una enfermedad invisible e
insidiosa, que desde hace algún tiempo forma parte de la vida de todos –señala
la Penitenciaria– está marcado día tras día por angustiosos temores, nuevas
incertidumbres y, sobre todo, por un sufrimiento físico y moral generalizado».
Y concluye:
«Nunca como en
este tiempo la Iglesia ha experimentado el poder de la comunión de los santos,
elevando a su Señor Crucificado y Resucitado votos y oraciones, en particular
el Sacrificio de la Santa Misa, celebrada diariamente, incluso sin gente, por
los sacerdotes y como buena madre, la Iglesia implora al Señor que la
humanidad sea liberada de tal flagelo, invocando la intercesión de la Santísima
Virgen María, Madre de Misericordia y Salud de los enfermos, y de su Esposo San
José, bajo cuyo patrocinio la Iglesia siempre ha caminado por el mundo».








No hay comentarios:
Publicar un comentario