El abogado del colectivo Padres en Acción, Alberto
Gonzáles, denunció que existen irregularidades en el fallo de la Corte Suprema
que desestimó la demanda de padres de familia en contra del Currículo Nacional
de Educación Básica con nociones de “enfoque de género” o ideología de género.
El miércoles 3 de abril la Sala de Derecho Constitucional y Social
Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial del Perú declaró
infundada “en todos sus extremos” la demanda del colectivo Padres en
Acción contra el Ministerio de Educación (MINEDU) presentada a inicios
de 2017, y que habría evitado que en las escuelas se dicten contenidos con la
ideología de género al declarar inconstitucional e ilegal este currículo.
El abogado de Padres en Acción anunció que el colectivo interpondrá la nulidad de la sentencia, pues uno de los jueces pertenece a una
organización a favor de la ideología de género y, por tanto, no habría sido
idóneo para resolver el proceso judicial.
“Uno de los magistrados, Julio Wong Abad, pertenece
a una asociación de activismo político progénero dentro del Poder Judicial, por
eso es que interpondremos una acción de nulidad. El juez no sería imparcial
respecto a lo que establece el artículo 48 de la Ley de Carrera Judicial”, indicó Gonzáles.
Explicó que el juez Wong Abad “no fue idóneo
para resolver el caso” al tener un “preconcepto
a favor del género” y “formar parte de una
organización que recibe financiamiento de movimientos progénero y
ultrafeministas”.
“Debió haberse apartado, con conocimiento de causa
y por una cuestión de decoro, para que lo resuelva otro juez”, añadió.
Gonzáles también sostuvo que el colectivo presentará una acción de amparo porque no se resolvió el pedido de los padres al inicio de la demanda, es
decir, que no fueron consultados sobre los contenidos del currículo escolar y no
se les permitió decidir sobre la educación de sus hijos.
La demanda de Padres en Acción fue declarada “fundada
en parte” el 13 de julio de 2017 por la Primera Sala Civil de la Corte
Superior de Justicia de Lima. La Sala calificó de “nula” la resolución ministerial
que aprobaba el Currículo Nacional “respecto al
Enfoque de Igualdad de Género”.
Cerca de dos años después, la Corte decidió finalmente revocar la
sentencia de primera instancia.
El abogado de Padres en Acción señaló que la sentencia de primera instancia
“demostró que no cumplieron (el Gobierno) con hacer
la consulta a los padres de familia conforme lo demanda los artículos 7, 22 y
24 de la Ley General de Educación donde se establece la participación de los
padres en la elaboración de los documentos educativos y pedagógicos”.
Por ello lamentó que la Primera Sala Civil, a pesar de haber demostrado
la validez del punto anterior, “de una manera
misteriosa termina concluyendo e interpretando que en el fondo lo que nosotros
estamos cuestionando es el enfoque de género”.
“Nosotros no estamos cuestionando el enfoque de
género como tal, sino que se niegue a
los padres la posibilidad de tener alternativas para escoger en la educación de
sus hijos”, dijo Gonzáles.
Añadió que lo que en realidad fue solicitado en la demanda “es que no se imponga el enfoque de género como modelo
único, transversal y hegemónico”.
“Lo que la demanda dice es que los padres, al tener
el derecho decidir sobre la educación de sus hijos, deben tener alternativas. El Estado lo que debe hacer es
proponerlas para que los padres finalmente tomen la decisión de cómo educar a
sus hijos. No es cierto que nosotros hayamos apuntado directamente contra el
enfoque de género, independientemente de que estamos en contra de tal enfoque en
particular”, dijo el abogado de Padres en
Acción.
Además, Gonzáles cuestionó que la Corte Suprema haya dictaminado que los
padres no tengan “derecho a participar” y sean “meros espectadores”.
“Es un atropello, porque si en algún momento a
algún ‘iluminado’ se le ocurre que a partir de mañana no hay dos sexos si no
cuarenta, entonces esa decisión hará que todo el Perú se eduque de acuerdo a su
error, tan alejado de la ciencia y la biología”, agregó.
El abogado informó que el recurso de nulidad será presentando en los
siguientes días y posiblemente se resuelva en un mes. Además, dijo que para
presentar la acción de amparo, de acuerdo al Código Procesal Constitucional,
hay un plazo de 60 días.
“No hay que desanimarse bajo ningún punto de vista.
Esto no ha sido una derrota bajo ningún
punto de vista porque hubo un levantamiento de los padres, creándose una
nueva consciencia frente a la amenaza de un grupo de poder y minúsculo que
detenta los principales puestos públicos, y que abusando de esa situación
quiere imponer un pensamiento extranjero totalmente ajeno a nuestras
tradiciones y costumbres”, afirmó Gonzáles.
Mientras el colectivo Padres en Acción se presenta nuevamente ante el
Poder Judicial, Gonzáles recomendó a los padres “tomar
conocimiento de lo que significa la desobediencia civil y objeción de
conciencia, como un instituto jurídico válido para proteger a los niños de la
amenaza de esta ideología que entra de manera apabullante”.
“Todos los padres de familia deben estar atentos
para coordinar acciones de marchas pacíficas multitudinarias que realizaremos
en los principales puntos del país. Llevaremos adelante el reclamo
completamente popular de aquellos que no queremos permitir que malogren la
inocencia de nuestros niños”, concluyó el abogado.
Redacción ACI
Prensa
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