Dado en
Roma, en la sede de la Penitenciaría apostólica, 29 de junio de 2002.
Solemnidad de San Pedro y San Pablo, apóstoles.
Solemnidad de San Pedro y San Pablo, apóstoles.
Luigi DE
MAGISTRIS - Arzobispo titular de Nova Pro-penitenciario mayor
Gianfranco GIROTTI, o.f.m. conv. Regente
Gianfranco GIROTTI, o.f.m. conv. Regente
Se
enriquecen con indulgencias actos de culto realizados en honor de la
Misericordia divina.
"Tu
misericordia, oh Dios, no tiene límites, y es infinito el tesoro de tu
bondad..." (Oración después del himno "Te Deum") y "Oh
Dios, que manifiestas especialmente tu poder con el perdón y la
misericordia..." (Oración colecta del domingo XXVI del tiempo ordinario),
canta humilde y fielmente la santa Madre Iglesia. En efecto, la inmensa
condescendencia de Dios, tanto hacia el género humano en su conjunto como hacia
cada una de las personas, resplandece de modo especial cuando el mismo Dios
todopoderoso perdona los pecados y los defectos morales, y readmite
paternalmente a los culpables a su amistad, que merecidamente habían perdido.
Así, los
fieles son impulsados a conmemorar con íntimo afecto del alma los misterios del
perdón divino y a celebrarlos con fervor, y comprenden claramente la suma
conveniencia, más aún, el deber que el pueblo de Dios tiene de alabar, con
formas particulares de oración, la Misericordia divina, obteniendo al mismo
tiempo, después de realizar con espíritu de gratitud las obras exigidas y de
cumplir las debidas condiciones, los beneficios espirituales derivados del
tesoro de la Iglesia. "El misterio pascual es el culmen de esta revelación
y actuación de la misericordia, que es capaz de justificar al hombre, de
restablecer la justicia en el sentido del orden salvífico querido por Dios
desde el principio para el hombre y, mediante el hombre, en el mundo"
(Dives in misericordia, 7).
La
Misericordia divina realmente sabe perdonar incluso los pecados más graves,
pero al hacerlo impulsa a los fieles a sentir un dolor sobrenatural, no
meramente psicológico, de sus propios pecados, de forma que, siempre con la
ayuda de la gracia divina, hagan un firme propósito de no volver a pecar. Esas
disposiciones del alma consiguen efectivamente el perdón de los pecados
mortales cuando el fiel recibe con fruto el sacramento de la penitencia o se
arrepiente de los mismos mediante un acto de caridad perfecta y de dolor
perfecto, con el propósito de acudir cuanto antes al mismo sacramento de la
penitencia. En efecto, nuestro Señor Jesucristo, en la parábola del hijo
pródigo, nos enseña que el pecador debe confesar su miseria ante Dios,
diciendo: "Padre, he pecado contra el cielo y contra ti; ya no soy digno
de llamarme hijo tuyo" (Lc 15, 18-19), percibiendo que ello es obra de
Dios: "Estaba muerto y ha vuelto a la vida; estaba perdido y ha sido
hallado" (Lc 15, 32).
Por eso,
con próvida solicitud pastoral, el Sumo Pontífice Juan Pablo II, para imprimir
en el alma de los fieles estos preceptos y enseñanzas de la fe cristiana,
impulsado por la dulce consideración del Padre de las misericordias, ha querido
que el segundo domingo de Pascua se dedique a recordar con especial devoción
estos dones de la gracia, atribuyendo a ese domingo la denominación de
"Domingo de la Misericordia divina" (cf. Congregación para el culto
divino y la disciplina de los sacramentos, decreto Misericors et miserator, 5
de mayo de 2000).
El
evangelio del segundo domingo de Pascua narra las maravillas realizadas por
nuestro Señor Jesucristo el día mismo de la Resurrección en la primera
aparición pública: "Al atardecer de aquel día, el primero de la semana,
estando cerradas, por miedo a los judíos, las puertas del lugar donde se
encontraban los discípulos, se presentó Jesús en medio de ellos y les dijo:
"La paz con vosotros". Dicho esto, les mostró las manos y el costado.
Los discípulos se alegraron de ver al Señor. Jesús les dijo otra vez: "La
paz con vosotros. Como el Padre me envió, también yo os envío". Dicho
esto, sopló sobre ellos y les dijo: "Recibid el Espíritu Santo. A quienes
perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les
quedan retenidos"" (Jn 20, 19-23.
Para hacer
que los fieles vivan con intensa piedad esta celebración, el mismo Sumo
Pontífice ha establecido que el citado domingo se enriquezca con la indulgencia
plenaria, como se indicará más abajo, para que los fieles reciban con más
abundancia el don de la consolación del Espíritu Santo, y cultiven así una
creciente caridad hacia Dios y hacia el prójimo, y, una vez obtenido de Dios el
perdón de sus pecados, ellos a su vez perdonen generosamente a sus hermanos.
De esta
forma, los fieles vivirán con más perfección el espíritu del Evangelio,
acogiendo en sí la renovación ilustrada e introducida por el concilio ecuménico
Vaticano II: "Los cristianos, recordando la palabra del Señor "En
esto conocerán que sois mis discípulos, si os amáis unos a otros" (Jn 13,
35), nada pueden desear más ardientemente que servir cada vez más generosa y
eficazmente a los hombres del mundo actual. (...) Quiere el Padre que en todos
los hombres reconozcamos y amemos eficazmente a Cristo, nuestro hermano, tanto
de palabra como de obra" (Gaudium et spes, 93).
Por eso,
el Sumo Pontífice, animado por un ardiente deseo de fomentar al máximo en el
pueblo cristiano estos sentimientos de piedad hacia la Misericordia divina, por
los abundantísimo frutos espirituales que de ello pueden esperarse, en la
audiencia concedida el día 13 de junio de 2002 a los infrascritos responsables
de la Penitenciaría apostólico, se ha dignado otorgar indulgencias en los
términos siguientes:
Se concede la indulgencia plenaria, con las
condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración
por las intenciones del Sumo Pontífice) al fiel que, en el domingo segundo de
Pascua, llamado de la Misericordia divina, en cualquier iglesia u oratorio, con
espíritu totalmente alejado del afecto a todo pecado, incluso venial, participe
en actos de piedad realizados en honor de la Misericordia divina, o al menos
rece, en presencia del santísimo sacramento de la Eucaristía, públicamente
expuesto o conservado en el Sagrario, el Padrenuestro y el Credo, añadiendo una
invocación piadosa al Señor Jesús misericordioso (por ejemplo, "Jesús
misericordioso, confío en ti"). Se concede la indulgencia parcial al fiel
que, al menos con corazón contrito, eleve al Señor Jesús misericordioso una de
las invocaciones piadosas legítimamente aprobadas.
Además, los navegantes, que cumplen su
deber en la inmensa extensión del mar; los innumerables hermanos a quienes los
desastres de la guerra, las vicisitudes políticas, la inclemencia de los
lugares y otras causas parecidas han alejado de su patria; los enfermos y
quienes les asisten, y todos los que por justa causa no pueden abandonar su
casa o desempañan una actividad impostergable en beneficio de la comunidad,
podrán conseguir la indulgencia plenaria en el domingo de la Misericordia
divina si con total rechazo de cualquier pecado, como se ha dicho antes, y con
la intención de cumplir, en cuanto sea posible, las tres condiciones
habituales, rezan, frente a una piadosa imagen de nuestro Señor Jesús
misericordioso, el Padrenuestro y el Credo, añadiendo una invocación piadosa al
Señor Jesús misericordioso (por ejemplo, "Jesús misericordioso, confío en
ti").
Si ni siquiera eso se pudiera hacer, en ese
mismo día podrán obtener la indulgencia plenaria los que se unan con la
intención a los que realizan del modo ordinario la obra prescrita para la
indulgencia y ofrecen a Dios misericordioso una oración y a la vez los
sufrimientos de su enfermedad y las molestias de su vida, teniendo también
ellos el prepósito de cumplir, en cuanto les sea posible, las tres condiciones
prescritas para lucrar la indulgencia plenaria.
Los
sacerdotes que desempañan el ministerio pastoral, sobre todo los párrocos,
informen oportunamente a sus fieles acerca de esta saludable disposición de la
Iglesia, préstense con espíritu pronto y generoso a escuchar sus confesiones, y
en el domingo de la Misericordia divina, después de la celebración de la santa
misa o de las vísperas, o durante un acto de piedad en honor de la Misericordia
divina, dirijan, con la dignidad propia del rito, el rezo de las oraciones
antes indicadas; por último, dado que son "Bienaventurados los
misericordiosos, porque ellos alcanzarán misericordia" (Mt 5, 7), al
impartir la catequesis impulsen a los fieles a hacer con la mayor frecuencia
posible obras de caridad o de misericordia, siguiendo el ejemplo y el mandato
de Jesucristo, como se indica en la segunda concesión general del
"Enchiridion Indulgentiarum".
Este
decreto tiene vigor perpetuo. No obstante cualquier disposición contraria.
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