ROMA, 15 Oct. 15 / 05:38 pm (ACI).- El Arzobispo de Caracas (Venezuela), Cardenal Jorge Urosa, alentó a los padres sinodales que participan en el Sínodo sobre la Familia, que se celebra en estos días en el Vaticano, a no olvidar las enseñanzas de Jesús y la Iglesia al discutir la posibilidad de que los divorciados en nueva unión puedan recibir el Sacramento de la Comunión.
En su intervención en el Sínodo, cuyo texto completo ha remitido a ACI
Prensa, el Cardenal venezolano destacó que “todos
estamos animados por el mejor deseo de encontrar una solución a esa dolorosa
situación”, y destacó que “debemos hacerlo
con el espíritu del buen pastor y la verdad que nos libera”.
El Arzobispo de Caracas reflexionó en torno a la propuesta “de la aceptación a la mesa de la Eucaristía –previas
algunas condiciones, entre ellas un camino penitencial– de los divorciados y
vueltos a casar, pero manteniendo la convivencia conyugal”.
“En espíritu de misericordia evangélica, pienso que
el camino penitencial debe concluir en
la conversión y el propósito de la enmienda y de vivir en continencia,
como lo enseña con otras palabras San Juan Pablo II en la
Familiaris Consortio”, señaló.
El Cardenal cuestionó si pueden ser olvidadas las palabras del Señor en
el Evangelio, las enseñanzas de San Juan Pablo II, del hoy Papa Emérito Benedicto XVI e
incluso del Catecismo,
para favorecer la comunión a divorciados en nueva unión.
“La misericordia invita al pecador y se hace perdón
cuando aquél se arrepiente y cambia de vida.
El hijo pródigo fue recibido con un
abrazo de su padre solo cuando regresó a su hogar”, señaló.
El Arzobispo venezolano subrayó que “el Sínodo
deberá indicar líneas de acción que fortalezcan el matrimonio, lo hagan más
atractivo a los jóvenes, y a lo mantengan vivo en el corazón de los cónyuges a
través del tiempo”.
A continuación el texto completo de la
intervención del Arzobispo de Caracas, Cardenal Jorge Urosa, en el Sínodo sobre
la Familia:
La
propuesta del acceso a la Eucaristía de los divorciados vueltos a casar
Me refiero a los n. 121,122 y 123 del
Instrumentum Laboris en los que se considera la propuesta de la aceptación a la
mesa de la Eucaristía - previas algunas condiciones, entre ellas un camino
penitencial -, de los divorciados y vueltos a casar, pero manteniendo la
convivencia conyugal.
Todos estamos animados por el mejor deseo de
encontrar una solución a esa dolorosa situación. Y debemos hacerlo con el
espíritu del buen pastor y la verdad que nos libera. En espíritu de
misericordia evangélica, pienso que el camino penitencial debe concluir en la
conversión y el propósito de la enmienda y de vivir en continencia, como lo
enseña con otras palabras San .Juan Pablo II en la Familiaris Consortio 84.
Yo me pregunto: ¿Podemos olvidar olvida las
palabras del Señor en el Evangelio, Mt, 19, así como la enseñanza de San Pablo
(Rm 7,2-3; 1Co 7,10; Ef 5,31) y de la Iglesia a lo largo de los siglos? Podemos
descartar las enseñanzas de San Juan Pablo II en su Exhortación Familiaris
Consortio de 1981? Este documento, publicado un año después del Sínodo sobre la
familia de 1980, seriamente pensado y consultado por el Papa a lo largo de
muchos meses de estudios y reflexión, en comunicación con expertos de varias
disciplinas teológicas, claramente descarta esa posibilidad (FC 84).
Tenemos también las enseñanzas del Catecismo de
la Iglesia Católica de 1992 con la doctrina tradicional sobre las condiciones
para acceder a la santa comunión y las enseñanzas de la Iglesia sobre la moral sexual (1). Y la
Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe del 14 de septiembre de
1994, escrita específicamente sobre este tema? ¿Podemos olvidar el documento de
la Quinta Conferencia de los Obispos Latinoamericanos y del Caribe en Aparecida, que nos pide:
“Acompañar con cuidado, prudencia y amor compasivo, siguiendo las orientaciones
del magisterio, a las parejas que viven en situación irregular, teniendo
presente que a los divorciados y vueltos a casar, no les es permitido comulgar”
( N. 437 j).
¿Podemos contradecir esas enseñanzas? ¿Podemos
olvidar la afirmación muy reciente del Papa Benedicto XVI en su Exhortación
Apostólica Sacramentum
Caritatis del año 2007 sobre la Eucaristía, que reitera la praxis de
la Iglesia, fundada en la sagrada Escritura (Cf Mc 10, 2-12) de no admitir a
los sacramentos
a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen
objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se
actualiza en la Eucaristía. (N. 29).
Unida a Cristo, que ha vencido al mundo (Cfr Jn
16,33), la Iglesia está llamada a mantener el esplendor de la verdad aún en
situaciones difíciles. La misericordia invita al pecador y se hace perdón
cuando aquél se arrepiente y cambia de vida. El hijo prodigo fue recibido con
un abrazo de su padre sólo cuando regresó a su hogar.
Sin duda, este Sínodo, a la luz de la verdad
revelada y con ojos de misericordia, está llamado a reflejar con gran claridad
la enseñanza del Evangelio y de la Iglesia a través de los siglos sobre la
naturaleza y dignidad del matrimonio cristiano, sobre la grandeza de la
Eucaristía y la necesidad de estar en condiciones de unión con Dios para
acceder a la Sagrada Comunión; sobre la necesidad de la penitencia, el
arrepentimiento y el firme propósito de enmienda para que el pecador
arrepentido pueda recibir el perdón divino; y sobre la solidez y continuidad de
la verdad tanto dogmática como moral del Magisterio Ordinario y Extraordinario
de la Iglesia. Igualmente, proporcionará luces inspiradas en la misericordia
que ayuden más efectivamente a quienes se encuentran en situaciones irregulares
a aliviar su sufrimiento moral, y a vivir mejor su fe católica.
Y además, el Sínodo deberá indicar líneas de
acción que fortalezcan el matrimonio, lo hagan más atractivo a los jóvenes, y a
lo mantengan vivo en el corazón de los cónyuges a través del tiempo. De esta
manera aportará al Papa Francisco elementos muy importantes para promover una
intensa evangelización de la familia, y una revalorización del sacramento del
matrimonio.
(1) “Si los divorciados se vuelven a casar
civilmente, se ponen en una situación que contradice objetivamente a la ley de
Dios. Por lo cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras persista
esta situación, y por la misma razón no pueden ejercer ciertas
responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento de la
penitencia no puede ser concedida más que aquellos que se arrepientan de haber
violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo y que se comprometan
a vivir en total continencia” (1650).
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