domingo, 6 de septiembre de 2009

CONDENADO A DIEZ DÍAS DE CARCEL POR HACER SONAR LAS CAMPANAS DE SU PARROQUIA


SE ESTRECHA EL CERCO

Cada vez es más frecuente que sentencias judiciales limiten la presencia pública de signos del cristianismo, ya sea en nombre de los derechos humanos, la neutralidad religiosa o incluso las ordenanzas municipales. En España ya ha habido casos, pero ninguno tan extremo como el de Phoenix, Arizona, en Estados Unidos.

¿Sonido de campanas en la calle? En Phoenix (Arizona, Estados Unidos) las ordenanzas municipales se lo permiten a los carritos del helado, pero no a las iglesias. Con ese fundamento ha sido condenado a diez días de cárcel y tres años de libertad condicional Rick Painter, pastor de la iglesia protestante de Cristo Rey.

La sentencia judicial ha sido recurrida tanto por otras comunidades protestantes como por la parroquia católica de San Marcos, que lleva veinte años tañendo sus campanas y podría verse ahora fuera de la ley.

Como en casos similares que han tenido lugar en España, el origen de la controversia es la protesta de un vecino, que termina siendo aprovechada como escaparate mediático para asociaciones contrarias a la presencia pública de símbolos religiosos.

De ahí que las comunidades cristianas que han recurrido la decisión judicial de Phoenix se hayan remitido directamente a la Constitución de los Estados Unidos, que garantiza la libertad religiosa: las comunidades religiosas no pueden ser castigadas «por ejercer su fe públicamente», declaró Erik Stanley, abogado de la asociación que ha asumido la defensa de Painter.

Máxime cuando el límite de 60 decibelios (durante dos minutos y sólo los domingos) que ha fijado el juez tiene una excepción para el carrito de los helados, al que se le permite hasta 70 decibelios. El tañido de campanas por el que ha sido condenado Painter era una antigua melodía de oración que sonaba brevemente cada hora desde las ocho de la mañana a las ocho de la tarde, a 67 decibelios. El pastor se ha defendido argumentando que una conversación normal sucede entre 60 y 70 decibelios, y que la ordenanza municipal está siendo utilizada selectivamente «sólo contra estas pacíficas y añejas expresiones de culto, mientras con otros se hace la excepción»,
R.B,/ReL

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