El jurista Carlos Álvarez, experto en eutanasia, califica de “pena de muerte encubierta” el homicidio legal aplicado en España al “Pistolero de Tarragona”, un ex guardia de seguridad que quedó tetrapléjico y amputado tras tirotear a varios de sus excompañeros.
El pasado martes murió por inyección letal Marin Eugen Sabau, quien
estaba en prisión preventiva a la espera de juicio. El caso ha despertado la
polémica, más allá de la cuestión ética sobre la eutanasia.
Carlos Álvarez, portavoz de Vida Digna, grupo de estudio de la Eutanasia
de la asociación Profesionales por la Ética, subraya que el “homicidio legal” aplicado a petición del preso “no es en absoluto una victoria o algo bueno
que se deba aplaudir”, sin
perjuicio del juicio ético, porque “no resiste un
mínimo examen jurídico”.
Consultado por ACI Prensa, Álvarez sostiene que, sobre todo, se ha de
entender que “no existe un derecho a la muerte y no tienen sentido jurídico”.
Además, dijo, este caso es “solo un ejemplo
más” de cómo cuando se aprueba la eutanasia “solo
produce ineficiencias y perjuicios” legales, además de los
personales.
Al aplicarse la eutanasia a un preso, en este caso preventivo y a la
espera de juicio, queda anulado el fin de la reinserción social a través de las penas. “Esta es la razón por la que nuestro ordenamiento rechaza
la pena de muerte”, señaló.
Otra razón, indicó, es que los presos “pierden
la tutela de sus derechos”, pasan a manos del Estado, que es quien debe
velar por su integridad física y psicológica. “¿Qué
pasaría si ahora cunde el ejemplo y otros presos españoles solicitaran la
muerte para no hacer frente a sus condenas?”, cuestiona el experto.
Esto es lo que sucedió en Bélgica con el caso del violador y asesino
Frank Van den Bleeken, quien, según recuerda Álvarez, “solicitó
la eutanasia por no poder soportar su condena”. Al serle concedida,
otros 14 presos siguieron el ejemplo.
El caso también afecta al derecho a la tutela judicial efectiva de sus
víctimas, porque ya no se podrá celebrar el juicio. Esta cuestión, sin embargo,
ha sido superada al entender los diferentes estamentos judiciales ordinarios,
así como el Tribunal Constitucional, que el “supuesto
derecho a una muerte digna prevalece sobre la tutela judicial efectiva”, explica
Álvarez.
Por otro lado, probablemente se deriven consecuencias económicas “porque el acusado y no condenado” no podrá hacer
frente a su responsabilidad civil. En consecuencia, “tampoco
existirá responsabilidad subsidiaria del estado u otras administraciones”.
Por último, el experto jurista destaca que, de acuerdo con la ley
española, “en el certificado de defunción de Marin
Eugen Sabau la causa de la muerte será ‘muerte natural’, cuando es evidente que
se
ha puesto fin a la vida de manera totalmente artificial”.
POR NICOLÁS DE
CÁRDENAS | ACI Prensa
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