lunes, 10 de agosto de 2020

LOS HIJOS: SIGNO Y FRUTO DEL AMOR CONYUGAL

CUANDO UNOS ESPOSOS TRANSMITEN LA VIDA AL HIJO, UN NUEVO.

Por: Pontificio Consejo para la Familia | Fuente: http://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/family/index_sp.htm

"La herencia de Yahveh son los hijos, recompensa el fruto de las entrañas....Dichoso el hombre que ha llenado de ellas su aljaba; no quedará confuso cuando tenga pleito con sus enemigos en la puerta" (Sal 127,3.5).

LA IMAGEN DIVINA EN EL HOMBRE

Dios, con la creación del hombre y de la mujer a su imagen y semejanza, corona y lleva a la perfección la obra de sus manos; los llama a una especial participación en su amor y al mismo tiempo en su poder de Creador y Padre, mediante su cooperación libre y responsable en la transmisión del don de la vida humana. El cometido fundamental de la familia es el servicio a la vida, el realizar a lo largo de la historia la bendición original del Creador, transmitiendo en la generación la imagen divina de hombre a hombre (Cfr. Gén 5,1-3).

La fecundidad es el fruto y el signo del amor conyugal, el testimonio vivo de la entrega plena y recíproca de los esposos: El cultivo auténtico del amor conyugal y toda la estructura de la vida familiar que de él deriva, sin dejar de lado los demás fines del matrimonio, tienden a capacitar a los esposos para cooperar con fortaleza de espíritu con el amor del Creador y del Salvador, quien por medio de ellos aumenta y enriquece diariamente su propia familia. La fecundidad del amor conyugal no se reduce a la sola procreación de los hijos, aunque sea entendida en su dimensión específicamente humana: se amplía y se enriquece con todos los frutos de vida moral, espiritual y sobrenatural que el padre y la madre están llamados a dar a los hijos y, por medio de ellos, a la Iglesia y al mundo. La doctrina de la Iglesia sobre la transmisión de la vida se encuentra hoy en una situación social y cultural que la hace a la vez más difícil de comprender y más urgente e insustituible para promover el verdadero bien del hombre y de la mujer.


LÓGICA DEL DON

Cuando el hombre y la mujer, en el matrimonio, se entregan y se reciben recíprocamente en la unidad de "una sola carne", la lógica de la entrega sincera entra en sus vidas. Sin aquélla, el matrimonio sería vacío, mientras que la comunión de las personas, edificada sobre esa lógica, se convierte en comunión de los padres. Cuando transmiten la vida al hijo, un nuevo "tú" humano se inserta en la órbita del "nosotros" de los esposos, una persona que ellos llamarán con un nombre nuevo: "nuestro hijo...; nuestra hija...".

"He adquirido un varón con el favor del Señor" (Gén 4,1), dice Eva, la primera mujer de la historia. Un ser humano, esperado durante nueve meses y "manifestado" después a los padres, hermanos y hermanas. El proceso de la concepción y del desarrollo en el seno materno, el parto, el nacimiento, sirven para crear como un espacio adecuado para que la nueva criatura pueda manifestarse como "don". Así es, efectivamente, desde el principio. ¿Podría, quizás, calificarse de manera diversa este ser frágil e indefenso, dependiente en todo de sus padres y encomendado completamente a ellos? El recién nacido se entrega a los padres por el hecho mismo de nacer. Su vida es ya un don, el primer don del Creador a la criatura.

Los hijos: importantísimos en el matrimonio
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EL HIJO NO ES UN DERECHO DE LOS PADRES

El hijo no es un derecho sino un don. El don más excelente del matrimonio es una persona humana. El hijo no puede ser considerado como un objeto de propiedad, a lo que conduciría el reconocimiento de un pretendido «derecho al hijo». A este respecto, sólo el hijo posee verdaderos derechos: el de ser el fruto del acto específico del amor conyugal de sus padres, y tiene también el derecho a ser respetado como persona desde el momento de su concepción. Por tanto además de rechazar la fecundación heteróloga, la Iglesia es contraria desde el punto de vista moral a la fecundación homóloga in vitro, es decir entre los mismos esposos; ésta es en sí misma ilícita y contraria a la dignidad de la procreación y de la unión conyugal.

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