lunes, 26 de agosto de 2019

TRIBUNAL FEDERAL DE EE.UU GARANTIZA EL DERECHO A NO PRODUCIR VÍDEOS DE «MATRIMONIOS» ENTRE HOMOSEXUALES


Debe prevalecer la Primera Enmienda de la Constitución
La Corte de Apelaciones del Octavo Circuito de EE.UU ha defendido, en base al orden constitucional, el derecho de un matrimonio cristiano a no tener que elegir entre sus negocios y su conciencia, limitando de esa manera del alcance de las normas del estado de Minesota.
(National Review/InfoCatólica) La sentencia da la razón a los demandantes, Carl y Angel Larsen, camarógrafos que crean «anuncios, cortometrajes y producciones de eventos en vivo». Mientras trabajen con cualquier persona de cualquier raza, sexo, orientación sexual o religión, no tendrán por qué producir videos que violen sus creencias cristianas. Eso incluye videos que «contradigan la verdad bíblica; que promuevan la inmoralidad sexual; que apoyen el aborto; que pruevan el racismo o la división racial; que inciten a la violencia; degraden a las mujeres; o promocionen cualquier concepción del matrimonio que no sea como el de una institución para toda la vida entre un hombre y una mujer».
Los Larsens querían comenzar a producir videos de bodas, pero el estado de Minnesota pretendía exigirles que «produjeran videos de bodas tanto del sexo opuesto como del mismo sexo, o de ningún tipo de sexo». El estado también exigía que produjeran videos que representaran todas las «bodas del mismo sexo y del sexo opuesto bajo una luz igualmente 'positiva'». Esto planteaba la posibilidad de que una pareja gay a la que no le gustara la calidad subjetiva de un video que los Larsens produjeran podrían denunciar y exigir sanciones estatales contra ellos basadas en supuestas discriminación por orientación sexual.
El matrimonio apeló contra el estado de Minesota pero perdió en primera instancia. Ahora el tribunal federal les ha dado la razón. Dicho tribunal tenía que decidir si la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que garantiza la libertad religiosa y de expresión, es superior a cualquier ley estatal supuestamente destinada a evitar la discriminación por razones de orientación sexual.
En la sentencia, uno de los jueces del tribunal, David Stras llega a una conclusión simple, obvia pero crucial. Los videos de boda de los Larsens son una «forma de comunicación que tiene derecho a la protección de la Primera Enmienda».
Y añade que «aunque las leyes antidiscriminatorias son muy importantes, deben someterse a la Constitución»
PRIMERA ENMIENDA
La Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos prohíbe la creación de cualquier ley con respecto al establecimiento oficial de una religión, que impida la práctica libre de la misma, que reduzca la libertad de expresión, que vulnere la libertad de prensa, que interfiera con el derecho de reunión pacífica o que prohíba el solicitar una compensación por agravios gubernamentales

No hay comentarios: