El arzobispo de la ciudad peruana
de Trujillo, Miguel Cabrejo Vidarte OFM, escribió una carta al presidente de
Perú, Ollanta Humala, precisando el 16 puntos todos los horrores que contiene
la reciente aprobación de la Guía técnica nacional del aborto terapéutico. A
continuación presentamos a nuestros lectores el texto de la misma.
Excelentísimo Señor
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República del Perú
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República del Perú
Lima.-
Señor Presidente,
Señor Presidente,
1. El Ministerio de Salud
(MINSA), ha publicado el pasado sábado 28 de Junio la Guía Técnica Nacional del
llamado Aborto Terapéutico, aprobada por Resolución Ministerial 486-2014/MINSA.
2. Desde el punto de vista
constitucional, esta Resolución Ministerial implica un atentado contra el
Derecho a la Vida, puesto que la vida se inicia desde la concepción, conforme
lo reconoce el Art. 2° inciso 1, de nuestra Constitución Política: “Toda
persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica,
física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho
en todo cuanto le favorece”.
3. Asimismo, el Art. 6° de la
Constitución Política, señala, respecto a la política nacional de población,
que el Estado asegura los programas de educación y la información adecuados y
el acceso a los medios, que no afecten la vida o la salud.
4. Debemos tener en cuenta que
las normas jurídicas protegen al concebido; conforme al segundo párrafo del
Art. 1° del Código Civil vigente: “La vida humana comienza con la concepción”.
5. En esta Guía Técnica Nacional
del llamado Aborto Terapéutico, no se habla de aborto, sino que se emplean
otros términos como “interrupción voluntaria” o “interrupción terapéutica del
embarazo”, cuando el término “interrupción” sólo se utiliza para acciones que
pueden ser reiniciadas o que van a continuar; también se emplea el término:
“evacuación del contenido uterino”, con la finalidad de encubrir o maquillar la
verdadera figura: el aborto.
6. En nuestro Código Penal se
encuentra tipificado el aborto como delito; pero esta Resolución, al encubrir
dicho delito como una simple “interrupción voluntaria”, desorienta y deja la
puerta abierta para presentar el aborto como algo que se podría despenalizar.
7. No es posible que la vida
humana dependa de la decisión de una junta médica (3 médicos). Peor situación
encontramos en el numeral 6.3.4, que señala: si la Junta de Médicos concluye
que no es recomendable proceder a la interrupción terapéutica (aborto) del
embarazo menor de veintidós (22) semanas, el médico tratante comunicará a la
gestante la decisión y las razones para ello. La gestante podrá solicitar al
Director General del establecimiento de salud que se realice una nueva junta
médica con otros médicos, esto quiere decir que la gestante tiene opción de
solicitar otra junta médica, con otros médicos, para lograr su objetivo.
8. Está claro que la referida
Resolución Ministerial no tiene en cuenta al concebido, cuando nuestra
Constitución Política lo protege y favorece, además nuestra Constitución
Política consagra el derecho a la igualdad y esta Resolución discrimina al
concebido. Desde este punto de vista, “la sociedad que no es capaz de defender
la vida humana naciente, se va a la ruina”.
9. Por otro lado, conforme a la
jerarquía normativa peruana, las resoluciones ministeriales no pueden
interpretar de forma extensiva un artículo del Código Penal; además, no se
puede crear una normativa a partir de una situación de excepción ya prevista en
el mismo Código.
10. El avance de la ciencia y la
técnica hacen que hoy día, sea posible salvar la vida del concebido y de la
madre, reduciendo considerablemente el riesgo de perder a uno de los dos.
11. Señor Presidente, esta
Resolución Ministerial, en el contexto de nuestra nación es incoherente, porque
mientras que la sociedad peruana lucha contra la delincuencia, el sicariato,
los secuestros y busca que cesen los asesinatos, esta Resolución Ministerial
atenta contra el concebido, un ser totalmente inocente e indefenso, que no
puede defenderse de sus agresores.
12. En el Perú existen todavía
grandes problemas, hospitales colapsados y sin recursos y una corrupción
vertiginosa. El gobierno peruano tiene la responsabilidad y el gran reto de
educar y formar a los miles de niños y jóvenes y de velar por su salud y
bienestar.
13. Todos queremos el progreso y
el bien del Perú, pero no se puede querer el progreso cuando dentro del propio
Estado se da una Resolución que permite eliminar la vida de sus propios hijos.
14. Finalmente, ¿puede una Resolución
Ministerial ir contra el Juramento Hipocrático, que dice: “tendré absoluto
respeto por la vida humana” y “aún bajo amenazas, no admitiré utilizar mis
conocimientos médicos contra las leyes de la humanidad”?.
15. Frente a esta Resolución
Ministerial, en fidelidad al valor fundamental de la vida, podemos hacer un
llamado a la objeción de conciencia, a los fieles cristianos, católicos y a
todas las personas de buena voluntad, a no acatar esta Resolución.
16. En consecuencia, Señor
Presidente, le pido que por amor a la nación peruana que Ud. gobierna, por la
multitud de ciudadanos que creemos en la vida, deje sin efecto esta Resolución
Ministerial, por las consecuencias negativas que esta conlleva y por la serie
de traumas post aborto.
+ Miguel Cabrejos Vidarte, OFM.
Arzobispo Metropolitano de Trujillo
Arzobispo Metropolitano de Trujillo
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