viernes, 25 de abril de 2014

LA FIESTA DE LA DIVINA MISERICORDIA: INDULGENCIA PLENARIA


La elección del II Domingo de Pascua indica la estrecha relación que existe entre el misterio pascual de la Salvación y la fiesta de la Misericordia.

La fiesta es, de entre todas las formas de la devoción a la Divina Misericordia, la que tiene mayor rango. Jesús habló por primera vez a Santa Faustina de instituir esta fiesta el 22 de febrero de 1931 en Plock el mismo día en que le pidió que pintara su imagen y le dijo: "Yo deseo que haya una Fiesta de la Divina Misericordia. Quiero que esta imagen que pintarás con el pincel, sea bendecida con solemnidad el primer Domingo después de la Pascua de Resurrección; ese Domingo debe ser la Fiesta de la Misericordia" Durante los años posteriores, Jesús le repitió a Santa Faustina este deseo en catorce ocasiones, definiendo precisamente la ubicación de esta fiesta en el calendario litúrgico de la Iglesia, el motivo y el objetivo de instituirla, el modo de prepararla y celebrarla, así como las gracias a ella vinculada.

El tema de la Divina Misericordia está presente durante todo el año litúrgico. La elección del II Domingo de Pascua, que concluye la octava de la Resurrección del Señor, indica la estrecha relación que existe entre el misterio pascual de la Salvación y la fiesta de la Misericordia. La Pasión, Muerte y Resurrección de Cristo son, en efecto, la más grande manifestación de la Divina Misericordia de Dios Padre hacia los hombres, especialmente hacia los pecadores. Esta relación está subrayada por la novena que precede a la fiesta, que se inicia el Viernes Santo y se prolonga hasta el II Domingo de Pascua.

Jesús mismo le explicó a Santa Faustina el motivo por el cual establece esta fiesta: "Las almas mueren a pesar de mi Dolorosa Pasión... Si no adoran Mi Misericordia, morirán para siempre" (Diario, 65) y también : "Las almas mueren a pesar de Mi amarga Pasión. Les ofrezco la última tabla de salvación, es decir, la fiesta de la Misericordia".(Diario, 965)

La fiesta de la Misericordia ha de ser no sólo un día de particular veneración de Dios en este misterio, sino sobre todo un día de gracia para todos los hombres, un día de reconciliación con Dios y con los hermanos por medio del sacramento de la penitencia: "En aquel día quien se acerque a la Fuente de la Vida (Sacramentos de la Reconciliación y de la Eucaristía), conseguirá la remisión total de las culpas y de las penas" (Diario, 300).

La Comunión ha de ser recibida el mismo día de la fiesta de la Misericordia, mientras que la confesión puede hacerse durante los siete días previos a la comunión o los siete posteriores a ella.

Además de esta gracia extraordinaria, el Señor promete: "Derramaré todo un mar de gracias sobre las almas que se acerquen al manantial de Misericordia. En ese día están abiertas todas las compuertas Divinas a través de las cuales fluyen las gracias. Que ningún alma tema acercarse a Mí, aunque sus pecados sean como escarlata serán perdonados". (Diario, 699)

Queda claro entonces que Nuestro Señor vinculó esta abundancia de gracias y beneficios sólo a ésta y no a las otras formas de devoción a la Divina Misericordia.

Por fin, el 30 de abril del año 2000, coincidiendo con la canonización de Santa Faustina, "Apóstol de la Divina Misericordia", Juan Pablo II instituyó oficialmente la Fiesta de la Divina Misericordia a celebrarse todos los años en esa misma fecha: Domingo siguiente a la Pascua de Resurrección.

Luego de su Homilía, el Papa anunció una sorpresa: «En todo el mundo, el segundo Domingo de Pascua recibirá el nombre de Domingo de la Divina Misericordia. Una invitación perenne para el mundo cristiano a afrontar, con confianza en la benevolencia divina, las dificultades y las pruebas que esperan al genero humano en los años venideros».

Con la institución de esta Fiesta, el Papa concluyó la tarea asignada por Nuestro Señor Jesús a Santa Faustina en Polonia, 69 años atrás, cuando en febrero de 1931 le dijo: "Deseo que haya una Fiesta de la Misericordia". Dicha Fiesta constituye uno de los elementos centrales del Mensaje de la Divina Misericordia según le fuera revelado por Nuestro Señor a la Santa en los años 30.

INDULGENCIA PLENARIA

El Sumo Pontífice, Juan Pablo II, animado por un ardiente deseo de fomentar al máximo en el pueblo cristiano estos sentimientos de piedad hacia la Misericordia divina, por los abundantísimo frutos espirituales que de ello pueden esperarse, en la audiencia concedida el día 13 de junio de 2002 a los infrascritos responsables de la Penitenciaría apostólica, se ha dignado otorgar indulgencias en los términos siguientes:

  Se concede la indulgencia plenaria, con las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice) al fiel que, en el domingo segundo de Pascua, llamado de la Misericordia divina, en cualquier iglesia u oratorio, con espíritu totalmente alejado del afecto a todo pecado, incluso venial, participe en actos de piedad realizados en honor de la Misericordia divina, o al menos rece, en presencia del santísimo sacramento de la Eucaristía, públicamente expuesto o conservado en el Sagrario, el Padrenuestro y el Credo, añadiendo una invocación piadosa al Señor Jesús misericordioso (por ejemplo, "Jesús misericordioso, confío en ti"). Se concede la indulgencia parcial al fiel que, al menos con corazón contrito, eleve al Señor Jesús misericordioso una de las invocaciones piadosas legítimamente aprobadas.

  Además, los navegantes, que cumplen su deber en la inmensa extensión del mar; los innumerables hermanos a quienes los desastres de la guerra, las vicisitudes políticas, la inclemencia de los lugares y otras causas parecidas han alejado de su patria; los enfermos y quienes les asisten, y todos los que por justa causa no pueden abandonar su casa o desempañan una actividad impostergable en beneficio de la comunidad, podrán conseguir la indulgencia plenaria en el domingo de la Misericordia divina si con total rechazo de cualquier pecado, como se ha dicho antes, y con la intención de cumplir, en cuanto sea posible, las tres condiciones habituales, rezan, frente a una piadosa imagen de nuestro Señor Jesús misericordioso, el Padrenuestro y el Credo, añadiendo una invocación piadosa al Señor Jesús misericordioso (por ejemplo, "Jesús misericordioso, confío en ti").

  Si ni siquiera eso se pudiera hacer, en ese mismo día podrán obtener la indulgencia plenaria los que se unan con la intención a los que realizan del modo ordinario la obra prescrita para la indulgencia y ofrecen a Dios misericordioso una oración y a la vez los sufrimientos de su enfermedad y las molestias de su vida, teniendo también ellos el prepósito de cumplir, en cuanto les sea posible, las tres condiciones prescritas para lucrar la indulgencia plenaria.

  Los sacerdotes que desempañan el ministerio pastoral, sobre todo los párrocos, informen oportunamente a sus fieles acerca de esta saludable disposición de la Iglesia, préstense con espíritu pronto y generoso a escuchar sus confesiones, y en el domingo de la Misericordia divina, después de la celebración de la santa misa o de las vísperas, o durante un acto de piedad en honor de la Misericordia divina, dirijan, con la dignidad propia del rito, el rezo de las oraciones antes indicadas; por último, dado que son "Bienaventurados los misericordiosos, porque ellos alcanzarán misericordia" (Mt 5, 7), al impartir la catequesis impulsen a los fieles a hacer con la mayor frecuencia posible obras de caridad o de misericordia, siguiendo el ejemplo y el mandato de Jesucristo, como se indica en la segunda concesión general del "Enchiridion Indulgentiarum".

Este decreto tiene vigor perpetuo. No obstante cualquier disposición contraria.

Autor: www.beatojuanpabloii.org

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