sábado, 15 de septiembre de 2018

TRANSPARENCIA, PRIVACIDAD, RESERVA, DISCRECIÓN Y SECRETO


Conceptos como «transparencia», «privaci­dad», «reserva», «discreción» y «secreto» entrelazan rela­ciones nada simples de definir entre «derechos» y «deberes» que articulan la convivencia tanto en el plano personal como a nivel social.
Diversos acontecimientos recientes me invitan a hacer una reflexión sobre un tema complejo que pone en juego conceptos como «transparencia», «privaci­dad», «reserva», «discreción» y «secreto». Dichos conceptos entrelazan rela­ciones nada simples de definir entre «derechos» y «deberes» que articulan la convivencia tanto en el plano personal como a nivel social.
¿Todo el mundo tiene derecho a saber todo acerca de todo? Me parece que la respuesta negativa es obvia. Y entonces, ¿cuál es el origen de que existan ámbitos «reservados»? En ciertos casos ese origen está en la naturaleza misma del ser humano, en su dignidad y en su autonomía. Verse en la necesidad de ha­cer públicos determinados aspectos de nuestra vida y de nuestra actividad, se­ría establecer una dependencia esclavizante y un desconocimiento de la libertad de cada cual. Hay otros casos en que la «reserva» o incluso el «secreto» son exigidos por la legítima autoridad, precisamente para salvaguardar el bien co­mún. Podrían ponerse como ejemplos el ámbito de los secretos militares, la conducción de ciertas negociaciones entre Estados, los servicios secretos, etc. En la vida de la Iglesia, hay ciertos asuntos que están protegidos por el «secreto pontificio», como una forma legítima de proteger la libertad de quienes deben tomar algunas decisiones muy importantes o de garantizar el respeto debido a quienes proporcionan determinadas informaciones. La reserva puede tener también su origen en una relación contractual, como es el caso en que una persona confía a otra una información bajo la condición de que no la revelará a terceros. Este caso es vecino al del llamado «secreto profesio­nal», que cubre aquello acerca de lo cual una persona se entera, porque alguien se lo confía en virtud de su competencia profesional. El caso máximo del secre­to profesional es el secreto que protege aquello de lo cual un sacerdote se en­tera, en materia de pecados, a través del sacramento de la Confesión. Este secreto es tan serio que no admite excepciones. El derecho canónico sanciona con una excomunión automática reservada al Sumo Pontífice la «violación directa» del sigilo sacramental. Pero hay muchas materias en que la «reserva» es exigida por la naturaleza misma de las cosas, por el respeto a la dignidad de las personas y a su legítima privacidad. La gestión de los propios intereses económicos, mientras no contradigan lo dis­puesto por leyes legítimas o amaguen las exigencias del bien común es un campo en que la privacidad deber ser respetada pues de lo contrario prevalecería un ambiente de desconfianza que terminaría por ahogar la convivencia social. Las mentalidades totalitarias son renuentes a reconocer el derecho a la priva­cidad, pues tener a su disposición una información total sobre los ciudadanos es la clave para controlar su vida hasta en los más mínimos detalles, lo que conduce a avasallar la libertad de las personas y a afianzar cualquier tipo de tiranía.
En la vida moderna y considerando el desarrollo de los medios de comunicación y de la industria de la información, el ejercicio de la actividad periodísti­ca constituye un condicionamiento importante para los ámbitos de la «reserva». Es obvio que la información acerca de los asuntos que atañen al bien común constituye un aporte importante para la erradicación de la corrupción en sus variadas formas. Publicar los abusos, las malversaciones o las maniobras incorrectas o corruptas es una contribución al saneamiento de la actividad políti­ca y financiera del Estado y esa contribución es consecuencia de la libertad de expresión y de información. Sin embargo es preciso reconocer que en ocasiones una información desmedida, sesgada, parcial o tendenciosa puede alentar el a­petito enfermizo de conocer hasta en sus ínfimos detalles determinados hechos, de suyo reprobables o ilegítimos. El sensacionalismo es una deformación del legítimo derecho a informar y a ser informado. Naturalmente es extremadamente difícil establecer reglas fijas o cuasi matemáticas en la materia, y la mejor salvaguardia será siempre la correcta formación moral del comunicador. Si hay una norma que debería tener universal aceptación, ella sería la de no hacer a otro lo que no nos gustaría que otro nos hiciera y, al revés, de tratar a los demás como nos agrada que los demás nos traten.
Hay que tener presente que no son raros los casos, históricamente hablando, en que se ha abusado del secreto para cubrir actuaciones ilegítimas o para am­parar intereses personales o de grupos, sojuzgando a personas o encubriendo acciones reñidas con el bien común. Mientras la «reserva» y la «privacidad» son expresiones de derechos de las personas y de respeto a su dignidad, el «secretismo» -es decir el secreto empleado para proteger intereses espurios- es una expresión de egoísmo personal o colectivo, e instrumento de dominación y de desprecio de la legítima libertad de las personas.
Será útil, aquí, decir algo acerca de la «discreción». Esta palabra, de origen latino, deriva del verbo «discernir» que significa separar. Hacer un discerni­miento es analizar una realidad para separar los elementos válidos de aquellos que no lo son. Es «discreta» una persona que es capaz de hacer discernimiento y de analizar con objetividad. En el caso de la información, se trata de hacer un juicio razonado y razonable acerca de qué información contribuye al bien co­mún, y en qué medida contribuye a él, y de evaluar las ventajas y desventajas, siempre con miras al bien común, de dar una información objetivamente veraz y proporcionada. Se ha de presuponer que una información veraz y objetiva es una contribución valiosa al bien común. Sería desventajoso lo que contribuye al sensacionalismo, estimulando curiosidades que pudieran ser enfermizas.
La palabra de Jesús de que «la verdad nos hace libres», será siempre válida pero sin olvidar que el mismo Jesús optó en alguna ocasión por actuar con reser­va, como cuando lo hizo secretamente en uno de sus viajes a Jerusalén (ver Jn 7, 10). Y sin olvidar la actitud reservada de San José, cuando se enteró de la gravidez de la Virgen María (ver Mt 1, 19-24).
Cardenal Jorge Medina

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