El Tribunal
Supremo del Estado de Louisiana (28 octubre 2016) ha decidido que un
sacerdote que recibió en la privacidad de la confesión la confidencia de
una penitente menor de edad que había sufrido abusos sexuales no puede
calificarse como "denunciante
obligatorio" (mandatory reporter) según la ley civil. Para
el Tribunal Supremo: "Cuando un sacerdote,
rabino, o ministro debidamente ordenado ha adquirido conocimiento de abuso o
negligencia de una persona durante una confesión u otra comunicación sagrada,
deberá alentar a esa persona a informar, pero no deberá ser un informante
obligatorio de esa confidencia recibida en confesión o comunicación
sagrada". Esta orientación tuitiva del secreto de confesión ha sido
ratificada hace apenas unos días por un Tribunal de Florida (15 de junio de
2018) en un caso que enfrentaba al Padre Vicenzo Ronchi contra el Estado
de Florida y Loren Tim Burton; el Tribunal entendió que obligar a un sacerdote
a revelar en juicio el contenido de una confesión, como prueba adicional y
corroborativa del abuso cometido por el penitente, contraviene la ley estatal
que protege la libertad religiosa de los ciudadanos.
Años
antes, Conan W. Hale, convicto por robo en una penitenciaría de Oregon,
solicitó los servicios de un sacerdote católico. La confesión del preso
fue grabada a través de sofisticados medios, y se pretendió utilizarla como
medio de prueba en un posterior juicio contra Hale por homicidio. La Santa Sede
presentó una protesta formal ante el Gobierno de Clinton por esta
intromisión en la intimidad y en la libertad religiosa de un ciudadano. La
prueba no fue aceptada por los tribunales de Estados Unidos.
En el
debate sobre las Reglas de Procedimiento y Prueba del Tribunal Penal
Internacional, se desestimó una propuesta encabezada por Canadá y Francia
que pretendía no reconocer el derecho de los ministros de culto de
abstenerse de declarar en juicio sobre cuestiones conocidas a través del secreto
de confesión o de confidencias de sus fieles.
De modo que el art. 73, (U.Doc.PCNICC/2000/1/Add.1 (2000)) dispone: "...la
Corte Penal Internacional reconocerá el carácter privilegiado de las
comunicaciones hechas en el contexto del sacramento de la confesión, cuando
ella forme parte de la práctica de esa religión".
Repárese
que estos ejemplos de protección de la confidencialidad del penitente se
extienden, entre otros, a tres delitos detestables: abusos sexuales a menores,
robo con homicidio y terrorismo. La razón probablemente estriba -aparte de
consideraciones éticas- en que, en el mundo del derecho, las excepciones a
reglas generales no es raro que actúen como una cuña de punta muy fina, pero de
amplia base. Si aceptamos fácilmente en materias graves las excepciones, la
punta filosa tiende a introducirse más y más, acabando por multiplicar lo
excepcional, hasta desgarrar el tejido general de la ley. Piénsese en el
caos mediático que seguiría a imponer la obligación de revelar sus fuentes a
los titulares de la fiducia mediática.
La
reciente aprobación de una ley (7 junio 2018) por la Asamblea Legislativa
del Territorio de Canberra (Australia) que obliga a los sacerdotes a
romper el secreto de confesión cuando, durante la administración del
sacramento, conozcan de algún caso de abuso sexual, pone al rojo vivo los casos
mencionados.
La
disposición australiana contó con el apoyo de los principales partidos
políticos y, en principio, entrará en vigor el 31 de marzo de 2019. La
Archidiócesis de Canberra y Goulburn tendrá nueve meses para negociar con el
Gobierno el funcionamiento de la nueva normativa.
El
propósito de la ley, bajo el nombre de Enmienda Ombudsman 2018, es ampliar
el Esquema de Conducta Denunciable (reportable
behavior scheme) que rige las denuncias de abuso y mala conducta
contra menores de edad, incluyendo también a organizaciones religiosas.
Extiende la obligación de informar sobre abusos sexuales a menores a todas las
iglesias, incluyendo el sigilo sacramental de la confesión.
El tema
es de importancia capital, pues entremezcla escándalos sexuales a menores,
ordenamientos confesionales, privacidad en las relaciones entre profesionales
de la información y sus fuentes, secretos médicos, confidencialidad legal y un
largo etcétera de un horizonte fuertemente tutelado por la protección de
las fuentes.
Como una
nube radiactiva se han cernido sobre la Iglesia católica los casos de abusos
sexuales a menores de edad. Cuando escribo estas letras, el Papa Francisco
aparece abochornado y dolido ante los casos irlandés, australiano y
estadounidense, por citar los tres más señalados. La ley australiana es, en
principio, comprensible, al moverse en el plano de esa ira legal razonable, sin
la cual no habría tribunales de justicia ni jueces que la aplicaran.
Pero en
materia jurídica, la pasión no debe oscurecer la razón, pues no hay nada más
difícil que hablar desapasionadamente de la pasión. De ahí que me permita
contrastar en esta materia pasión y razón legal, con el objeto de que a un
crimen abominable no se superponga una dudosa solución legal.
Me van a
permitir que de los escándalos enunciados me fije ahora en el caso de
Pennsylvania. El informe del Gran Jurado -informe, no sentencia- cubre un
periodo de unos 70 años (1950-2017) y cita los nombres de 301 sacerdotes
contra los que existen "acusaciones
creíbles" de abusos sexuales durante su ministerio, de los que
habrían sido víctimas al menos 1.000 menores identificados. El informe, que en
algún caso se remonta a la Segunda Guerra Mundial, concluye que casi todos los
acusados están muertos o han sido expulsados del sacerdocio.
Por
ejemplo, en la Diócesis de Harrisburg, se nombran 71 personas: 42 ya han fallecido y cuatro están desaparecidos. La
mayoría de los que todavía están vivos ya no están en el ministerio. Según
admitió el 14 de agosto el fiscal que preside el Gran Jurado de Pennsylvania, y
fiscal general, Josh Saphiro: "En casi
todos los casos de abuso infantil, los sospechosos son demasiado viejos para ser
enjuiciados". Tiene razón. Pero si él lo sabía desde el comienzo, ¿por qué siguió en este callejón sin salida?
En un
análisis profundo del caso Pennsylvania, Bill Donohue, sociólogo de la
Universidad de Nueva York, llega a la conclusión de que la actuación de Saphiro
y de su antecesora en el cargo, Kathleen Kane, fiscal general del estado
de Pensilvania -que fue encontrada culpable por nueve cargos entre los que
figuran perjurio, conspiración criminal, filtrar información sobre un gran
jurado y luego mentir sobre ello, en un esfuerzo por desacreditar a un rival
político-, fue movida por una corriente de animadversión soterrada hacia
la Iglesia católica. De ahí la publicación del informe cuando Francisco
acometía decididamente problemas de abusos sexuales en Irlanda.
En
realidad, el caso Pennsylvania se ha diluido a partir de 2002, cuando la
Santa Sede y los obispos USA impusieron enérgicas medidas disuasorias, que han
sido muy eficaces. Como ha señalado el director de la Sala de Prensa vaticana
en una nota, "la mayor parte del informe se refiere a abusos cometidos
antes de los primeros años 2000. No habiendo encontrado apenas casos después de
2002, las conclusiones del Gran Jurado son coherentes con estudios precedentes
que muestran cómo las reformas hechas por la Iglesia católica en Estados
Unidos han reducido drásticamente la incidencia de los abusos cometidos por el
clero.
El caso
australiano comienza también a decaer en su virulencia. Una Comisión Real en
Australia realizó en 2017 un sólido informe sobre el problema de abusos a
menores entre todo tipo de instituciones. Según este informe, en el periodo
1950 a 2010 hubo acusaciones de abusos contra el 7% de todos los sacerdotes
australianos. Si se mide por décadas, los sacerdotes diocesanos acusados fueron
el 2,9% en los años 50, el 4,5% en los 60, el 4% en los 70, para caer al 0,2%
en los 2000. Esos datos no parecen justificar la drástica medida de
eliminar el secreto de confesión en los supuestos de abusos sexuales a
menores. Sobre todo si se piensa en lo insólito de la medida en el
contexto del derecho comparado. No se olvide que en el Derecho de la Iglesia el
sigilo sacramental es inviolable (canon 983, Código de Derecho Canónico). A su
vez, el confesor que viola directamente el secreto de la confesión incurre
en excomunión automática (c. 1388). Esta rigurosa protección del sigilo
sacramental implica también la incapacidad de ser testigo en relación con lo
que conoce por confesión sacramental, aunque el penitente le releve del secreto
"y le pida que lo manifieste" (cánones
1548 y 1550).
Ciertamente, en la discutible medida legal australiana está en
juego la primera de las libertades, que es la religiosa.
Publicado en El Mundo.
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