¿QUÉ ES EL CELIBATO SACERDOTAL? ¿QUÉ VENTAJAS TIENE? ¿POR QUÉ HAY CURAS CASADOS EN ORIENTE?
En la Iglesia Católica latina los aspirantes al
sacerdocio optan por una vida célibe.
En la Iglesia Católica latina
todos los sacerdotes deben ser célibes y deben vivir en
una castidad y continencia total. Y
aunque no es un dogma de fe desde el inicio del cristianismo tanto la Tradición
como el Magisterio han ido defendiendo, justificando y mostrando cómo el
celibato sacerdotal es un gran don para la Iglesia, pese a los repetidos
ataques que desde hace siglos viene sufriendo. Además de las razones
cristológicas que lo justifican, el celibato ofrece una serie de ventajas
prácticas y pastorales que permiten a los sacerdotes vivir entregados por y
para la Iglesia.
¿QUÉ
ES CELIBATO SACERDOTAL?
La palabra
“celibato” designa la condición del célibe, de la persona que no ha contraído
matrimonio. En cuanto a los sacerdotes católicos de rito latino eligen de
manera consciente y voluntaria una opción por el celibato basado en una vida
casta y en continencia. Aunque no es un dogma, el Magisterio y la Tradición han
insistido en multitud de ocasiones en que es un auténtico don para la Iglesia.
En el Evangelio de san Mateo
aparece cómo Jesucristo alaba a los que
han decidido no contraer matrimonio “por el Reino de los cielos”, y
San Pablo en la Primera Carta a los Corintios ya habla del celibato y del
matrimonio como dones o vocaciones divinas, señalando a la vez la excelencia de
la primera. De este modo, desde la misma época apostólica hubo cristianos que asumieron
el compromiso del celibato. Con la aparición y difusión del monaquismo a
principios del siglo IV, ascetas y vírgenes, tanto las consagradas como las no
consagradas, fueron integrándose en las diversas comunidades monásticas que se
constituyeron. La realidad –e incluso la idea– de un compromiso de celibato
asumido por cristianos corrientes que seguían viviendo en medio del mundo
desapareció. Salvo casos excepcionales, sólo hubo en la Iglesia, durante
bastantes siglos, dos figuras de celibato: el celibato sacerdotal y el celibato
monástico o, en términos más genéricos, religioso o consagrado.
El celibato supone
una entrega total a Cristo y para ello se elige y se vive en el amor, un
amor hacia Dios y hacia los hombres, a quienes la misión llama a servir.
La inseparabilidad de los dos motivos del celibato cristiano pone de
relieve el valor y la grandeza de esta condición de vida que implica tener como
horizonte radical y pleno a Dios y a su Iglesia. De ahí las constantes
declaraciones de la Tradición y del Magisterio en ese sentido. Desde la época
patrística, en la que los escritos sobre la virginidad y el celibato son
numerosos, hasta el Concilio de Trento y el Concilio Vaticano II por no
mencionar las múltiples referencias en los documentos y palabras de los Papas.
¿QUÉ
DIFERENCIA HAY ENTRE CASTIDAD Y CELIBATO?
El Catecismo de la Iglesia
Católica recuerda en el punto 2348 que “todo
bautizado es llamado a la castidad. El cristiano se ha ‘revestido de
Cristo’, modelo de toda castidad. Todos los fieles de Cristo son llamados a una
vida casta según su estado de vida particular. En el momento de su Bautismo, el
cristiano se compromete a dirigir su afectividad en la castidad”.
De este modo, en el siguiente
punto explica que la castidad debe calificar -como insistió la Congregación
para la Doctrina de la Fe- “a las personas según
los diferentes estados de vida: a unas, en la virginidad o en el celibato
consagrado, manera eminente de dedicarse más fácilmente a Dios solo con corazón
indiviso; a otras, de la
manera que determina para ellas la ley moral, según sean casadas o célibes”.
Mientras tanto, las personas casadas son llamadas a vivir la castidad conyugal;
las otras practican la castidad en la continencia.
Por tanto, todo
cristiano está llamado a vivir en castidad, es una virtud que ha de vivirse
en cualquier estado de vida. Sin embargo, el célibe es una persona que vive el
celibato por una decisión personal o por una vocación especial de consagración.
Así, según el Código de Derecho
Canónico "los clérigos están
obligados a observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos y, por tanto,
quedan sujetos a guardar el celibato, que es un don peculiar de Dios mediante
el cual los ministros sagrados pueden unirse más fácilmente a Cristo con un corazón
entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los
hombres".
¿CUÁL
ES LA HISTORIA DEL CELIBATO SACERDOTAL EN LA IGLESIA?
En un artículo en Religión en
Libertad, el sacerdote Pedro Trevijano resumía perfectamente la historia del celibato sacerdotal en estos 2000 años de la historia de la Iglesia. Lo
hacía así:
“Recordemos que Cristo
fue virgen y permaneció libre para anunciar la palabra de Dios. Desde los
tiempos apostólicos muchas personas han tomado la decisión, aprobada por la
Iglesia, de vivir en estado de virginidad “a causa del reino de los cielos” (Mt 19,12), a fin de consagrarse enteramente al Señor (cf. 1 Cor 7,34-36) con una libertad mayor de corazón, de cuerpo
y de espíritu. Esta continencia será básica en la
espiritualidad de los monjes, ascetas y vírgenes.
»En cambio, los apóstoles probablemente estaban todos casados (San
Pedro ciertamente, porque tenía suegra: Mt 8,14-15; Mc 1,29-31;
Lc 4,40-41). Los textos que nos hablan de la virginidad de San
Juan son ya del siglo IV. No sabemos de San
Pablo si era viudo o célibe (1 Cor 7,8).
»Hasta el siglo II la Iglesia se organiza sobre la base familiar, siendo
el jefe de estas iglesias domésticas el pater familiae. El obispo y
el diácono deben ser “maridos de una sola mujer” (1 Tim 3,2 y 12; Tit 1,6).
Esto significaba, según la interpretación patrística, no sólo la exclusión de
la poligamia, sino también de las segundas nupcias. En esta época no hay
todavía relación entre celibato y sacerdocio, si bien Tertuliano nos
advierte de que muchos clérigos permanecían célibes por amor al Señor.
»Se ha afirmado comúnmente que la primera ley sobre continencia de los
sacerdotes (todavía no sobre el celibato) se dio en el concilio
de Elvira, cerca de Granada, en el año 305, mandando abstenerse de
su cónyuge a los clérigos en ministerio (DS 119; D 52 c). Pero hoy se discute
sobre si este canon es de esta época o de fines del siglo IV. Lo que sí es
cierto es que en este caso la costumbre es más antigua que la ley.
»El concilio de Nicea, para no alimentar las
tendencias encratitas (herejía que despreciaba el matrimonio), no estableció la
obligación del celibato, pero sí impuso la prohibición del matrimonio después de haber recibido las órdenes mayores,
regla que rigió en Oriente y Occidente.
»A fines del siglo IV el Papa Siricio establece la ley del celibato
obligatorio para los clérigos mayores,
pero al permitir León I a
los clérigos ya casados retener consigo la mujer y vivir con ella como hermano
y hermana, la continencia permaneció letra muerta. Hacia el siglo IX se ordenan
sólo los hombres célibes, y son depuestos del orden clerical los que
se casan después, prohibiéndose a los fieles participar en sus funciones.
Solamente en el siglo XII, tras los dos primeros concilios de Letrán (1123
y 1129), se empezó a exigir en Occidente, a partir del subdiaconado, no sólo la
abstención del acto conyugal y la cohabitación con mujeres que no sean
parientes carnales o estén fuera de toda sospecha (canon. 3 del I Concilio de
Letrán: DS 711; D 360), sino el celibato propiamente dicho, proclamando
inválidos sus matrimonios (cánones 6 y 7 del II Concilio de Letrán).
»A partir de esta época los grados mayores del ministerio eclesiástico
sólo son accesibles a aquellos que voluntariamente aceptan el celibato “por
amor del reino de los cielos”. El celibato es una conquista en la historia
de la Iglesia, a pesar de todas las deficiencias que haya podido haber en la
vivencia del mismo. Su cumplimiento práctico mejoró notablemente con
la institución de los seminarios, que tanto han
contribuido a la formación espiritual e intelectual del clero, iniciándose
éstos en el siglo XV, pero alcanzando su desarrollo como uno de los frutos
de Trento.
»En Oriente, el concilio de Trullo en Constantinopla
establece en el 692 la siguiente legislación válida aún hoy no sólo en la
Iglesia ortodoxa, sino en los orientales unidos a Roma: se impone a los obispos
la continencia perpetua, se permite a los clérigos el matrimonio antes de la
ordenación y el uso del matrimonio una vez ordenados (excepción hecha de la vigilia
de la celebración de la misa).
»Volviendo a Occidente, encontramos en el siglo XII la consideración del
sacramento del orden no sólo como un ministerio, sino también como fundamento
de una espiritualidad evangélica que conecta el celibato por amor del reino con
el ministerio sacerdotal, superando el antiguo principio de la
pureza cultual. El celibato, libremente vivido como carisma y don particular de
Dios, convierte objetivamente la existencia del sacerdote en signo del amor con
el que Cristo realiza la obra de la Redención. La concepción bíblica del
carisma libremente aceptado se hace presupuesto necesario para la llamada al
ministerio. Es decir, la Iglesia, que no obliga a nadie a ser sacerdote, escoge
sus ministros entre aquellos que poseen el don del celibato, porque cree
que entre el ministerio y el celibato evangélico hay una relación, si no
esencial, sí de suma concordancia.
»El concilio de Trento afirmó contra los protestantes y los
emperadores Fernando II y Maximiliano
II (que pedían la abolición de la ley del celibato para los
sacerdotes alemanes), que la Iglesia puede exigir el celibato a sus sacerdotes,
si bien no es una ley divino-positiva, sino que la obligación surge de la ley
eclesiástica o del voto (DS
1809; D 979).
»El Vaticano II permitió el acceso al diaconado “a hombres de
edad un tanto madura, aunque estén casados” (Lumen Gentium, 29). ¿Se
extenderá este permiso al presbiterado? Para San Pablo VI “esta eventualidad produce en Nos graves
reservas” y San Juan Pablo II se expresó en contra en varias
ocasiones, recogiendo la exhortación pastoral Pastores dabo vobis lo
siguiente: “A esta luz se pueden comprender y apreciar más fácilmente los
motivos de la decisión multisecular que la Iglesia de Occidente tomó y sigue
manteniendo -a pesar de todas las dificultades y objeciones surgidas a través
de los siglos-, de conferir el orden presbiteral sólo a hombres que den pruebas
de ser llamados por Dios al don de la castidad en el celibato absoluto y perpetuo” (nº 29)”.
¿QUÉ
VENTAJAS TIENE EL CELIBATO SACERDOTAL?
En la encíclica Sacerdotalis Caelibatus de 1967 el Papa San Pablo VI ofrecía en un complicado
contexto histórico las razones de por qué la Iglesia defiende el celibato
sacerdotal frente a las corrientes que le pedían su supresión. Jesús fue célibe
y el que aspira al celibato en el sacerdocio lo hace “con
la intención no solamente de participar de su oficio sacerdotal, sino también
de compartir con él su mismo estado de vida”, recordaba
el Papa.
De este modo, Pablo VI explicaba
que “el sacerdote, dedicándose al servicio del
Señor Jesús y de su cuerpo místico en completa libertad más facilitada gracias
a su total ofrecimiento, realiza más plenamente la unidad y la armonía
de su vida sacerdotal. Crece en él la idoneidad para oír la palabra
de Dios y para la oración”. Por otro lado, señalaba que el
sacerdote “muriendo cada día totalmente a sí
mismo, renunciando al amor legítimo de una familia propia por amor de Cristo y
de su reino, halla la gloria de una vida en Cristo plenísima y
fecunda, porque como él y en él ama y se da a todos los hijos de Dios”.
En el aspecto pastoral, el
celibato permite al sacerdote “la mayor
eficiencia y la mejor actitud psicológica y afectiva para el ejercicio continuo
de la caridad perfecta, que le permitirá, de manera más amplia y
concreta, darse todo para utilidad de todos y le garantiza una mayor libertad y
disponibilidad en el ministerio pastoral, en su activa y amorosa presencia en
medio del mundo al que Cristo lo ha enviado a fin de que pague enteramente a
todos los hijos de Dios la deuda que se les debe”.
Del mismo modo, añade que “en el mundo de los hombres, ocupados en gran número en
los cuidados terrenales y dominados con gran frecuencia por los deseos de la
carne, el precioso don divino de la perfecta continencia por el reino de los
cielos constituye precisamente ‘un signo particular de los bienes celestiales’, anuncia la presencia sobre la
tierra de los últimos tiempos de la salvación con el advenimiento de un mundo
nuevo, y anticipa de alguna manera la consumación del reino, afirmando sus
valores supremos, que un día brillarán en todos los hijos de Dios”.
¿VA
EL CELIBATO CONTRA LA NATURALEZA?
En esta misma encíclica Pablo VI
recalca que “la Iglesia no puede y no debe ignorar
que la elección del celibato, si se la hace con humana y cristiana prudencia y
con responsabilidad, está presidida por la gracia, la cual no destruye la naturaleza,
ni le hace violencia, sino que la eleva y le da capacidad y vigor
sobrenaturales. Dios, que ha creado al hombre y lo ha
redimido, sabe lo que le puede pedir y le da todo lo que es necesario a
fin de que pueda realizar todo lo que su creador y redentor le pide”.
De hecho, ante la entrega total
que supone “el conocimiento leal de las
dificultades reales del celibato es muy útil, más aún, necesario, para que con plena
conciencia se dé cuenta perfecta de lo que su celibato pide para ser auténtico y benéfico”.
Y por tanto, el Papa afirma que “no es justo repetir todavía después de lo que la ciencia
ha demostrado ya, que el celibato es contra la naturaleza, por contrariar a
exigencias físicas, psicológicas y afectivas legítimas, cuya realización sería
necesaria para completar y madurar la personalidad humana: el
hombre, creado a imagen y semejanza de Dios no es solamente carne, ni el
instinto sexual lo es en él todo; el hombre es también, y sobre
todo, inteligencia, voluntad, libertad; gracias a estas facultades es y debe
tenerse como superior al universo; ellas le hacen dominador de los propios
apetitos físicos, psicológicos y afectivos”.
Del mismo modo, considera que “la elección del celibato no implica la
ignorancia o desprecio del instinto sexual y de la afectividad, lo cual traería ciertamente consecuencias dañosas para
el equilibrio físico o psicológico, sino que exige lúcida comprensión, atento
dominio de sí mismo y sabia sublimación de la propia psiquis a un plano
superior. De este modo, el celibato, elevando integralmente al hombre,
contribuye efectivamente a su perfección”.
Y por último recuerda que “el deseo natural y legítimo del hombre de amar a una
mujer y de formarse una familia son, ciertamente, superados en el celibato;
pero no se prueba que el matrimonio y la familia sean la única vía para la
maduración integral de la persona humana. En el corazón del sacerdote no
se ha apagado el amor. La
caridad, bebida en su más puro manantial, ejercitada a imitación de Dios y de
Cristo, no menos que cualquier auténtico amor, es exigente y concreta, ensancha
hasta el infinito el horizonte del sacerdote, hace más profundo amplio su
sentido de responsabilidad -índice de personalidad madura, educa en él, como
expresión de una más alta y vasta paternidad, una plenitud y delicadeza de
sentimientos, que lo enriquecen en medida superabundante”.
¿ABOLIR
EL CELIBATO OBLIGATORIO RESOLVERÍA LA CRISIS DE VOCACIONES AL SACERDOCIO?
Muchos de los que
abogan por imponer en toda la Iglesia Católica el celibato opcional lo justifican
por un motivo: ayudaría a paliar la crisis de vocaciones al sacerdocio que se
vive especialmente en los países de Occidente. El argumento es que la apertura
al sacerdocio de personas casadas, e incluso a las mujeres, llenará este vacío
vocacional, pues atraerá a muchos más candidatos.
Sin embargo, la experiencia
iniciada por otros no avala esta teoría, más bien al contrario. En las
iglesias, como la ortodoxa, y por otro lado la anglicana o la luterana, donde
el celibato es opcional y además en estas últimas se ha permitido la ordenación
de mujeres, no se ha dado un vergel vocacional sino que
experimentan también una fuerte crisis de vocaciones, mucho
peor en muchos casos que en la Iglesia Católica de esos países, donde el
celibato es una norma para los candidatos.
Tal y como han explicado los
distintos papas y numerosos obispos, el principal problema para las
vocaciones no es celibato sino la falta de fe y ahora de jóvenes. En las sociedades actuales hay menos jóvenes
y además hay una gran crisis de fe en estas franjas de edad. De ahí que las
llamadas sean menores. Si hubiera más jóvenes y un renacimiento de la fe
aumentaría el número de vocaciones. La experiencia así lo dice, y en muchos
grupos y sectores de la Iglesia donde esto se da hay numerosas vocaciones.
¿EL
CELIBATO OPCIONAL DISMINUIRÍA LOS CASOS DE ABUSOS SEXUALES EN LA IGLESIA?
Otro de los argumentos que se
utilizan para atacar el celibato sacerdotal es que fomenta los casos de abusos
sexuales en los sacerdotes frente a la imposibilidad de vivir la continencia.
Sin embargo, tanto las estadísticas como la experiencia de otras confesiones
cristianas que no tienen celibato obligatorio desmontan estas teorías.
En una entrevista en Telemundo, el Papa
Francisco recordaba que la principal fuente de abusos sexuales a menores se
produce en ambientes familiares, donde el celibato no
existe. “El 32%, en otros países el 36%, de los
abusos es en la familia, tío, abuelo, y todos casados, o con los vecinos.
Después, en los lugares de sport, después, en las
escuelas...están las estadísticas, son esas. Así que no tiene nada que ver
porque los tíos son casados, la abuelos son casados y a veces son ellos los
primeros violadores”, señalaba el Pontífice desmontando la relación que
se pretende señalar entre celibato y abusos.
Por otro lado, los clérigos
protestantes, mormones, adventistas, judíos o los líderes de los Testigos de
Jehová, clérigos que pueden y suelen estar casados, tienen
tasas de abuso de menores similares o superiores a las del clero católico. Por
tanto, el celibato no tiene relación.
Un ejemplo muy llamativo es lo
ocurrido en Australia y que en su momento recogió ReL en 2017. Estaba
relacionado con Uniting Church (www.uca.org.au), una iglesia protestante
australiana que nació en 1977 de la suma de presbiterianos, metodistas y
congregacionales. Sin obispos, sin seminarios, con clero casado, con laicos
votando a sus pastores... contaban entonces con 240.000 miembros y 2.500
congregaciones. Los datos que pasaron a una comisión de investigación
aquel año reconocían 2.504 acusaciones de abusos sexuales en sus cuatro décadas
de historia. Si aplicase esa tabla con la proporción de población en 2011,
daría que esta iglesia de celibato opcional y poco clerical, sin órdenes
religiosas pero con ministras de culto, tenía 3 veces
más abusos, en proporción, que la católica.
-¿EN
LA IGLESIA ORIENTAL LOS SACERDOTES SE PUEDEN CASAR?
En la Iglesia católica oriental
existen sacerdotes casados, pero hay un error muy común. Allí los sacerdotes no pueden casarse, sino que un casado puede ser
ordenado sacerdote. Una vez ordenado, un sacerdote célibe no podría contraer
matrimonio. Y por otro lado, sólo los sacerdotes célibes pueden ser ordenados
obispos en la Iglesia católica oriental, por lo que un sacerdote casado nunca
podrá ser obispo. Esto “deja entender que también
aquellas venerables Iglesias poseen en cierta medida el principio del
sacerdocio celibatario y el de una cierta conveniencia entre el celibato y el
sacerdocio cristiano, del cual los obispos poseen el ápice y la plenitud”,
señalaba Pablo VI.
El sacerdocio de los casados fue
la norma en la Iglesia primitiva, aunque también hubo hombres que eligieron la
vida célibe. A partir del siglo IV comenzó en Occidente
un movimiento para alentar a los sacerdotes casados a vivir en continencia, absteniéndose
de las relaciones conyugales. Este movimiento nunca arraigó en Oriente.
Durante la crisis arriana, en la
que muchos obispos y sacerdotes abrazaron la herejía que negaba la divinidad de
Cristo, la Iglesia fue salvada por los monjes. Los monjes célibes preservaron
la recta doctrina y la Iglesia fue extremadamente agradecida con ellos. Por lo
que, en Occidente, muchos concilios locales
comenzaron a legislar acerca del celibato clerical, exaltando la vocación monástica como un
ideal para todos los sacerdotes. En aquellos tiempos, obispos como san Agustín,
exigieron que los sacerdotes vivieran en comunidad con sus ordinarios.
En Oriente, la tradición del clero casado siempre tuvo alta estima, aunque hubo
algunas facciones favorables al celibato. La cuestión se presentó
pronto en el Concilio de Nicea, pero se decidió no establecer el celibato
obligatorio para toda la Iglesia de Oriente y Occidente. El primer sínodo
oriental que abordó la cuestión fue el Concilio de Trullo, el cual comenzó y
terminó en el siglo séptimo. Se decidió que los obispos deberían ser célibes,
pero que los hombres casados podrían seguir recibiendo el diaconado y el
presbiterado. Esta ha sido la norma para las Iglesias de Oriente desde
entonces.
El Concilio Vaticano II en Orientalium
Ecclesiarum establece: “La historia, las
tradiciones y muchísimas instituciones eclesiásticas atestiguan de modo
preclaro cuán beneméritas son de la Iglesia universal las Iglesias orientales. Por lo que el santo Sínodo no sólo mantiene este
patrimonio eclesiástico y espiritual en su debida y justa estima, sino que
también lo considera firmemente como patrimonio de la Iglesia universal de
Cristo. Por ello, solemnemente declara que las Iglesias de Oriente, como las de
Occidente, gozan del derecho y deber de regirse según sus respectivas
disciplinas peculiares, como lo exijan su venerable antigüedad, sean más
congruentes con las costumbres de sus fieles y resulten más adecuadas para
procurar el bien de las almas”.
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