Ven cosas buenas y malas en el proyecto de nueva Constitución
Durante esta
semana los obispos chilenos estudiaron la propuesta constitucional a la luz de
la Doctrina Social de la Iglesia, en el contexto del plebiscito que se
realizará el próximo 4 de septiembre, y al finalizar esta reunión, dieron a
conocer un documento especialmente dedicado a la participación en el próximo
referendum constitucional. Los obispos no han pedido explícitamente el «No» a un texto que,
entre otras cosas, consagraría el aborto y la eutanasia como derecho
constitucional.
(Iglesia.cl/Infocatólica) Los obispos empiezan el
documento recordando que «el próximo 4 de
septiembre de 2022, estamos llamados a aprobar o rechazar el proyecto de una
nueva Constitución Política para Chile». Y constatan que «el debate público de estas últimas semanas nos muestra
que el texto propuesto no ha concitado una aceptación amplia y transversal. Nos
enfrentamos, entonces, a una elección entre dos posiciones fuertemente tensionadas
entre sí, lo que hace compleja la decisión de cada ciudadano».
Los obispos señalaron en el texto, que la Constitución «es
una propuesta que nos hace situarnos ante nuestro futuro, con el desafío de
discernir si el texto ofrecido nos dota o no de un marco social y jurídico
adecuado, para edificar la paz, la solidaridad y la justicia en nuestra patria,
asegurando el funcionamiento institucional que lo haga posible y permita
encauzar las demandas de la ciudadanía, especialmente de los más vulnerables».
Enfatizan, además, que es
necesario un discernimiento informado y un voto en conciencia, poniendo siempre
por delante el bien común del país, por consiguiente, llamamos a cumplir con el
deber cívico de ir a votar.
Junto con lo anterior, señalan
que, el nuevo texto constitucional «requiere un razonamiento pausado y bien
informado, que permita hacer una adecuada valoración ética. Es decir, discernir
en conciencia si se respeta y promueve la dignidad del ser humano, se
contribuye a la realización del bien común y se aplican los otros valores de la
enseñanza social que fomentan un orden justo».
PONEN EN LA BALANZA
LAS COSAS POSITIVAS Y LAS NEGATIVAS
En relación al contenido la
propuesta sobre la que deberán escoger todos los chilenos el próximo 4 de
septiembre, indican: «apreciamos el
texto constitucional en su
propuesta sobre los derechos sociales, el medioambiente y el reconocimiento de
los pueblos originarios. Y hacemos una valoración negativa
de las normas que permiten la interrupción del embarazo, las que dejan abierta
la posibilidad de la eutanasia, las que desfiguran la comprensión de la
familia, las que restringen la libertad de los padres sobre la enseñanza de sus
hijos, y las que plantean algunas limitaciones en el derecho a la educación y a
la libertad religiosa. Consideramos de especial gravedad la introducción del
aborto, que el texto de propuesta constitucional denomina «derecho a la interrupción
voluntaria del embarazo», cada uno de estos puntos son desarrollados
brevemente, con elementos para el discernimiento, en el texto completo.
Al finalizar este texto
orientador, los obispos de Chile realizan un espacial llamado a «cada ciudadano y ciudadana se comprometa personalmente
con el bien común y la justicia, y busque ser artífice de paz en los diversos
ambientes en que convive con los demás», sobre todo teniendo en cuenta
que, «como lo han expresado diversas voces, todo
indica que el debate constitucional continuará en el país después del 4 de
septiembre, independiente de la opción que triunfe en el plebiscito. Es
importante que sea un debate no solo por un texto y las mejores normas, sino
por cómo seguimos buscando un desarrollo cada vez más humano e integral para
todos, pues «el bien, como también el amor, la justicia y la solidaridad, no se
alcanzan de una vez para siempre; han de ser conquistados cada día». Por consiguiente, invitamos a que nadie se reste de
colaborar en la construcción de un proyecto común».
LA ÚNICA OPCIÓN
CATÓLICA ES VOTAR NO
La realidad es que un católico
no puede contribuir de ninguna de las maneras, y menos con su voto, con un
texto legal que consagre el aborto. Así lo indica la encíclica Evangelium vitae:
73... En el caso pues de una ley intrínsecamente injusta, como es la que admite el aborto o la
eutanasia, nunca es lícito
someterse a ella, «ni participar en una campaña de
opinión a favor de una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto».
Tampoco puede apoyar con su
voto que el reconocimiento legal de las uniones homosexuales se convierta en un
derecho constitucional, tal como indicó la Congregación para la Doctrina de la Fe
en el año 2003:
«En el caso de
que en una Asamblea legislativa se proponga por primera vez un proyecto de ley
a favor de la legalización de las uniones homosexuales, el parlamentario
católico tiene el deber moral de expresar clara y públicamente su desacuerdo y
votar contra el proyecto de ley. Conceder el sufragio del propio voto a un
texto legislativo tan nocivo del bien común de la sociedad es un acto
gravemente inmoral».
Y por último, en la
exhortación apostólica Sacramentum caritatis,
Benedicto XVI advierte que hay principios no negociables que los católicos que
ejercen la política -y eso se hace al votar una Constitución- no pueden poner a
la misma altura que el resto de valores:
83. el culto agradable a Dios
nunca es un acto meramente privado, sin consecuencias en nuestras relaciones
sociales: al contrario, exige el testimonio público
de la propia fe. Obviamente, esto vale para todos los bautizados, pero
tiene una importancia particular para quienes, por la posición social o
política que ocupan, han de tomar decisiones sobre valores
fundamentales, como el respeto y la defensa de la vida humana, desde su
concepción hasta su fin natural, la familia fundada en el matrimonio entre
hombre y mujer, la libertad de educación de los hijos y la promoción del bien
común en todas sus formas. Estos valores no son negociables. Así pues, los políticos y los legisladores
católicos, conscientes de su grave responsabilidad social, deben sentirse
particularmente interpelados por su conciencia, rectamente formada, para
presentar y apoyar leyes inspiradas en los valores fundados en la naturaleza
humana- Esto tiene además una relación objetiva con la Eucaristía (cf. 1 Co
11,27-29).
Texto completo del comunicado de los obispos
chilenos
LOS OBISPOS DE CHILE FRENTE A LA PROPUESTA
CONSTITUCIONAL
Elementos para el discernimiento
Fecha: Viernes 22 de Julio de 2022
Referencia: Nº 91/2022
Pais: Chile
Ciudad: Santiago
DISCERNIMIENTO INFORMADO Y VOTO EN CONCIENCIA
1. El próximo 4 de septiembre de 2022, estamos
llamados a aprobar o rechazar el proyecto de una nueva Constitución Política
para Chile. Es una propuesta inserta en un proceso histórico que hemos vivido
como país en los últimos años, donde destaca, entre otros aspectos, la crisis
de octubre de 2019 y la voluntad expresada por la ciudadanía de contar con un
nuevo texto constitucional. Pero, sobre todo, es una propuesta que nos hace
situarnos ante nuestro futuro, con el desafío de discernir si el texto ofrecido
nos dota o no de un marco social y jurídico adecuado, para edificar la paz, la
solidaridad y la justicia en nuestra patria, asegurando el funcionamiento
institucional que lo haga posible y permita encauzar las demandas de la
ciudadanía, especialmente de los más vulnerables.
2. El debate público de estas últimas semanas
nos muestra que el texto propuesto no ha concitado una aceptación amplia y
transversal. Nos enfrentamos, entonces, a una elección entre dos posiciones
fuertemente tensionadas entre sí, lo que hace compleja la decisión de cada
ciudadano. Pero, por lo mismo, es necesario un discernimiento informado y un
voto en conciencia, poniendo siempre por delante el bien común del país: “La conciencia es el núcleo más secreto y el sagrario del
hombre, en el que éste se siente a solas con Dios, cuya voz resuena en el
recinto más íntimo de aquélla”1. Por consiguiente, llamamos a cumplir
con el deber cívico de ir a votar.
3. Los obispos, preocupados por la vida y el
desarrollo de nuestro pueblo, ofrecemos nuestras orientaciones para iluminar
desde la Palabra de Dios la conciencia de todos, especialmente de quienes
profesan la fe cristiana. No proponemos soluciones técnicas, que tienen que ser
discutidas por la sociedad en su conjunto; nuestro deseo es siempre unir a la
familia humana en la búsqueda de un desarrollo sostenible e integral. Lo
hacemos desde la Doctrina Social de la Iglesia, que se funda sobre principios y
valores esenciales para establecer un orden social justo. El primero de esos
principios es la dignidad de la persona humana, seguido de otros como el bien
común, la subsidiariedad y la solidaridad, además de otros principios
derivados, y de valores como la verdad, la libertad, la justicia, la paz y la
caridad. Todos ellos, debidamente articulados, con su contenido específico,
orientan desde la fe y la razón la construcción de la sociedad humana.
VALORACIÓN ÉTICO-SOCIAL DE LA
PROPUESTA CONSTITUCIONAL
4. Analizados desde la enseñanza social de la
Iglesia los contenidos estructurales de la propuesta de nueva Constitución,
podemos afirmar que no todas las materias tienen la misma densidad ética, por
lo que una valoración moral sobre ellas requiere necesarias distinciones.
5. Gran parte de las propuestas acerca de cómo
organizar la “casa común” entran en lo que
es opinable, ante las cuales es legítima una pluralidad de opciones. Nos
referimos a temas como el sistema político y los poderes del Estado, el Estado
regional y la organización territorial, así como la estructuración de diversos
órganos constitucionales. Que sean opinables no significa que no sean
importantes. Al contrario, en ellos se juega la configuración concreta del modo
de organizarnos como país. Por eso, es una obligación de cada uno formar sus
convicciones mediante un adecuado discernimiento, leyendo el texto y escuchando
voces autorizadas en las materias, para juzgar así la pertinencia, viabilidad y
oportunidad de lo propuesto, en vistas de una mejor consecución del bien común.
6. Otros contenidos tienen una especial
radicalidad antropológica, en cuanto implican aspectos esenciales de la persona
humana y tienen consecuencias sociales de gran impacto y complejidad. Por eso
se requiere ante ellos un razonamiento pausado y bien informado, que permita
hacer una adecuada valoración ética. Es decir, discernir en conciencia si se
respeta y promueve la dignidad del ser humano, se contribuye a la realización
del bien común y se aplican los otros valores de la enseñanza social que
fomentan un orden justo.
7. En este sentido, apreciamos el texto constitucional
en su propuesta sobre los derechos sociales, el medioambiente y el
reconocimiento de los pueblos originarios. Y hacemos una valoración negativa de
las normas que permiten la interrupción del embarazo, las que dejan abierta la
posibilidad de la eutanasia, las que desfiguran la comprensión de la familia,
las que restringen la libertad de los padres sobre la enseñanza de sus hijos, y
las que plantean algunas limitaciones en el derecho a la educación y a la
libertad religiosa. Consideramos de especial gravedad la introducción del
aborto, que el texto de propuesta constitucional denomina “derecho a la interrupción voluntaria del embarazo”.
8. En los puntos siguientes, desarrollamos
brevemente estos temas esenciales, con la finalidad de contribuir al
discernimiento.
VALOR DE LA VIDA HUMANA,
INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO Y MUERTE DIGNA
9. La propuesta constitucional sostiene que “toda persona es titular de derechos sexuales y
reproductivos” (art. 61), lo que incluye el derecho a decidir sobre el
propio cuerpo y la garantía del Estado para asegurar a “todas
las mujeres y personas con capacidad de gestar”, entre otras cosas, “una interrupción voluntaria del embarazo”.
10. Esta disposición, evidentemente, introduce
el aborto, y lo hace en el nivel normativo más alto, el constitucional. Además,
el artículo establece que el Estado garantiza el ejercicio de este derecho,
libre “de interferencias por parte de terceros, ya
sean individuos o instituciones”, con lo cual no solo excluye la
participación del padre en esta decisión, sino también el ejercicio de la
objeción de conciencia personal e institucional, derecho esencial en estas
materias morales donde se juegan principios tan fundamentales, que afectan
directamente las concepciones éticas, religiosas y morales de muchas personas.
11. Esta norma es la disposición de mayor
gravedad moral contenida en el proyecto constitucional. Aun entendiendo que
hay, a veces, situaciones complejas en las que se engendra una nueva vida, no
hay que olvidar que el embrión es un ser humano al que se le debe reconocer los
derechos inalienables de la persona, y “no es
progresista pretender resolver los problemas eliminando una vida humana”2.
Como señala el profeta Jeremías: “El Señor me
dirigió la palabra: Antes de formarte en el vientre, te conocía, y antes de
salir del seno materno te consagré profeta de las naciones”3. Incluso si
hubiera un derecho a decidir sobre el propio cuerpo, esto no puede justificar
una interrupción voluntaria del embarazo, porque la creatura concebida en el
vientre es otro ser humano, con un código genético distinto e individual. El
embrión no pertenece a la mujer como si fuera un órgano más.
12. Llama la atención que la propuesta
constitucional reconozca derechos a la naturaleza y exprese preocupación por
los animales como seres sintientes, pero no reconozca ninguna dignidad ni
ningún derecho a un ser humano en el vientre materno. Y esto da a la propuesta
una impronta deshumanizante, porque deja indefensos a los seres humanos más
frágiles y propone como solución a un problema real un acto violento.
13. La enseñanza de la Iglesia en este tema es
clara y constante, y especialmente el católico debe considerarla en su
discernimiento. El Concilio Vaticano II enseña que “Dios,
Señor de la vida, ha confiado a los hombres la insigne misión de conservar la
vida, misión que ha de llevarse a cabo de modo digno del hombre. Por tanto, la
vida desde su concepción ha de ser salvaguardada con el máximo cuidado; el
aborto y el infanticidio son crímenes abominables”4. Y San Juan Pablo II
en la Encíclica Evangelium vitae expone: “El aborto
y la eutanasia son crímenes que ninguna ley humana puede pretender legitimar.
Leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que,
por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas
mediante la objeción de conciencia. (…) En el caso pues de una ley
intrínsecamente injusta, como es la que admite el aborto o la eutanasia, nunca
es lícito someterse a ella, ni participar en una campaña de opinión a favor de
una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto”5.
14. Además del aborto, es motivo de preocupación
la norma constitucional que asegura a toda persona el derecho a una muerte
digna (art. 68). Bajo este concepto, se introduce en nuestra cultura la
eutanasia, que es una acción u omisión con el fin de causar directamente la
muerte, y así eliminar el dolor. Es valorable que el texto constitucional
garantice el acceso a los cuidados paliativos a enfermos graves y crónicos
(art. 68, 3), porque es un camino indispensable para acompañar a hermanos
nuestros especialmente vulnerables, pero la “muerte
digna” es otra cosa y es un derecho ambiguo, porque pretende solucionar
un problema acabando deliberadamente con una vida humana. Aquí está su carácter
deshumanizante, porque fomenta la cultura del descarte y puede hacer todavía
más frágil la vida de personas ya muy débiles por la enfermedad.
DERECHOS SOCIALES,
MEDIOAMBIENTE, ROL DEL ESTADO Y SUBSIDIARIEDAD
15. Es esperanzador el compromiso de garantizar
una amplia gama de derechos fundamentales, humanos y sociales, como la
educación, el trabajo, la vivienda digna, la propiedad, la salud y el bienestar
integral, la igualdad y no discriminación, la seguridad (pública, social,
alimentaria e informática), entre otros. Destacan, de manera especial, los
derechos de los adultos mayores, de personas con discapacidad y de personas
privadas de libertad. También es valorable la preocupación por la protección
del medioambiente y la naturaleza, tema especialmente sensible en el magisterio
del Papa Francisco: “Ya no puede hablarse de
desarrollo sostenible sin una solidaridad intergeneracional. Cuando pensamos en
la situación en que se deja el planeta a las generaciones futuras, entramos en
otra lógica, la del don gratuito que recibimos y comunicamos”6. Aunque
sean enunciados a los que falta mucho camino por recorrer, buena parte de estos
derechos manifiestan un compromiso por el bien común, especialmente con los que
más sufren.
16. Desde esta perspectiva, un elemento
importante al discernir sobre los derechos sociales, es situarlos al interior
de un sueño compartido de fraternidad, y no desde una mirada individualista.
Muchas veces hay una tendencia a una reivindicación siempre más amplia de
derechos individuales, pero que esconde una concepción de la persona humana
desligada de todo contexto social y antropológico. Nos dice el Papa Francisco
que “si el derecho de cada uno no está
armónicamente ordenado al bien más grande, termina por concebirse sin
limitaciones y, consecuentemente, se transforma en fuente de conflictos y de
violencia”7. Se trata de buscar, entonces, el bien nuestro junto al bien
de todos.
17. Por otra parte, es importante hacer dialogar
al Estado social de derechos con el principio de subsidiariedad, que es mucho
más amplio que los derechos a la libertad económica. El Estado debe tener un
papel activo en la consecución del bien común y en la protección de los más
frágiles (Estado social), pero ha de integrar, respetar y ayudar a sostener la acción
colaborativa de múltiples iniciativas privadas que tienen objetivos sociales en
muy diversos campos. El Catecismo de la Iglesia Católica dice: “Una intervención demasiado fuerte del Estado puede
amenazar la libertad y la iniciativa personales. La doctrina de la Iglesia ha
elaborado el principio llamado de subsidiariedad. Según éste, una estructura
social de orden superior no debe interferir en la vida interna de un grupo
social de orden inferior, privándole de sus competencias, sino que más bien
debe sostenerle en caso de necesidad y ayudarle a coordinar su acción con la de
los demás componentes sociales, con miras al bien común” (N° 1883).
Parece importante discernir si en la propuesta constitucional este criterio
está bien resguardado o hay un exceso de Estado, en desmedro de la autonomía de
las personas y grupos sociales para conseguir el bien común.
PLURINACIONALIDAD Y PUEBLOS
INDÍGENAS
18. La propuesta constitucional sostiene que
Chile “es plurinacional, intercultural” (art.
1,1) y “reconoce la coexistencia de diversos
pueblos y naciones en el marco de la unidad del Estado” (art. 5,1),
señalando que el Estado debe respetar, promover, proteger y garantizar diversos
derechos de esos pueblos. Numerosos artículos del proyecto expresan ámbitos en
que deben ejercitarse y normarse esos derechos.
19. Desde la enseñanza social de la Iglesia, es
un valor el reconocimiento de los derechos de estos pueblos. Tantas veces sus
aspiraciones, sus vidas y sus culturas, no han sido considerados por muchos
chilenos; y, aunque ha crecido en las últimas décadas una nueva sensibilidad
hacia ellos, arrastramos una injusticia histórica que los ha menoscabado. Por
eso, es importante un cambio real, que se traduzca en políticas y prácticas que
expresen un nuevo trato y una integración verdadera al país y a su desarrollo.
20. Un criterio de discernimiento, sin embargo,
es apreciar si la integración e interdependencia entre estos pueblos y el país
en su conjunto está bien lograda en el texto constitucional, si es pertinente reconocer
naciones indígenas con autogobierno y autodeterminación en ámbitos sensibles,
que podrán participar “si así lo desean en la vida
política, económica, social y cultural del Estado” (art. 34). Con esta
lógica, es posible pensar en un conjunto de naciones dentro de Chile, las
cuales podrían determinar su relación con el resto del país de modo autónomo y,
a la vez, consagrado en la Constitución. Para la Iglesia, es posible “desarrollar relaciones interculturales donde la
diversidad no significa amenaza, no justifica jerarquías de poder de unos sobre
otros, sino diálogo desde visiones culturales diferentes”8. Para el Papa, “la
propia identidad cultural se arraiga y se enriquece en el diálogo con los
diferentes y la auténtica preservación no es un aislamiento empobrecedor”9.
FAMILIA, EDUCACIÓN DE LOS
HIJOS E IDEOLOGÍA DE GÉNERO
21. La familia es un valor esencial no solo para
la Iglesia, sino para toda la sociedad. Por eso, el Estado debe protegerla y
auxiliarla para que pueda asumir sus responsabilidades, pero no debe sustraerla
de las tareas que puede desempeñar sola o libremente asociada con otras
familias.
22. La propuesta constitucional asume este deber
del Estado, pero amplía el concepto de familia al hablar de “familias en sus diversas formas, expresiones y modos de
vida, sin restringirlas a vínculos exclusivamente filiativos y consanguíneos” (art.
10). Manifiesta, de esta manera, un afán inclusivo que termina por desfigurar
la naturaleza de la familia. ¿Qué significa, en
definitiva, ir más allá de los vínculos exclusivamente filiativos y
consanguíneos? ¿Hasta dónde puede llegar esta ampliación? Estamos ante
una acepción neutra y desfigurada de familia, que la deja como un modo de
organización al mismo nivel que una asociación, perdiendo efectividad
finalmente la protección que el Estado debe dar, pues cualquier grupo de
personas podría ser considerado una familia.
23. Una de las responsabilidades esenciales de
la familia es la educación de los hijos, un derecho y un deber insustituible e
inalienable, que no puede ser totalmente delegado o usurpado por otros. La
propuesta constitucional sostiene el deber del Estado respecto de la educación,
pero no es del todo clara en expresar un derecho preferente y directo de los
padres de educar a sus hijos; solo expresa “la
libertad de madres, padres, apoderadas, apoderados y tutores legales a elegir
el tipo de educación de las personas a su cargo” (art. 41, 2).
24. Cuando se aborda la educación en la
afectividad y sexualidad, el texto constitucional expresa el derecho de toda
persona “a recibir una educación sexual integral,
que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad; la responsabilidad
sexoafectiva” (art. 40). En ningún momento se establece la
responsabilidad de los padres y la importancia de incorporar su participación
en la educación en la afectividad de sus hijos. Se deja solo en manos de la
autoridad la determinación de los planes y programas, restringiendo el Estado
un derecho innato de los progenitores en la educación de sus hijos.
25. Preocupa también, en este campo, la fuerte
presencia de la ideología de género en el texto, pues da la impresión de que
busca imponerse como un pensamiento único en la cultura y el sistema educativo,
lo que daña el principio de libertad de enseñanza de los padres respecto de sus
hijos10.
DESIGUAL TRATO CONSTITUCIONAL
A LA EDUCACIÓN PARTICULAR SUBVENCIONADA
26. La propuesta constitucional tiene la
preocupación por promover una educación de calidad y accesible para todos. Para
ello, crea un Sistema Nacional de Educación, donde están incorporados tanto
establecimientos estatales como aquellos reconocidos por el Estado. Sin
embargo, luego establece un “Sistema de Educación
Pública, de carácter laico y gratuito, compuesto por establecimientos e
instituciones estatales”, que se señala como el “eje
estratégico” del Sistema Nacional, obligándose el Estado a ampliarlo,
fortalecerlo y financiarlo de manera directa con aportes basales.
27. Nos parece muy bien fortalecer la educación pública, pero hay un silencio
manifiesto en el proyecto de texto constitucional respecto de la educación
particular subvencionada, que también tiene una función pública evidente. Si en
el sistema particular subvencionado estudia más del 55% de los estudiantes
chilenos, con un altísimo porcentaje de estudiantes vulnerables, ¿por qué no se consagra el derecho constitucional a esas
otras propuestas de iniciativa particular, subvencionadas con fondos públicos
de Educación, bajo la supervisión del Estado, para garantizar la libertad de
enseñanza que se declara en el art. 41,1? El Estado tiene deberes de
rango constitucional no sólo con los estudiantes de sistema público, sino con
todos los estudiantes del país, por lo que debería consagrar igualmente el
apoyo y fortalecimiento de establecimientos educacionales no estatales, sujetos
a la supervigilancia de la autoridad.
28. Por otra parte, la propuesta no establece
expresamente el derecho de los padres a crear y sostener establecimientos
educacionales de diverso tipo, ni la obligación de proveer los recursos
económicos pertinentes. Sí lo hace respecto de los pueblos originarios, al
reconocerles autonomía “para desarrollar sus
propios establecimientos e instituciones de conformidad con sus costumbres y
cultura” (art. 36, 5). Cabe preguntarse, por qué se explicita este
reconocimiento solo a los pueblos originarios y no a otras instancias
colectivas con sus propias cosmovisiones.
LIBERTAD RELIGIOSA
29. La libertad religiosa no es un valor solo
para las confesiones religiosas, sino un derecho fundamental, inscrito en la
naturaleza humana que no debe ser ni obstaculizado ni coaccionado en su
ejercicio. La propuesta constitucional reconoce este derecho en su art. 9, y el
art. 67 señala que “el Estado reconoce la
espiritualidad como un elemento esencial del ser humano”.
30. La propuesta plantea, sin embargo, que el
ejercicio de este derecho debe hacerse “de
conformidad con la ley, respetando los derechos, deberes y principios que esta
Constitución establece” (art. 67,4), lo que en principio parece lógico.
El problema es que el proyecto, entre otros aspectos, sostiene el derecho al
aborto, asume una orientación cuestionable de la educación sexual donde los
padres participan de una forma muy insuficiente, y promueve una teoría radical
de género; todos aspectos incompatibles con la fe cristiana. Al quedar sujetos
a lo que establece la propuesta de Constitución, se pone en riesgo la libertad
religiosa, lo que se agrava si consideramos que la propuesta no da un rango
constitucional a la objeción de conciencia. Habría personas o instituciones
que, por lo tanto, podrían ser forzadas a asumir prácticas o transmitir valores
contradictorios con su fe.
31. Asimismo, la regulación que el proyecto
establece no reconoce algunos elementos esenciales, como la autonomía interna
de las confesiones, el reconocimiento de sus propias normas y la capacidad de
éstas de celebrar acuerdos que aseguren su plena libertad en la atención de los
miembros de las mismas, especialmente en situaciones de vulnerabilidad
(hospitales, lugares de cumplimiento de penas, hogares de menores, etc.). Por
último, nos parece que el sistema establecido para dar reconocimiento jurídico
a las confesiones, deja en manos de órganos administrativos su existencia o
supresión, lo cual puede poner en peligro. el pleno ejercicio de la libertad
religiosa.
UN LLAMADO FINAL
32. Como lo han expresado diversas voces, todo
indica que el debate constitucional continuará en el país después del 4 de
septiembre, independiente de la opción que triunfe en el plebiscito. Es importante
que sea un debate no solo por un texto y las mejores normas, sino por cómo
seguimos buscando un desarrollo cada vez más humano e integral para todos, pues
“el bien, como también el amor, la justicia y la
solidaridad, no se alcanzan de una vez para siempre; han de ser conquistados
cada día”11. Por consiguiente, invitamos a que nadie se reste de
colaborar en la construcción de un proyecto común.
33. Para avanzar en esta dirección, en medio de
tantas realidades complejas que atraviesa la humanidad, es esencial crecer en
diálogo y amistad social, forjando una cultura del encuentro que esté animada
por un sueño de fraternidad común. No puede ser que creamos, cualquier persona
o sector, que la verdad está solo de nuestra parte, o que solo nosotros estamos
en el lado correcto de la historia. La democracia, sus diversas instituciones y
organizaciones políticas y sociales, será siempre el mejor camino para abordar
nuestras legítimas diferencias, pero hemos de esforzarnos todavía más para que
sea una democracia animada por dinamismos de encuentro y diálogo, y
fundamentada en el sagrado respeto por la dignidad humana. Asimismo tenemos que
recuperar nuestra memoria histórica con sus luces y sus sombras, aciertos y
errores, para proyectarnos a un futuro en que todos encuentren cabida en la
casa común.
34. También nos parece esencial que cada
ciudadano y ciudadana se comprometa personalmente con el bien común y la
justicia, y busque ser artífice de paz en los diversos ambientes en que convive
con los demás. Porque ningún texto constitucional podrá reemplazar la
conversión del corazón humano y de nuestras relaciones, como actitudes
fundamentales para edificar un mejor país.
35. A nuestro Señor Jesucristo, que nos enseña a
reconocernos como hermanos e hijos del mismo Padre, le confiamos los caminos de
nuestra patria. Nos ponemos humildemente bajo la protección de la Virgen del
Carmen, Reina y Madre de Chile, y pedimos a todos orar para que nuestra nación
se encamine siempre por las vías de la paz y la concordia.
Padre Hurtado, 22 de julio de 2022.
+ Moisés Atisha Contreras
Obispo de Arica
+ Isauro Covilli Linfati
Obispo Iquique
+ Oscar Blanco Martínez
Obispo de Calama
+ Ignacio Ducasse Medina
Arzobispo de Antofagasta
+ Ricardo Morales Galindo
Obispo de Copiapó
+ René Rebolledo Salinas
Arzobispo de La Serena
Pbro. Luis Lazo Díaz
Adm. Diocesano de Illapel
+ Gonzalo Bravo Álvarez
Obispo de San Felipe
+ Jorge Vega Velasco
Obispo de Valparaíso
+ Card. Celestino Aós Braco
Arzobispo de Santiago
+ Alberto Lorenzelli Rossi
Obispo Auxiliar de Santiago
+ Julio Larrondo Yáñez
Obispo Auxiliar de Santiago
+ Carlos Godoy Labraña
Obispo Auxiliar de Santiago
+ Cristián Castro Toovey
Obispo Auxiliar de Santiago
+ Alvaro Chordi Miranda
Electo Obispo Auxiliar de Santiago
+ Juan I. González Errázuriz
Obispo de San Bernardo
+ Cristián Contreras Villarroel
Obispo de Melipilla
+ Guillermo Vera Soto
Obispo de Rancagua
+ Galo Fernández Villaseca
Obispo de Talca
+ Tomislav Koljatic Maroevic
Obispo de Linares
+ Sergio Pérez de Arce Arriagada
Obispo de Chillán
+ Fernando Chomali Garib
Arzobispo de Concepción
+ Bernardo Álvarez Tapia
Obispo Auxiliar de Concepción
+ Oscar García Barreto
Obispo Auxiliar de Concepción
+ Felipe Bacarreza Rodríguez
Obispo de Santa María de los Ángeles
Pbro. Juan Basly Erices
Adm. Diocesano de Temuco
+ Francisco J. Stegmeier Shimidlin
Obispo de Villarrica
+ Santiago Silva Retamales
Obispo de Valdivia
+ Jorge Concha Cayuqueo
Obispo de Osorno
+ Fernando Ramos Pérez
Arzobispo de Puerto Montt
+ Juan María Agurto Muñoz
Obispo de Ancud
+ Luis Infanti della Mora
Obispo Vicario Apostólico de Aysén
+ Bernardo Bastres Florence
Adm. Apostólico de Punta Arenas
+ Pedro Ossandón Buljevic
Obispo Castrense de Chile
NOTAS:
1 CONCILIO ECUMÉNICO
VATICANO II, Constitución Conciliar Gaudium et spes, 16.
2 FRANCISCO, Carta
Encíclica Evangelii gaudium, 214.
3 JER 1,4-5.
4 Gaudium et spes,
51.
5 SAN JUAN PABLO II,
Carta Encíclica Evangelium vitae, 73.
6 FRANCISCO,
Carta Encíclica Laudato si’, 159.
7 FRANCISCO, Carta
Encíclica Fratelli Tutti, 111.
8 FRANCISCO,
Exhortación apostólica postsinodal Querida Amazonia, 38.
9 Querida Amazonia,
37.
10 Cf. FRANCISCO,
Exhortación apostólica Amoris Laetitia, 56.
11 FRANCISCO, Fratelli Tutti, 11.
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