La Corte de Apelaciones de Santiago de Chile confirmó la sanción al canal de televisión La Red, por ofender al Papa Francisco y a los católicos durante la emisión de un programa protagonizado por un travesti.
La sanción se refiere al programa “Las
Gansas” emitido el 21 de agosto de 2021 por La Red y en el cual Anastasia
María Benavente, que en su cuenta de Instagram se califica como travesti,
ofendió al Papa Francisco
y a los católicos.
“Vestida con un conjunto negro y remaches de metal,
presentando su performance como dedicada al ‘Papa y a les Constituyentes, para
que por fin en este país Iglesia y Estado sean asuntos separados’”, describe la sentencia con fecha 21 de enero de 2022.
ADVERTENCIA: EL
SIGUIENTE TEXTO PUEDE HERIR LA SENSIBILIDAD DEL LECTOR
Luego, se ve a “un hombre arrodillado en el
escenario, vistiendo un tipo de sunga” y Anastasia, comienza a bailar y
cantar:
“Me cago en tu santidad, también en tu autoridad,
me cago en tu gorra papal. A quemar, a quemar, a quemar, a quemar, a quemar y a
quemar. Si estás en la Constituyente, no te olvides de las disidentes o me cago
en tu autoridad. O mejor quema al paco y a su general. A quemar, a quemar, a
quemar, a quemar, a quemar y a quemar. Me cago en tu santidad, también en tu
autoridad. Me cago en tu gorra papal. A quemar, a quemar, a quemar, a quemar, a
quemar y a quemar. Prendamos fuego, fuego, fuego, fuego, fuego, fuego, fuego,
fuego”.
Durante el espectáculo ambos realizan movimientos obscenos. Al finalizar
la música, el hombre saca de las nalgas del travesti un objeto con las
características de un rosario.
Tras recibir la denuncia de 681 personas y analizar el caso, el Consejo
Nacional de Televisión (CNTV) impuso el 18 de octubre de 2021 al canal La Red
una multa de 80 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), unos 5.270 dólares. La
televisora apeló la sanción, pero esta fue ratificada por la Corte de
Apelaciones.
Durante la investigación del caso, el programa “Las
Gansas” dedicado a la comunidad homosexual, emitió una serie de presentaciones audiovisuales
para conmemorar el aniversario de muerte de una persona conocida como “Hija de Perra”, para lo cual utilizó “el travestismo y la performatividad como una forma de
expresión artística de las minorías y disidencias sexuales y contraculturales”.
“En el curso de una de ellas se detectaron una
serie de elementos que son contrarios al respeto debido por la diversidad de
creencias religiosas”, configurando así “un ejercicio abusivo de la libertad de expresión que
afectó bienes y valores tutelados” por la ley 18.838, “por la vía de un ejercicio discriminatorio y atentatorio
contra la igualdad ante la ley y la dignidad de quienes profesan la fe
católica, lo que amaga la libertad de culto o religiosa consagrada en el
artículo 19 N°6 de la Constitución, y en diversos tratados internacionales que
consagran el principio de no discriminación especialmente por motivos
religiosos, como la Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, precisó el texto.
Si bien, la decisión “no desconoce en
ningunas de sus motivaciones la libertad de expresión” del canal de
televisión, “en orden a transmitir informaciones o
de creación y difusión artística”, “lo cuestionado fue el trato ofensivo del
contexto general de esa manifestación artística contra una gran parte de la
población que profesa esa fe”.
POR GISELLE VARGAS | ACI Prensa
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