La Santa Sede ha decidido que, en aquellos lugares donde las medidas adoptadas para evitar los contagios de coronavirus dificulten la asistencia a los cementerios, se amplíe a todo el mes de noviembre las indulgencias plenarias para los fieles difuntos con motivo del día de Todos los Fieles Difuntos, 2 de noviembre.
Por medio de un Decreto firmado por el Penitenciario Mayor, Cardenal
Mauro Piacenza, con mandato del Papa Francisco, la Santa Sede establece que “la indulgencia plenaria para los que visiten un
cementerio y recen por los difuntos, aunque sólo sea mentalmente, establecida
por norma general únicamente en días concretos del 1 al 8 de noviembre, pueda
ser transferida a cualquier otro día del mismo mes hasta que se acabe. Esos días,
elegidos libremente por los fieles, también pueden ser independientes entre
sí”.
También se decreta “la indulgencia plenaria
el 2 de noviembre, establecida con ocasión de la conmemoración de Todos los
Fieles Difuntos para los que visiten piadosamente una iglesia u oratorio y
reciten allí el Padre Nuestro y el Credo, puede ser transferida no sólo al
domingo anterior o posterior o al día de la solemnidad de Todos los Santos,
sino también a otro día del mes de noviembre, libremente elegido por cada uno
de los fieles”.
Se establece también que “los ancianos, los
enfermos y todos aquellos que por motivos graves no puedan salir de casa, por
ejemplo, a causa de las restricciones impuestas por la autoridad competente
para el tiempo de la pandemia, con el fin de evitar que numerosos fieles se
aglomeren en los lugares sagrados, puedan obtener la indulgencia plenaria
siempre que se unan espiritualmente a todos los demás fieles”.
Para ello, deberán estar “completamente
desapegados del pecado” y tener “la
intención de cumplir cuanto antes las tres condiciones habituales (confesión
sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo
Padre), ante una imagen de Jesús o de la Santísima Virgen María, recen
oraciones piadosas por los difuntos”.
Esas oraciones podrán ser, por ejemplo, “laudes
y vísperas del Oficio de Difuntos, el rosario mariano, la corona de la Divina
Misericordia, otras oraciones por los difuntos más apreciadas por los fieles”.
También es válido para obtener la indulgencia que “la lectura meditada de alguno de los pasajes del
Evangelio propuestos por la liturgia de los difuntos, o realicen una obra de
misericordia ofreciendo a Dios los dolores y las dificultades de su propia
vida”.
Por último, “se invita encarecidamente a
todos los sacerdotes a celebrar tres veces la santa misa el día de la
Conmemoración de Todos los fieles Difuntos”.
Según se especifica en el Decreto, esta ampliación decretada por la
Penitenciaría Apostólica se debe a las “no pocas
súplicas de los Sacro Pastores, los cuales pedían que este año, debido a la
epidemia de Covid 19, se conmutasen las obras piadosas para obtener la
indulgencia plenaria aplicables a las almas del purgatorio”.
Redacción ACI Prensa
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