ROMA, 07 Oct. 16 / 02:01 am (ACI).- Mucho se ha escrito del
poder espiritual que tiene el Santo Rosario,
pero tal vez algo poco conocido es la gracia de la indulgencia que se puede
obtener con esta devoción mariana que, según la tradición, fue dada por la
propia Madre de Dios.
San Juan Pablo II
en su Carta Apostólica Rosarium Virginis Mariae
(Rosario de la Virgen
María, 37) señaló que “para fomentar esta
proyección eclesial del Rosario,
la Iglesia
ha querido enriquecerlo con santas
indulgencias para quien lo recita con las debidas disposiciones”.
Al respecto, la Concesión 17 del Enchiridion Indulgentiarum (Manual de
Indulgencias) de la Penitenciaría Apostólica del Vaticano, indica que se
concede indulgencia plenaria al fiel que “recite
devotamente el Rosario mariano en una iglesia u oratorio, o en familia, en una comunidad
religiosa, en una reunión de fieles y en
general, cuando varios se reúnen para un fin honesto”.
Asimismo, se otorga cuando el fiel “se una
devotamente a la recitación de esa misma devoción cuando es hecha por el Sumo Pontífice y es difundida
por medio de un instrumento televisivo o radiofónico. En otras
circunstancias la indulgencia será parcial”.
Más adelante puntualiza que en cuanto a la indulgencia plenaria por el
rezo del Santo Rosario, “basta solo la recitación de una tercera parte del mismo; pero las
cinco decenas deben recitarse seguidas”.
De igual manera destaca que en el caso de la oración vocal “debe añadirse la
devota meditación de los misterios” y que en el rezo público, “los misterios deben enunciarse conforme a la costumbre
aprobada en el lugar; pero en la recitación privada, basta que el fiel añada a
la oración vocal la meditación de los
misterios”.
Como se sabe la indulgencia plenaria se puede ganar una vez al día
(excepto en peligro de muerte). Es posible obtenerla si se hacen las debidas
disposiciones que manda la Iglesia. Es decir, con confesión sacramental,
comunión eucarística y oraciones por las intenciones del Papa. Si se desea, la
indulgencia se puede ganar para un difunto.
SOBRE EL OBJETO DEL
ROSARIO
Por otro lado, el Beato Pablo VI estableció en su Constitución
Apostólica Indulgentiarum Doctrina (Doctrina de las
indulgencias, Norma 17), que “el fiel que emplea con devoción un objeto de piedad
(crucifijo, cruz,
Rosario, escapulario o medalla),
bendecido debidamente por cualquier sacerdote, gana una indulgencia parcial”.
“Y si hubiese sido bendecido por el Sumo
Pontífice o por cualquier Obispo, el fiel, empleando devotamente dicho objeto, puede ganar también una
indulgencia plenaria en la fiesta de
los Santos Apóstoles Pedro y Pablo, añadiendo alguna fórmula legítima de
profesión de fe”.
Al respecto el P. Jhon Phalen Csc, gran propagador de la devoción del
Santo Rosario en Familia, advirtió que emplear con devoción un objeto de piedad
quiere decir rezar.
“Yo digo que es como una profesión de fe llevar una
cruz o hasta el Rosario. Pero el Rosario en sí, más que la cosa concreta, es la
oración. Entonces hay que rezarlo”, aclaró el
sacerdote. “De otra forma se presta a tener
demasiada fe en el objeto y no en Dios… el objeto nos ayuda a comunicarnos,
relacionarnos con Dios”, añadió.
Por lo tanto, no basta con llevar el Rosario en el cuello, el bolsillo o
el bolso para ganar la indulgencia parcial, sino que se tiene que usar para la oración,
para acercarnos más a Dios en la propia vida.
Traducción del latín de la
‘Enchiridion Indulgentiarum’ por P. Pablo Corante,
SDB.
SDB.
Por Abel Camasca
No hay comentarios:
Publicar un comentario