sábado, 18 de julio de 2020

SE CUMPLEN 150 AÑOS DE LA PROCLAMACIÓN DEL DOGMA DE LA INFALIBILIDAD PAPAL


El 18 de julio de 1870, hace 150 años, el Papa Pío IX publicó la Constitución Dogmática Pastor Aeternus, fruto del Concilio Vaticano I, en la que proclamó los dogmas de la primacía y la infalibilidad papal.
La constitución consta de 4 capítulos.
En el primer capítulo, Pío IX, sobre la base del Evangelio, proclama la primacía sobre toda la Iglesia del sucesor del apóstol Pedro. “Si alguien dijere –advirtió el Papa– que el bienaventurado Apóstol Pedro no fue constituido por Cristo el Señor como Príncipe de todos los Apóstoles y cabeza visible de toda la Iglesia militante, o que no ha recibido del Señor Jesucristo mismo una primacía real de jurisdicción, sino solo de honor: sea anatema”.
En el segundo capítulo, el Papa se pronuncia sobre la perpetuidad de la primacía de San Pedro en los Romanos Pontífices. “Quien sucede a Pedro en esta Cátedra, en virtud de la institución de Cristo mismo –subrayó Pío IX–, obtiene el Primado de Pedro sobre toda la Iglesia”.
El tercer capítulo aborda la fuerza y la naturaleza del Primado del Papa. “Por lo tanto, proclamamos y declaramos –anunció el Papa– que la Iglesia Romana, por disposición del Señor, tiene la primacía del poder ordinario sobre todas los demás, y que este poder de jurisdicción del Romano Pontífice, el verdadero poder episcopal, es inmediato: todos, los pastores y fieles, de cualquier rito y dignidad, están obligados hacia él, por la obligación de la subordinación jerárquica y la verdadera obediencia, no solo en las cosas que pertenecen a la fe y las costumbres, sino también en las relacionadas con la disciplina y el gobierno de la Iglesia, en todo el mundo”, indica Pío IX.
“De esta manera, habiendo salvaguardado la unidad de comunión y la profesión de la misma fe con el Romano Pontífice, la Iglesia de Cristo será un rebaño bajo un pastor supremo. Esta es la doctrina de la verdad católica, de la cual nadie puede escapar sin pérdida de fe y peligro de salvación”, añade.
El último capítulo de la Constitución trata el tema del magisterio infalible del Papa. Después de volver sobre la historia de los concilios anteriores, Pío IX proclama “dogma revelado por Dios que el Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra, es decir, cuando ejerce su cargo supremo como Pastor y Doctor de todos los cristianos, y en virtud de su poder supremo Apostólico define una doctrina sobre la fe y las costumbres, une a toda la Iglesia, por la asistencia divina que se le prometió en la persona del bienaventurado Pedro, disfruta de esa infalibilidad con la que el divino Redentor quiso que su Iglesia fuera acompañada en la definición de la doctrina en torno a la fe y a las costumbres: por lo tanto, estas definiciones del Romano Pontífice son inmutables por sí mismas y no por el consenso de la Iglesia”.
Redacción ACI Prensa

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