El 18 de julio de 1870, hace 150 años, el Papa Pío
IX publicó la Constitución Dogmática Pastor Aeternus, fruto del Concilio
Vaticano I, en la que proclamó los dogmas de la primacía y la infalibilidad
papal.
La constitución consta de 4 capítulos.
En el primer capítulo, Pío IX, sobre la base del Evangelio, proclama la primacía sobre toda
la Iglesia del sucesor del apóstol Pedro. “Si
alguien dijere –advirtió el Papa– que el
bienaventurado Apóstol Pedro no fue constituido por Cristo el Señor como
Príncipe de todos los Apóstoles y cabeza visible de toda la Iglesia militante,
o que no ha recibido del Señor Jesucristo mismo una primacía real de
jurisdicción, sino solo de honor: sea anatema”.
En el segundo capítulo, el Papa se pronuncia sobre la perpetuidad de la primacía de San Pedro
en los Romanos Pontífices. “Quien sucede a Pedro en
esta Cátedra, en virtud de la institución de Cristo mismo –subrayó Pío IX–,
obtiene el Primado de Pedro sobre toda la Iglesia”.
El tercer capítulo aborda la
fuerza y la naturaleza del Primado del Papa. “Por
lo tanto, proclamamos y declaramos –anunció el Papa– que la Iglesia Romana, por disposición del Señor, tiene
la primacía del poder ordinario sobre todas los demás, y que este poder de
jurisdicción del Romano Pontífice, el verdadero poder episcopal, es inmediato:
todos, los pastores y fieles, de cualquier rito y dignidad, están obligados
hacia él, por la obligación de la subordinación jerárquica y la verdadera
obediencia, no solo en las cosas que pertenecen a la fe y las costumbres, sino
también en las relacionadas con la disciplina y el gobierno de la Iglesia, en
todo el mundo”, indica Pío IX.
“De esta manera, habiendo salvaguardado la unidad
de comunión y la profesión de la misma fe con el Romano Pontífice, la Iglesia
de Cristo será un rebaño bajo un pastor supremo. Esta es la doctrina de la
verdad católica, de la cual nadie puede escapar sin pérdida de fe y peligro de
salvación”, añade.
El último capítulo de la Constitución trata el tema del magisterio
infalible del Papa. Después de volver sobre la historia de los concilios
anteriores, Pío IX proclama “dogma revelado por
Dios que el Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra, es decir, cuando ejerce
su cargo supremo como Pastor y Doctor de todos los cristianos, y en virtud de
su poder supremo Apostólico define una doctrina sobre la fe y las costumbres,
une a toda la Iglesia, por la asistencia divina que se le prometió en la
persona del bienaventurado Pedro, disfruta de esa infalibilidad con la que el
divino Redentor quiso que su Iglesia fuera acompañada en la definición de la
doctrina en torno a la fe y a las costumbres: por lo tanto, estas definiciones
del Romano Pontífice son inmutables por sí mismas y no por el consenso de la
Iglesia”.
Redacción ACI Prensa
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