domingo, 13 de febrero de 2022

¿ES LÍCITO DIVORCIARSE?

Marcos 10, 2-16. Domingo 27o. del Tiempo Ordinario B. Es en las pruebas donde el amor se acrisola, y el paso de los años agigantan la fidelidad.

Por: P. Sergio A. Córdova LC | Fuente: Catholic.net

Del santo Evangelio según san Marcos 10, 2-16

Se acercaron unos fariseos que, para ponerle a prueba, preguntaban: «¿Puede el marido repudiar a la mujer?». Él les respondió: ¿Qué os prescribió Moisés?» Ellos le dijeron: «Moisés permitió escribir el acta de divorcio y repudiarla.» Jesús les dijo: «Teniendo en cuenta la dureza de vuestro corazón escribió para vosotros este precepto. Pero desde el comienzo de la creación, Él los hizo varón y hembra. Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre, y los dos se harán una sola carne. De manera que ya no son dos, sino una sola carne. Pues bien, lo que Dios unió, no lo separe el hombre.» Y ya en casa, los discípulos le volvían a preguntar sobre esto. El les dijo: «Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra aquélla; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio.» Le presentaban unos niños para que los tocara; pero los discípulos les reñían. Mas Jesús, al ver esto, se enfadó y les dijo: «Dejad que los niños vengan a mí, no se lo impidáis, porque de los que son como éstos es el Reino de Dios. Yo os aseguro: el que no reciba el Reino de Dios como niño, no entrará en él.» Y abrazaba a los niños, y los bendecía poniendo las manos sobre ellos.

ORACIÓN INTRODUCTORIA
Señor, Tú dijiste que el Reino de los cielos es de los pequeños, de los que son mansos y humildes y aceptan tu voluntad sin cuestionamientos absurdos. Quiero comenzar mi oración haciendo un acto de humildad. Soy un pecador. Necesito de tu misericordia. No soy ni siquiera digno de ponerme en tu presencia, pero con la confianza que me da tu amor vengo a dialogar contigo. Acógeme como recibiste a aquellos niños de los que habla el Evangelio y dame tu gracia.

Petición
Señor, aumenta mi fe para que nunca tenga una actitud farisaica o altanera en mi oración.

MEDITACIÓN DEL PAPA FRANCISCO

En la familia todo está entrelazado: cuando su alma está herida en algún punto, la infección contagia a todos. Y cuando un hombre y una mujer, que se han comprometido a ser “una sola carne” y a formar una familia, piensa obsesivamente en las propias exigencias de libertad y de gratificación, esta distorsión afecta profundamente el corazón y la vida de los hijos. Tantas veces los niños se esconden para llorar solos… Debemos entender bien esto. Marido y mujer son una sola carne. Pero sus criaturas son carne de su carne. Si pensamos en la dureza con la que Jesús advierte a los adultos sobre no escandalizar a los pequeños podemos comprender mejor también su palabra sobre la grave responsabilidad de custodiar la unión conyugal que da inicio a la familia humana. Cuando el hombre y la mujer se convierten en una sola carne, todas las heridas y todos los abandonos del papá y de la mamá inciden en la carne viva de los hijos.

Es verdad, por otra parte, que hay casos en los que la separación es inevitable. A veces se puede convertir incluso en moralmente necesaria, cuando se trata precisamente para proteger al cónyuge más débil, o a los hijos pequeños, de las heridas más graves causadas por la prepotencia y la violencia, del enfado o del aprovecharse, de la alienación y de la indiferencia. (Catequesis de S.S. Francisco, 24 de junio de 2015).

Reflexión
Hace ya mucho tiempo hicieron esta misma pregunta a nuestro Señor. ¿Es lícito a un hombre divorciarse de su mujer? -le preguntaron los judíos al Señor-. En el judaísmo del tiempo de Jesús había dos posturas contrapuestas sobre el tema del divorcio: una, liberal, que daba al hombre derecho de repudiar a la esposa por cualquier motivo que él, en su propio arbitrio, considerara suficiente; la otra, en cambio, tenía un poco más de consideración respecto a la mujer, y exigía que existiera, al menos, un motivo grave y razonable para ello. Aquellos hombres pretendían que Jesucristo se pronunciase sobre una de esas dos posturas, pero les va a salir, como tantísimas otras veces, el tiro por la culata.

Les responde, sencillamente, que por ningún motivo debe el hombre divorciarse de su mujer. Y, como argumento decisivo, apela a la Palabra de Dios, a la Sagrada Escritura: Moisés lo permitió por vuestra terquedad les dice. Pero al principio de la creación no era así. Dios los creó hombre y mujer. Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre, se unirá a su mujer y serán los dos una sola carne. De modo que ya no son dos, sino una sola carne. Así pues, lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre. ¡Respuesta clarísima y contundente! No hay lugar a dudas ni a fáciles escapatorias.

El Evangelio del día de hoy nos permite hacer una brevísima reflexión sobre la dignidad del matrimonio cristiano y la grandeza de la fidelidad conyugal. Existen ya tantas y tantas páginas sobre este tema, que es imposible decir algo nuevo. Pero no es lo que pretendo. Y tampoco me voy a detener en aspectos doctrinales que considero que ya te son muy bien conocidos. Simplemente deseo compartir contigo, amigo lector, algunas experiencias, pues las páginas más bellas y fascinantes son las que se han escrito no con tinta, sino con el amor, la sangre y la vida misma.

Creo que todos guardamos en nuestra memoria testimonios muy hermosos y admirables de esposos cristianos, que han sido ejemplo de auténtico amor y fidelidad conyugal a lo largo de su vida, a pesar de las mil dificultades de todos los días. Más aún, es precisamente en las pruebas donde este amor se acrisola, y el paso de los años agigantan y embellecen la fidelidad.

Hace ya tiempo conocí a una señora sevillana, todavía joven y bella, que llevaba como veinte años de viuda y que había sacado adelante a sus cinco hijos no sin pocos sacrificios, pero con un grandísimo amor y dedicación admirable. Y, conversando con ella, me decía en una ocasión que se sentía profundamente orgullosa de su familia y de su matrimonio; que para ella, su esposo no había muerto, pues siempre había permanecido vivo en su pensamiento y en su corazón. Y me dejó muy impresionado cuando me confesó: Mire este anillo de bodas. Se ha embellecido mucho a lo largo de todos estos años y ahora su precio es incalculable: vale muchísimos más quilates que cuando me casé. ¡Qué testimonio tan maravilloso de amor y de fidelidad de esta mujer! Efectivamente, el paso del tiempo, como a los buenos vinos, ha purificado, aquilatado y añejado su amor.

Recuerdo también con gran emoción aquella noche, hace ya más de tres lustros, cuando me encontraba en casa, conversando a solas con mis papás. Hablábamos de los temas más variados de la vida. Y se me ocurrió preguntarles cómo se habían conocido y enamorado. Quería compartir con ellos sus recuerdos más bellos y personales, y que los habían hecho tan felices. Les pedí que me contaran algo de su noviazgo y de sus experiencias como esposos y padres cristianos. Fueron aquéllas, horas muy sabrosas de tertulia familiar. Y me acuerdo que, en un momento, me dijo mi papá: Mira, hijo, en todos estos años, tu mamá y yo nunca nos hemos peleado. Yo me admiré un poco y, al ver mi padre mi extrañeza, añadió: Bueno, obviamente, pequeños desacuerdos o diversidad de opiniones sobre algunas cosas, sí han existido. Pero nunca hemos llegado a una violenta discusión o un enojo fuerte entre nosotros. Y, ¿sabes por qué? Porque para pelear se necesitan dos; y no hay pelea donde uno de los dos no quiere. Y así hemos hecho siempre hasta el día de hoy. Esto es lo que nos ha mantenido unidos y ha acrecentado nuestro amor. Realmente, ¡qué hermosos testimonios de fidelidad y de amor conyugal! Y podríamos contar infinidad de casos más.

¿Es lícito divorciarse? Nuestro Señor nos da la respuesta clarísima en el Evangelio de hoy. Y, además, el testimonio -a veces heroico- de tantísimos hombres y mujeres nos ofrece un argumento decisivo en esta materia.

Propósito
Proponer, con convicción y constancia, momentos específicos de oración familiar, pidiendo por los matrimonios que más quiero.

DIÁLOGO CON CRISTO
¡Señor, que los esposos cristianos sigan dando este maravilloso ejemplo de amor y de fidelidad, tan urgente hoy más que nunca, a todos los hombres de nuestra sociedad contemporánea! Sólo así seremos de verdad auténtico fermento en la masa.

¿JESUCRISTO ADMITIÓ EL DIVORCIO?

Jesucristo legisló sobre el divorcio derogando explícitamente la dispensa que regía en el Antiguo Testamento.

Por: P. Miguel Ángel Fuentes, I.V.E. | Fuente: TeologoResponde.org

¿Enseña Jesucristo que el divorcio es lícito al menos en ciertos casos excepcionales? ¿Cómo deben interpretarse las palabras de Cristo en San Mateo: “salvo en caso de adulterio”?

El matrimonio es indisoluble por naturaleza y por positiva institución de Dios. Por naturaleza, porque sin indisolubilidad no son alcanzables los fines propios del matrimonio [1]. Además por positiva institución de Dios que se remonta al momento mismo de la creación, como puede verse expresado en las palabras del Génesis (2,24): Por esto deja el hombre a su padre y a su madre y se une a su mujer, y vienen a ser una sola carne. En este sentido las interpreta Cristo: Al principio no fue así... lo que Dios ha unido no lo separe el hombre (Mt 19,6).

Como consecuencia, el divorcio (se entiende en caso de matrimonio válido) contradice tanto los preceptos positivos de Dios cuanto la ley natural. Los teólogos se explicitan diciendo que contradice el derecho natural secundario, es decir, el conjunto de preceptos cuya observancia facilita la consecución del fin primario; éste podrá ser alcanzado, pero con dificultad y no siempre. Los preceptos secundarios se siguen, a modo de conclusiones, de los primarios
2].

Sin embargo, históricamente sabemos que la ley mosaica permitió la práctica del libelo de repudio, es decir, permitía al hombre separarse de su mujer y volverse a casar, al menos en algunos casos
[3]. ¿Cuándo estaba permitido? La cláusula mosaica dice simplemente (Dt 24,1): si nota en ella algo de torpe [erwat dabar]. Dos escuelas contendían fundamentalmente entre sí sobre este punto. La escuela del rabí Hillel era laxista y sostenía que el marido podía repudiar a su mujer por cualquier torpeza (incluso si dejó quemar la comida). La de Shammai era más rigorista y decía que la afirmación de Moisés se refiere a una torpeza moral grave, es decir, sólo en caso de adulterio de la esposa.

Jesucristo al discutir con los fariseos que le plantean el caso deja bien en claro que el motivo de esta permisión divina fue la dureza del corazón. Da por supuesto que Dios podía dispensar de su derecho positivo y de la ley natural en este caso. Lo hace sólo como dispensa, para evitar males mayores: el hecho de que Dios no aprueba la costumbre sino que se limita a reglamentar el libelo de repudio como mal menor lo vemos expresado en lo que dice por Malaquías (2,14-16): Yo aborrezco el repudio, dice
Yahvé, Dios de Israel. Ahora bien, ¿por qué puede Dios dispensar de la ley natural en este caso? La explicación que da Santo Tomás es que la indisolubilidad pertenece al derecho natural secundario, como hemos dicho, por lo cual Dios -y sólo Dios- podía dispensar del mismo por motivos graves [4]. El motivo grave era aquí evitar el crimen de conyugicidio o uxoricidio, que los corazones duros de los judíos no hubieran dudado en perpetrar. Algunos Santos Padres (san Juan Crisóstomo, san Jerónimo, san Agustín) y el mismo Santo Tomás deducen que ésta es la dureza del corazón a la que se refiere Cristo, basándose en las palabras del mismo Deuteronómio (22,13): si un hombre después de haber tomado mujer, le cobrare odio... [5].

Ahora bien, ¿qué actitud toma Cristo frente a esto? Jesucristo legisló sobre el divorcio derogando explícitamente la dispensa que regía en el Antiguo Testamento
[6]. Esto aparece en cuatro lugares evangélicos: Mt 19,3-9, Mt 5,31, Mc 10,2-12 y Lc 16,18. Sin embargo, en el mismo momento en que Nuestro Señor restaura la indisolubilidad original, aparece en sus labios (aunque sólo en los dos textos de Mateo) una expresión que parecería conceder cierta excepción (es decir, cierta posibilidad de divorcio): salvo caso de adulterio, excepto en caso de fornicación. Por tanto, ¿se trata de una indisolubilidad absoluta o en la mayoría de los casos? Para responder debemos analizar los textos.

1. LOS PROBLEMAS QUE PRESENTAN LOS DOS TEXTOS DE SAN MATEO

El texto del capítulo 19 de San Mateo se ha de interpretar teniendo en cuenta el contexto histórico en que se desarrolla la discusión. Cristo está polemizando con los fariseos y son ellos quienes sacan la cuestión del divorcio; la pregunta apunta a ver en cuál de las opiniones más importantes del tiempo (la de Hillel o la de Shammai) se enrola Jesús.

Jesucristo responde apelando a la intención originaria de Dios en el Génesis: ¿No habéis leído que al principio el Creador los hizo varón y mujer? Y dijo: ‘Por esto dejará el hombre al padre y a la madre y se unirá a la mujer, y serán dos en una sola carne’ (Mt 19,4-5); y termina su razonamiento diciendo: Así, pues, lo que Dios ha unido no lo separe el hombre (v.6).

Los fariseos entienden claramente que Jesucristo no concede ninguna posibilidad (ni siquiera el caso restrictivo de Shammai), por eso objetan con la actitud permisiva de Moisés. Jesucristo, por tanto, debe explicar cómo se interpreta la actitud de Moisés y defender su posición intransigente, lo que hará apelando nuevamente a la intención originaria del Creador (Al principio no fue así: Mt 19,8) y explicando el por qué de la actitud mosaica (se debió a la dureza del corazón de los judíos; ya hemos indicado en qué sentido se entiende esto).

Ahora bien, Jesucristo, después de recordar la permisión mosaica, va a
legislar reinstaurando el matrimonio en su fuerza original. Él tiene conciencia de estar abrogando una ley transitoria del Antiguo Testamento; por eso introduce la nueva legislación (al menos en el texto de Mt 5) [7] con las palabras Mas yo os digo, locución con la cual en el sermón del monte opone precisamente a la enseñanza de los antiguos su propia superioridad [8]. ¿Y cuál es la enseñanza que él opone a lo que fue dicho a los antiguos? Quien repudia a su mujer (salvo caso de adulterio) y se casa con otra, adultera (Mt 19,9; cf. Mt 5,32).

Aquí está el problema. Mt 19,9: Salvo en caso de adulterio (mé epì porneía); Mt 5,32: excepto en caso de fornicación (parectós logou porneías)
[9]. El núcleo del problema consiste, en realidad, en la interpretación correcta de las dos expresiones griegas.

Antes de presentar las distintas opiniones al respecto, hay una cosa que es clara y no puede discutirse y es la lógica que debe guardar el pensamiento de Cristo; no puede darse una interpretación que “fracture” psicológicamente el razonamiento de Jesús. Ahora bien, Cristo, a esta altura de su discusión, ya ha indicado: primero, que “al principio” (es decir en la Creación) la situación del matrimonio no fue la que se dio en tiempos de Moisés; segundo, que Moisés concedió el repudio no como un progreso espiritual sino como un retroceso debido a la dureza del corazón de su pueblo; tercero, que Él (Jesús) pretende volver a la situación del Génesis (todo esto en Mt 19); cuarto, que su legislación se opone a lo que se enseñó a los antiguos (esto en Mt 5). Pero si la controvertida expresión pudiese entenderse literalmente “salvo en caso de adulterio”, Cristo no habría salido del marco mosaico; estaría todavía en él, encuadrado en la posición de Shammai. Por tanto, después de anunciar una derogación de la dispensa, no tendríamos más que la consagración de una de las interpretaciones de la dispensa. En el razonamiento de Cristo habríamos encontrado una fractura lógica o un echarse atrás frente a la objeción de sus adversarios. Esta dificultad fue notada desde mucho tiempo atrás, razón por la cual algunos neoprotestantes y modernistas quisieron explicar las excepciones de Cristo como una interpolación redaccional: alguien añadió esta expresión al texto original (así dice, por ejemplo, Loisy). Esta explicación no hace otra cosa que eludir el problema.

La tradición ha buscado, en cambio, explicar el pensamiento de Cristo por dos vías: ya sea interpretando de otro modo las partículas mé, y parectós, o bien estudiando más a fondo el concepto de porneía. Las principales son las siguientes:

1) Para algunos la expresión debe entenderse como se la traduce generalmente (“salvo en caso de adulterio o fornicación”) pero lo que permite aquí Cristo es sólo el “divorcio incompleto”, es decir, la separación de los cuerpos (dejar de convivir) por motivos graves, y no equivale a un permiso para volverse a casar (así lo entendía, por ejemplo, San Jerónimo). Esta interpretación es indudablemente ortodoxa pero no soluciona el problema, simplemente lo esquiva.

2) Para otros los términos “excepto” y “salvo” querrían indicar en boca de Cristo que Él no desea tocar, por el momento, ese caso particular (el del adulterio o fornicación); por tanto, no se expide. El texto debería, pues, entenderse: “... salvo el caso de adulterio, del que no quiero hablar ahora...” (así proponía, por ejemplo, San Agustín). Ahora bien, es precisamente este caso, el del adulterio, el que los adversarios de Cristo querían tratar (porque era la interpretación de Shammai); no tiene por tanto ningún sentido evitarlo.

3) Otros han explicado el problema analizando más detenidamente el verdadero sentido o los posibles significados de las preposiciones mé y parectós. A simple vista mé parece indicar excepción, pero gramaticalmente admite tanto el sentido de excepción cuanto el de negación prohibitiva (al igual que la preposición praeter con la cual es traducido este
versículo al latín). Debería, por tanto, entenderse así: “ni siquiera en caso de adulterio”. Lo mismo valdría para parectós que junto al significado de “excepto” o “fuera de” también admite (aunque raramente) el de “además”, “aun en caso de” [10]. Es una interpretación admisible pero discutible. Es la explicación que da la Biblia de Nacar-Colunga en las notas a estos pasajes, a pesar de traducirlas en el otro sentido.

4) Finalmente otros autores apuntan a interpretar más correctamente la expresión porneía. Ésta no sería simple fornicación ni adulterio, sino propiamente el estado de concubinato. El término rabínico empleado por Cristo habría sido zenut, que designa la unión ilegítima de concubinato; el griego carece, en cambio, de un nombre específico para designar a la “esposa”, razón por la cual, se habría recurrido al término porneía
[11]. En tal caso, es evidente que no sólo es lícita la separación, sino obligatoria, puesto que no hay matrimonio sino unión ilegal. Esta explicación se refuerza tomando en cuenta que San Pablo, en su carta a los Corintios, califica la unión estable incestuosa del que se había casado con su madrasta como porneía [12]. A esto mismo haría referencia el Concilio de Jerusalén al exigir que los fieles se abstengan de porneía [13], o sea de las uniones ilegales aunque estables. Esta última es, tal vez, la más plausible de las interpretaciones y la sostuvieron autores como Cornely, Prat, Borsirven, Danieli [14], McKenzie; también algunas versiones de la Biblia [15].

2. LOS TEXTOS DE SAN LUCAS Y SAN MARCOS.

Entendidas las dificultades como acabamos de exponer, se comprende que sean totalmente equivalentes con las de San Lucas y San Marcos, los cuales mencionan la sentencia de Cristo sin las clausulas
problemáticas:

1) San Lucas (16,18): Todo el que repudia a su mujer es adúltero; y el que se casa con la repudiada por su marido, es adúltero. Aquí, queda en claro que el vínculo permanece en quien fue repudiada y en el repudiador; no hay por tanto, disolubilidad. Y no aparece la aparente excepción.

2) San Marcos (10,11): El que repudia a su mujer y se casa con otra, adultera contra aquélla, y si la mujer repudia al marido y se casa con otro, comete adulterio. Por más repudio mosaico que se practique, el nuevo matrimonio de la repudiada o del repudiador constituye adulterio.

Es evidente que si hubiera una diferencia moral tan radical entre el caso del repudio por motivos de adulterio (siendo lícito como quería Shammai) y los demás casos de repudio (que serían ilícitos), tanto Cristo como sus evangelistas deberían haberlo indicado en todos los lugares en que se haga referencia al divorcio. Por el contrario, en estos lugares Cristo no deja lugar ni para la única excepción que proponía el rabí Shammai.
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[1] Apareció en Revista Diálogo nº 15.

[1] Los fines del matrimonio son la procreación y la unión mutua de los cónyuges (amor y amistad esponsalicia). Sin el presupuesto de la indisolubilidad el fin de la procreación se hace más difícil, por cuanto, procreación no implica sólo la generación sino la educación y perfección de la prole generada, lo que exige el sacrificio lento y continuo de los padres. En cuanto al fin del amor esponsacilio, éste se funda (y consiste) en la mutua entrega total de las personas, lo que quiere decir “todo el corazón y para siempre”; si no fuera indisoluble, la entrega no sería total, y el amor verdadero y auténtico no sería causa y fin del matrimonio.

[2] Cf. Santo Tomás, Suma Teológica (S.Th.), Supl., 65, 2.

[3] Si un hombre toma una mujer y llega a ser su marido, y ésta luego no le agrada, porque ha notado en ella algo de torpe, le escribirá el libelo de repudio, y poniéndoselo en la mano, la mandará a su casa. Una vez que de la casa de él salió, podrá ella ser mujer de otro hombre. Si también el segundo marido la aborrece y le escribe el libelo de repudio y, poniéndoselo en la mano, la manda a su casa, o si el segundo marido que la tomó por mujer muere, no podrá el primer marido volver a tomarla por mujer después de haberse ella marchado, porque esto es una abominación para Yavé (Dt 24, 1-4).

[4] Lo mismo valdría para la poligamia de los patriarcas (cf. Santo Tomás, S.Th., Supl. 65).; en cambio, el concubinato contradice la ley natural en sus preceptos primarios, puesto que contradice el fin primario intentado por la naturaleza (la perpetuación de la especie) ya que la unión sin estabilidad muchas veces excluye la prole y cuando no la excluye, no puede garantizar su educación por faltarle la estabilidad matrimonial. Por eso el concubinato nunca fue lícito de suyo ni por dispensa; por tanto, si alguien practicó el concubinato propiamente dicho pecó (afirma Santo Tomás contra Moisés Maimonides); y si no pecó y es alabado en la Sagrada Escritura es porque el suyo no fue concubinato sino matrimonio verdadero (cf. S.Th., Supl., 65,3-5).

[5] Cf. S.Th., Supl., 67,6. Aclaro, sin embargo, que otros teólogos ven en la permisión mosaica sólo una ley civil, que ponía al judío al abrigo de toda pena externa, pero no lo eximía de culpa en el fuero de su conciencia. Discuten luego los teólogos en cuanto a si este repudio, mientras estuvo permitido por la ley mosaica, implicaba una verdadera rotura del vínculo conyugal. La opinión más común, compartida incluso por Santo Tomás (Cf. S.Th., Supl. 67, 1) es que rompía verdaderamente el vínculo conyugal. Así parece deducirse del texto del Deuteronomio que le permite contraer nuevas nupcias a la mujer repudiada.

[6] Es evidente que Jesucristo no sólo abrogó la ley del divorcio sino que elevó el matrimonio (entre cristianos) a sacramento de la Nueva Ley (algunos dicen que en el momento de esta discusión; otros más acertadamente dicen que lo hizo después de su Resurrección) dándole otro título de indisolubilidad: el ser signo del amor indisoluble entre Cristo y su Iglesia (cf. Juan Pablo II, catequesis del 24 de noviembre de 1982). Sin embargo, no entro en ese tema; sólo trato de responder a la intención y actitud de Nuestro Señor durante su discusión con sus adversarios.

[7] En efecto, allí dice: Pero yo os digo que quien repudia su mujer -excepto el caso de fornicación- la expone al adulterio y, el que se casa con la repudiada comete adulterio. También aquí se ve claramente que Cristo opone la legislación antigua (de Moisés) a la nueva (la suya); en esta nueva legislación (y esto ya es una diferencia esencial con la mosaica), la mujer, aún repudiada, si se une a otro adultera (por tanto, se supone que el vínculo no queda roto por el repudio, mientras que Moisés permitía la nueva unión).

[8] Cf. Mt 5,21.27,33.38, etc. Siempre la locución es Habéis oído que se dijo a los antiguos... Pero yo os digo...

[9] He usado para las expresiones castellanas la versión da Nacar-Colunga, que no puede ser tildada ciertamente de tendenciosa.

[10] La idea que quedaría sería: el que abandona a mujer, además del adulterio [por el cual la repudia], la expone a otro adulterio, etc.

[11] Cf. J. Bonsirven, Le divorce dans le Nouveau Testament, Tournai 1948; comparte su opinión J. McKenzie (cf. Comentario Bíblico San Jerónimo, Ed. Cristiandad, Madrid 1972, T.III, p. 188).

[12] Cf. 1 Cor 5,1ss.

[13] Cf. Act 15,20-29; 21,25.

[14] Cf. Il Messaggio della Salvezza, LDC, T.6, p. 151s.

[15] Así por ejemplo, la versión oficial de la CEI (Conferencia Episcopal Italiana).

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