La Conferencia Episcopal Peruana (CEP) envió una carta al presidente de la República, Francisco Sagasti, para pedirle que intervenga y corrija la “excesiva limitación” del aforo para las iglesias, establecido para enfrentar la segunda ola de la pandemia del COVID-19.
La carta es a nombre de todos los obispos del Perú y de los católicos
del país, y está firmada por la Presidencia de la CEP.
“Nos dirigimos a usted (…) para pedir su intervención
a fin de que se corrijan los criterios establecidos para el aforo de participación de los
fieles en las calificaciones que se vienen dando a las provincias y
regiones del país a causa de la pandemia”, indica la
carta enviada el 17 de marzo.
Debido a la segunda ola del coronavirus y el colapso del sistema de
salud, el presidente Sagasti anunció una
serie de medidas, como
la clasificación de las regiones en tres niveles: alto, muy alto y extremo, de
acuerdo a la gravedad de la pandemia.
Para las regiones en nivel extremo se prohíbe la apertura de iglesias y
lugares de culto. No obstante, se permite el 20% de aforo en tiendas en
general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por
departamento, y 30% para zonas internas con ventilación en restaurantes y 30%
al aire libre.
En el nivel muy alto, las iglesias y lugares de culto pueden alcanzar el
20% de aforo, mientras que las tiendas en general, centros comerciales,
galerías, conglomerados y tiendas por departamento, pueden recibir clientes
hasta el 30% de su capacidad. Asimismo, los restaurantes y afines pueden tener
un 30% de aforo al interior y 40% al aire libre.
En el nivel alto las iglesias pueden llegar al 30% del aforo, mientras
que las tiendas en general llegan al 40%.
El 12 de octubre del 2020, los obispos del Perú publicaron el “Protocolo para
las Actividades Religiosas de la Iglesia Católica en tiempos de pandemia”, que fue coordinado previamente con el Ministerio
de Salud, y que ha sido aplicado en cada jurisdicción eclesiástica con las
debidas adaptaciones para asegurar la salud de los fieles que participan de las
actividades religiosas.
La carta del 17 de marzo de la CEP, asegura que fue gracias al
mencionado protocolo que “no se registraron
contagios por la participación en estas actividades religiosas”.
Tras “haber demostrado que el cumplimiento
de nuestro Protocolo garantiza las condiciones de salud”, precisa la
CEP, “consideramos excesiva la limitación de aforo
para los templos establecida
en las categorías que el Ministerio de Salud ha diseñado para el control
de esta pandemia”.
Los obispos peruanos expresaron que la “excesiva”
limitación es aún más evidente cuando “a
otros rubros de la vida social se establecen niveles de aforo mayores, a pesar
que la movilidad de las personas es mucho mayor que en los templos donde los
fieles participan de las actividades religiosas sin mucho movimiento”.
La CEP expresó su preocupación por que en Semana Santa, del 28 de marzo
al 3 de abril, “muchos fieles se verían limitados
de expresar libremente su fe, a pesar que estén dispuestos a cumplir todos los
protocolos sanitarios debidamente establecidos”.
Ante la situación expuesta, los obispos solicitaron al presidente
Sagasti “su inmediata intervención para que esto se
corrija” y propusieron que el aforo en las iglesias de ciudades con nivel de alerta extrema sea de un 20%.
En ciudades de alerta muy alta 30%, y en
ciudades con nivel de alerta alta 40%.
“Consideramos que este pedido es de estricta
justicia y en nada afectaría los loables esfuerzos que el Estado
peruano viene realizando para enfrentar esta pandemia, por lo que le pedimos su
más pronta intervención, a fin de que este nuevo nivel de aforo esté vigente en
la Semana Santa”, expresó la CEP.
En su carta, los obispos afirmaron que están en la obligación de “hacer llegar el sentir de miles de fieles católicos que ven
vulnerado el derecho fundamental a ejercer propiamente el derecho a la libertad
religiosa y de culto, limitando el acceso a la Eucaristía y el
ejercicio de la espiritualidad mediante su participación activa en ella, frente
a la permisividad en el ejercicio de otras actividades” que “no son
configuradas en nuestra Constitución Política como derechos fundamentales”.
“Es así que nos preguntamos, ¿cómo es qué se
restringen derechos fundamentales amparados por nuestra Constitución cuando en
realidad se permiten otros que no lo son? Dicha disyuntiva es la que demandamos sea
esclarecida, la decisión de imponer un aforo completamente reducido
frente a las facilidades otorgadas para el ejercicio de actividades económicas,
bajo ningún concepto invocado por las entidades públicas competentes”, agregaron.
Para la Conferencia Episcopal Peruana “no
hay justificación para mantener los templos cerrados, si es que se mantienen abiertos los supermercados”, entre
otros establecimientos comerciales, “donde se
congregan muchas personas y existe alto nivel de movilización”.
Recordaron, además, que la apertura de iglesias “implica
necesariamente mantener a los fieles en un ambiente controlado y a distancia,
sin moverse, actividad aplicada, por ejemplo, en la realización del Acto
Litúrgico”.
“De este modo se evidencia que, a diferencia de los
restaurantes, centros comerciales, cines y otros dispuestos para el recreo, las
personas acuden a las capillas y parroquias a orar y no a conversar entre sí”, añadió la carta.
Finalmente, la CEP acotó que “resulta mucho
más sencillo controlar el orden y el distanciamiento social de los fieles
dentro de los templos” que en cualquier otro lugar.
“Es necesario asegurar la observancia de lo
dispuesto en el Artículo 50 de la Constitución Política, pues corresponde al
Estado Peruano colaborar con la activa profesión de la fe y del auxilio
espiritual de los fieles”, añadió la misiva.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PARA CORREGIR LIMITACIÓN DEL AFORO
Los obispos peruanos también hicieron un repaso de los fundamentos de
derecho que ayudarán al presidente a “la mejor toma
de decisiones” en aras de respetar la libertad religiosa.
Recordaron que la Constitución Política del Perú cita al derecho a la
libertad religiosa en su artículo 2, numeral 3, indicando que, como “derecho fundamental”, toda persona tiene “derecho a la libertad de conciencia y de religión, en
forma individual o asociada (…). El ejercicio público de todas las confesiones
es libre”, siempre que no ofenda la moral “ni
altere el orden público”.
Además, en el artículo 50, dentro de un régimen de independencia y
autonomía, el “Estado Peruano reconoce
-expresamente- a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación
histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración”, postura
también abordada en el Art. 1 del Acuerdo suscrito entre el Estado Peruano y la
Santa Sede el 19 de julio de 1980 y ratificado mediante Decreto Ley Nº 23211,
que señala que “la misma Iglesia recibe del Estado
la colaboración conveniente para la mejor realización de su servicio a la
comunidad nacional”.
Los obispos recordaron que la “Ley Nº 29635
- Ley de Libertad Religiosa”, establece que “es
ejercicio individual de la libertad religiosa el derecho a practicar de forma
individual o colectiva, en público o en privado, los preceptos religiosos de su
confesión, sus ritos y actos de culto, así como la libertad de las entidades
religiosas como derecho colectivo para ejercer el ministerio, practicar su
culto y celebrar reuniones relacionadas con su religión”, estableciendo
lugares de culto o de reunión con fines religiosos.
También señalaron que debe tenerse en cuenta lo resuelto por el Tribunal
Constitucional en una en su sentencia “STC
00256-2003-HC; Fundamento Jurídico 15”: “La libertad religiosa como toda
libertad constitucional consta de dos aspectos. Uno negativo, que implica la
prohibición de injerencias por parte del Estado o de particulares en la
formación y práctica de las creencias o en las actividades que las manifiestan.
Y otro positivo, que implica, a su vez, que el Estado genere las condiciones
mínimas para que el individuo pueda ejercer las potestades que comporta su
derecho a la libertad religiosa”.
Además, pidieron tener presente el “principio
de inmunidad de coacción”, escrito en la misma sentencia, que “consiste en que ninguna persona puede ser obligada a
actuar contra sus creencias religiosas; es decir, que no podrá ser obligada o
compelida jurídicamente a obrar de manera opuesta a dichas convicciones”.
Respecto al Sacramento de la Eucaristía y la liturgia, recordaron que el
canon 214 del Código de Derecho Canónico detalla el derecho de los fieles a “tributar culto a Dios según las normas del propio rito,
incluyendo la disposición de estructuras pastorales que admita el suficiente
número de personas para ese rito y el derecho a la propia espiritualidad”.
Además, el canon 898 señala que “los fieles
tributan la máxima veneración a la Santísima Eucaristía tomando parte activa en
la celebración del Sacrificio augustísimo (…)”.
“La celebración eucarística es la oración por
excelencia de la Iglesia Católica. El fruto de comulgar es la paz interior;
la armonía, que contribuye, en estos tiempos difíciles, a sobrellevar las
dificultades y agobios generados por la pandemia”, recordaron los obispos al presidente Sagasti.
Finalmente, citaron el Catecismo de la Iglesia Católica, que afirma que
la Eucaristía es “la fuente y culmen de toda vida
cristiana”, por lo que “todos los
demás sacramentos, como también todos los ministerios eclesiales y las obras de
apostolado, están unidos a la Eucaristía y a ella se ordenan”.
POR DIEGO LÓPEZ
MARINA | ACI Prensa
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