sábado, 21 de marzo de 2020

¿QUIÉNES PODRÁN RECIBIR INDULGENCIA PLENARIA POR CORONAVIRUS? AUTORIDAD VATICANA RESPONDE


Tras la promulgación del decreto vaticano que indica que la Iglesia universal concede una indulgencia plenaria especial a los enfermos por coronavirus COVID 19, profesionales de la salud, familiares y todos aquellos que se involucren en la lucha contra la epidemia, el Cardenal Mauro Piacenza describió más detalles de esta decisión.
En una entrevista concedida a Vatican News, el penitenciario mayor del Tribunal de la Penitenciaría Apostólica, el Cardenal Mauro Piacenza, explicó que el decreto publicado el 19 de marzo concede la indulgencia plenaria con motivo de la emergencia de la pandemia.
En primer lugar, el Cardenal Piacenza reconoció que “es evidente para cada uno de nosotros la crisis que estamos atravesando en este momento, lamentablemente ahora en muchos países del mundo” y relató que en algunas partes de Italia se vive una situación de emergencia porque “hay hospitales que corren el riesgo de no poder recibir a los enfermos, hay enfermos que se ven obligados a vivir en aislamiento y, por desgracia, también a morir sin el consuelo y la cercanía de sus seres queridos, hay enfermos que carecen de la cercanía de un sacerdote para la unción de los enfermos y la confesión, hay muchas personas en cuarentena y ciudades enteras cuya población debe permanecer encerrada en sus casas debido a los reglamentos emitidos por las autoridades para contener el contagio”.
Por ello, “la Penitenciaría, actuando al servicio del Papa y con su autoridad, ha emitido el decreto sobre las indulgenciasya que “la naturaleza extraordinaria de este tiempo requiere medidas extraordinarias para ayudar, estar cerca, consolar, asistir, para que a nadie le falte nunca la caricia de Dios ante el sufrimiento y la perspectiva de una muerte inminente”.
En esta línea, el Purpurado explicó que esta decisión “ofrece indulgencia plenaria a todos los pacientes con coronavirus que están en hospitales o en cuarentena en casa. También se ofrece, en las mismas condiciones, al personal sanitario, a los familiares y a quienes cuidan de ellos. Además, se ofrece indulgencia a todos aquellos que, con ocasión de esta pandemia, rezan para que se detenga, rezan por los que sufren y por aquellos a los que el Señor ha llamado a sí”.
De este modo, el Cardenal Piacenza describió que las condiciones para recibir la indulgencia plenaria que se piden a los enfermos y a quienes cuidan de ellos son la unión espiritual “siempre que sea posible, a través de los medios de comunicación, a la celebración de la Misa o al rezo del Rosario o del Vía Crucis u otras formas de devoción” y añadió que “si esto no es posible, se les pide que reciten el Credo, el Padre Nuestro y una invocación a María”.
En cambio, para “todos los demás, los que ofrecen oraciones por las almas de los muertos, por los que sufren, e invocan el fin de la pandemia, se les pide, cuando es posible, que visiten el Santísimo Sacramento o la Adoración Eucarística” o bien, “la lectura de las Sagradas Escrituras durante al menos media hora, o el rezo del Rosario o del Vía Crucis”.
“Como es evidente para todos, la recitación de oraciones y la lectura de la Biblia se puede hacer sin moverse de casa y, por ende, en pleno cumplimiento de las normas para contrarrestar la propagación del contagio”, agregó.
Asimismo, el penitenciario mayor describió que, si bien, el decreto se refiere a los pacientes con coronavirus “debido a la emergencia general que estamos experimentando”, la indulgencia plenaria especial “se extiende a todos los enfermos, porque todos los enfermos de los hospitales de hoy en día están experimentando las consecuencias de la emergencia de la pandemia de una manera u otra”.
Por último, el Cardenal Piacenza explicó que de acuerdo con el Código de Derecho Canónico “la absolución colectiva, sin confesión individual, siempre puede darse en peligro inminente de muerte, o en caso de grave necesidad”.
“Como Penitenciaría Apostólica hemos dejado claro que, especialmente en los lugares más afectados por el contagio y hasta que el fenómeno haya vuelto, los casos de grave necesidad se repiten. Y así los obispos diocesanos, por el bien de las almas, pueden tomar decisiones en este sentido, como pueden hacerlo en casos de necesidad repentina de los sacerdotes, advirtiendo a su obispo o informándole lo antes posible después de administrar el sacramento. Se puede pensar en absoluciones colectivas a las puertas de los pabellones de los hospitales donde los fieles infectados corren peligro de muerte, implicándolos en la medida de lo posible”, advirtió.
Por último, el purpurado indicó que durante este periodo de emergencia la confesión individual es posible administrarla personalmente siempre y cuando “se respeten plenamente las normas para contener el contagio y, por lo tanto, a la debida distancia con el uso de máscaras, obviamente siempre preservando el secreto sacramental”.
Redacción ACI Prensa

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