También se aplicaría a pacientes con padecimiento crónico
Según informa el
diario Abc, el gobierno social comunista de España quiere que la eutanasia sea
un derecho al que puedan acceder todos los ciudadanos cuanto antes y sin
ninguna cortapisa. Además, pretenden que se pueda aplicar no solo a enfermos
terminales sino a personas con padecimientos crónicos incurables.
(Abc) Eso es lo que se desprende de las enmiendas que tanto PSOE y Podemos
presentaron este miércoles en el Congreso a su propia
proposición de ley orgánica de regulación de la eutanasia. La mayoría de sus
propuestas para modificar el actual articulado de la norma están encaminados a
acelerar los procesos, rebajar los requisitos y ampliar todo lo posible la cobertura
de lo que han denominado «prestación de ayuda a morir».
PADECIMENTO CRÓNICO
Para poder cumplir con su
objetivo, los grupos parlamentarios que forman la coalición de Gobierno proponen en sus enmiendas –a
las que ha tenido acceso ABC– cuestiones muy controvertidas como la eutanasia exprés o que el suicidio asistido se pueda
aplicar a una persona con «padecimiento
crónico» y no solo a un enfermo incurable, como planteaba el texto original. Además las
comisiones encargadas de supervisar todos los procesos ya no se llamarán «de control» sino que pasarán a ser «de garantía».
QUIEREN ACORTAR LOS
PLAZOS
Si salen adelante sus
propuestas, los médicos que participen en la aplicación de la eutanasia podrán acortar el plazo de quince días
naturales que la actual proposición establece entre la
primera y la segunda solicitud que realiza el paciente para
poder acceder a este «nuevo derecho». El
nuevo articulado precisa que podrán recortarlo «a
cualquier periodo menor» si «consideran «inminente» la pérdida de «la capacidad del
paciente para dar su consentimiento».
En esos casos –y de salir adelante las enmiendas de ambos grupos
parlamentarios–, la eutanasia también se podrá practicar «sin la verificación previa», es decir, el médico se podrá saltar también el último plazo de 24 horas que se
otorga al paciente antes de la
eutanasia para que decida «si desea continuar o
desistir».
Otro de los puntos polémicos
es la falta de garantías que la norma establece para que la decisión de morir
sea realmente «libre, voluntaria y consciente». Con
sus enmiendas, los partidos de la coalición del Gobierno proponen que prácticamente cualquier documento sea válido para que una persona pueda
acceder a la eutanasia cuando
no se encuentre «en pleno uso de sus facultades». Bastará
que haya suscristo su petición con antelación en «el
testamento vital, las voluntades anticipadas o en documentos equivalentes
legalmente reconocidos».
En el texto original, el PSOE
solo incluía «el documento de instrucciones
previas», pero en las enmiendas se han añadido también como válidos
todos los demás.
Los requisitos para presentar
la solicitud de eutanasia también son muy laxos. Ambos partidos pretenden que
cuando «la situación personal o condición de salud
del paciente no lo permita», la solicitud pueda «ser fechada y firmada» a través «de otros medios que le permitan dejar constancia» o
«por otra persona plenamente capaz». La
única condición es que lo haga «en presencia» del
que solicita la eutanasia.
Entre las novedades más
llamativas figura también la nueva prestación que será incluida en el Sistema
Nacional de Salud «se pueda realizar en el
domicilio particular» del paciente» y no sólo en «hopsitales públicos, concertados y privados» como señalaba el
texto original.
Las enmiendas también piden
incorporar el artículo 143 bis que se aclara que «no será punible
la conducta del médico o del personal del equipo asistencial que, con
actos necesarios y directos, causare o cooperare a la muerte de una
persona cuando esta sufra un padecimiento grave, crónico
o imposibilitante o una enfermedad grave e incurable en los términos
establecidos en la normativa sanitaria.
CARÁCTER RETROACTIVO
El Gobierno pretende también
que esta nueva ley tenga además carácter retroactivo, al proponer una disposición
transitoria en el que se deja claro que «estará exento de
pena quien esté siendo investigado, o haya sido procesado o sentenciado,
por hecho ocurridos antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de
Regulación de la Eutanasia por el delito previsto en el artículo 143.4 del Código
Penal, siempre que la persona fallecida reuniera los requisitos previstos» en
la ley y que «conste de manera inequívoca su
voluntad expresa de poner fin a su vida».
Además pide que los tribunales
que ya hayan dictado sentencia, «revisen de oficio
sus fallos firmes condenatorios dictados con anterioridad a la entrada en vigor
de la norma y en las que el penado se encuentre cumpliendo efectivamente la pena».
No hay comentarios:
Publicar un comentario