lunes, 3 de enero de 2022

TRIBUNAL DE CALIFORNIA FALLA A FAVOR DE SEMINARIO PROTESTANTE QUE EXPULSÓ A DOS HOMOSEXUALES «ACTIVOS»

La «excepción religiosa» de la Constitución prevalece sobre normas inferiores

Un tribunal de apelaciones de California dictaminó por unanimidad que el Seminario Teológico Fuller en Pasadena, condado de Los Ángeles, no cometió discriminación ilegal contra dos estudiantes de doctorado que fueron expulsados de dicho seminario protestante evangélico por practicar «actos homosexuales de comportamiento sexual explícito».

 (Die Tagespot/InfoCatólica) Los estudiantes de doctorado habían demandado al seminario teológico evangélico más grande del mundo, con más de 4.000 estudiantes de más de 90 países, con el argumento de que al recibir financiación de fondos federales, estaba sujeto a la ley contra la discriminación por razones sexuales indicada por el Título X del Departamento de Educación de EE.UU

El Seminario Fuller invocó en su defensa lo que se conoce como la «excepción religiosa» de la Constitución de los Estados Unidos, indicando que dicho Título X «no se aplica a un establecimiento educativo controlado por una organización religiosa si la aplicación de la disposición es incompatible con los principios religiosos de dicha organización».

Según la plataforma «lawandcrime.com», los demandantes argumentaron que la exención del Título IX estipulaba que una escuela o universidad elegible debe estar «controlada por una organización religiosa» y que el seminario no era confesional. Sin embargo, el tribunal, que ya emitió su sentencia a mediados de diciembre, aunque ha sido ahora cuando ha sido publcada, no admitió esa línea argumental y desestimó la demanda alegando que «Fuller» tenía derecho a reclamar la exención religiosa: «Era fácil de ver desde la demanda que [los Demandantes] no pudieron presentar hechos adicionales para desafiar el trato diferente que Fuller da a los matrimonios del mismo sexo respecto a los matrimonios del sexo opuesto, ya que las acciones de Fuller caen precisamente bajo la excepción religiosa al Título IX».

GRUPOS RELIGIOSOS PROTEGIDOS POR LA CORTE SUPREMA

En una declaración a «lawandcrime.com», Daniel Blomberg, «Consejero principal» del bufete de abogados que representó al Seminario Teológico Fuller, declaró:

«La Corte Suprema ha protegido durante mucho tiempo el derecho de los grupos religiosos a decidir cómo quieren ser capacite a los próximos líderes en su fe. La Novena Corte Federal de Apelaciones reconoció tanto este derecho como el importante papel del seminario en la formación de líderes cristianos, un papel que debe enseñarse de acuerdo con el mandato religioso del seminario y no imponerse por el gobierno. La decisión del tribunal subraya el valor pluralista estadounidense de la libertad religiosa para todas las religiones, que permite a personas y comunidades de diferentes orígenes llevar a cabo sus deberes religiosos sin comprometer sus convicciones».

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