jueves, 23 de agosto de 2018

MÉXICO: LA JUSTICIA ORDENA TRANSFUNDIR SANGRE A UNA NIÑA DE 6 AÑOS HIJA DE TESTIGOS DE JEHOVÁ


En México, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió el pasado 15 de agosto que el Estado debe ordenar que se realicen transfusiones sanguíneas a una niña de 6 años que padece leucemia, a pesar de que sus padres se opongan al tratamiento por sus creencias religiosas, tal como informa Notimex.
Al discutir el amparo en revisión 1049/2017, los ministros de la Primera Sala emitieron una votación dividida de cuatro votos contra uno (del ministro José Ramón Cosío) respecto a la resolución propuesta por el ministro Arturo Zaldívar. En este caso, discutido en la sesión pública del 15 de agosto, una niña de 6 años que padece leucemia linfoblástica aguda ingresó de urgencia en un hospital en Chihuahua.
ASÍ FUE EL PROCESO
En ese nosocomio los médicos indicaron que la paciente requiere transfusiones de sangre, a lo que se opusieron sus padres, alegando su derecho a la libertad religiosa, pues ellos pertenecen a los testigos de Jehová, una secta que se opone a los tratamientos médicos de ese tipo.
Avisada de esta delicada situación, y después de escuchar a padres y médicos, la Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito Judicial Morelos, en el estado de Chihuahua, asumió la tutela de la niña para autorizar el tratamiento.
Frente a dicha medida, María Ignacia Chávez, madre de la menor, se presentó ante la Justicia para reclamar que había sido desplazada por la referida Subprocuraduría de manera injustificada, pues le asiste el derecho de decidir libremente sobre los tratamientos de salud de su hija.
EL DERECHO A LA VIDA
Al resolver el tema, la Primera Sala de la SCJN consideró que si bien los padres tienen el derecho de tomar decisiones libres sobre sus hijos en temas salud y de educación religiosa, este derecho tiene como límite el poner en riesgo sus vidas.
La sala explicó que se pone en riesgo la vida de un niño cuando los padres, privilegiando creencias religiosas, rehúsan seguir un tratamiento que ya ha sido acreditado por la comunidad médica como el procedimiento más efectivo para tratar determinada condición letal.
Es decir, el tipo de tratamientos que la comunidad científica avala su eficacia y confiabilidad, como es el caso del tratamiento que se recomendó para esta menor, que incluye transfusiones sanguíneas.
En este caso particular, los ministros resolvieron que se debe sustituir la voluntad de los padres, pues el tratamiento indicado por la ciencia médica consiste en la realización de quimioterapias acompañadas de transfusiones sanguíneas. De tal manera que a juicio de la Sala, se debe autorizar el tratamiento indicado por los médicos, pues solamente a través de esa intervención se podrá proteger la vida de la menor.
La Primera Sala precisó que el tratamiento autorizado debe suministrarse bajo la estricta y minuciosa supervisión de las autoridades, y otorgar siempre un trato digno, incluyente y respetuoso a los padres.
OTROS DETALLES DEL CASO
Según informa El Dictamen, la menor vive en el estado de Chihuahua, sus padres son indígenas rarámuris, y forman parte de los testigos de Jehová, En abril de 2017, Saraí fue internada en el Hospital Infantil de Especialidades Estatal, y entonces sus padres pidieron que le hicieran un tratamiento que no incluyera transfusiones.
Sin embargo, una trabajadora social del hospital consideró que el estado de la menor era grave, y fue cuando comenzó el proceso detallado antes. Cuando la Subprocuraduría autorizó el tratamiento, los padres siguieron estando en contra, y solicitaron un amparo.
En primera instancia, tal como leemos en El Heraldo de Aguascalientes, el entonces juez Mauricio Fernández de la Mora reprobó la actuación de las autoridades de Chihuahua y las acusó de discriminar a los padres de la niña, que son indígenas rarámuris, pero ahora la Corte Suprema ha revocado esta primera sentencia.
El expediente del caso explica que la madre de Clara “señaló que la vida no es el bien supremo y que por encima de ésta se encuentra el derecho a la dignidad, el cual tiene un primer rango en el ejercicio de la libertad religiosa, en su fase interna, por ser una cuestión íntima y personalísima, en la que el Estado no puede intervenir, según informa Televisa.
LOS TESTIGOS DEFIENDEN SU POSTURA
“Por respeto a esta ley de Dios es por la cual no aceptamos el uso de la sangre, como en el caso de transfusiones sanguíneas, es una ley que aparece en la Biblia, y es la razón por la cual la tratamos de obedecer”, destacó Arturo Sarabia, coordinador de prensa de la asamblea ‘Sea Valiente’ de los testigos de Jehová, tal como informa Paloma Sánchez en El Heraldo de Chihuahua.
Arturo se refería al texto bíblico en Hechos 15, 28-29, donde habla de una decisión que tomaron los cristianos en el primer siglo que tenía que ver con que si aquellos que no eran judíos, eran gentiles, empezaron a entrar a la congregación cristiana y se cuestionaban si tenían que someterse a las leyes de Moisés; o ya esa ley dejó de funcionar para esos gentiles.
“Una de esas leyes tenía que ver con la circuncisión, porque a los judíos se les circuncidaba como muestra de que estaban en un pacto con Dios. Después de hablar del asunto llegaron a la mencionada conclusión, que cita en el libro de Hechos: ‘Porque al Espíritu Santo y a nosotros mismos, nos ha parecido bien no añadir ninguna otra carga, sino salvo estas necesarias: que sigan absteniéndose de cosas sacrificadas a ídolos, y de sangre, y de cosas estranguladas y de fornicación”, aclaró.
En ese sentido, explicó que al no aceptar transfusiones de sangre, son muy cuidadosos en tratamientos alternativos, que promueven sobre todas las cosas. “Por ejemplo, existen cierto tipo de fluidos que aumentan el fluido sanguíneo, y que no nos oponemos a que estos se utilicen. Existen también métodos terapéuticos, en asuntos quirúrgicos está una máquina de recuperación celular, está la hemodilución y otros métodos que podemos utilizar”, dijo.
Para finalizar, mencionó que llega a haber cierto tipo de fracciones de los componentes de la sangre que la conciencia de algún cristiano pudiera permitirle que se utilicen, que no formen parte de las principales de la sangre como glóbulos rojos, glóbulos blancos, las plaquetas y el plasma.
Secretaría RIES

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