Como todos sabemos
por nuestro Catecismo elemental, existen en la Iglesia Católica, los
Mandamientos de la Ley de Dios (los famosos “10 mandamientos”, dados a Moisés
en tablas de piedra, para que no se nos “olviden”…)
Pero también están los otros “mandamientos” (o preceptos) de la Santa Madre
Iglesia (Cfr. Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 2042-2043):
1)
«Oír misa entera los domingos y demás fiestas de precepto y no realizar
trabajos serviles».
2)
«Confesar los pecados mortales al menos una vez al año».
3)
«Recibir el sacramento de la Eucaristía al menos por Pascua».
4)
«Abstenerse de comer carne y ayunar en los días establecidos por la Iglesia».
5)
«Ayudar a la Iglesia en sus necesidades».
En tiempos de “Controlavirus”, la Iglesia, como era de esperar, ha exceptuado a
los fieles de los tres primeros preceptos, al estar –como muchos estamos– en
prisión domiciliaria.
Con el cuarto no habría
problemas. Pero, ¿con el quinto?
Veamos. Tal como se encuentra
en el Catecismo, el último de los preceptos eclesiales remite al
Código de Derecho Canónico (CIC) donde se lee:
“Los
fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que
disponga de lo necesario para el culto divino, las obras de apostolado y de
caridad y el conveniente sustento de los ministros (CIC, 222 § 1).
Y es verdad que muchos buenos sacerdotes no han
dejado de confesar o administrar la comunión a quienes se
la han pedido en sus templos, ni han dejado de circular por las calles con el
debido permiso de los gobiernos, ni de hacer obras de caridad o celebrar misa
en privado. Y esto debe ser tenido en cuenta, como ha dicho ayer el Papa Francisco: "el ideal de la Iglesia es estar siempre con el
pueblo y con los sacramentos. Siempre".
Sin embargo, la
pregunta comprensible de algunos católicos es:
“Dado
que se nos ha exceptuado de ir a Misa, confesar, comulgar y bautizar a nuestros
hijos, ¿no estaremos también
exceptuados del quinto precepto de la Iglesia al vernos impedidos de la
recepción de los sacramentos?”.
Y la inquietud no es menor,
sobre todo cuando algunos clérigos, yendo incluso más allá de las normas que
sus propios obispos han planteado, han decidido atender (en el mejor de los
casos) sólo los casos urgentes, dejando de lado el discernimiento de sus fieles para decir qué es o no “urgente” y –dicen algunos– olvidando que “la primera ley de la Iglesia es la salvación de las
almas” (c. 1752 del CIC).
Otros -no sin cierta dosis de
picardía- han planteado que el quinto mandamiento de la Iglesia debería ser
reemplazado por el siguiente precepto paulino: “el
que no trabaja que no coma” (2 Tes 3,10), ayudando sólo a
quienes cumplen su ministerio ateniéndose a la ley de la Iglesia.
Eso sí; siempre tomando las
profilácticas medidas del caso, claro está.
¿Será que en
tiempos de la “teología del pueblo” vox populi sigue siendo vox Dei?
Que
no te la cuenten…
P. Javier
Olivera Ravasi, SE
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