A pesar de que la Constitución del país define el
matrimonio
según la ley natural
La Corte
Constitucional de Ecuador ha aprobado que se tenga en cuenta la postura a favor
del matrimonio entre personas del mismo sexo de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos y ello a pesar de que la Constitución del país define el
matrimonio como unión «entre hombre y mujer»
(RT/InfoCatólica) Los magistrados de la CC
resolvieron contestar favorablemente, con cinco votos positivos de nueve juristas, a la consulta de la Corte
de Justicia de Pichincha sobre si es posible aplicar en Ecuador la Opinión Consultiva 24/7, de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos (Corte IDH), que reconoce, entre otros derechos a la
comunidad de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersexuales (LGBTI), la garantía de figuras como el matrimonio sin
importar la orientación sexual.
La Corte de Pichincha elevó a
la CC la consulta, tras dos acciones de
protección presentadas por las parejas conformadas por Efraín Soria y
Xavier Benalcázar y Rubén Salazar y Carlos Verdesoto, quienes denunciaron luego
que acudieran al Registro Civil para
casarse y les fue negada su solicitud.
En esa consulta, la Corte de
Justicia provincial solicitó pronunciamiento de la CC sobre si es posible dar paso a un matrimonio entre
parejas del mismo sexo, sin que se deban reformar la Constitución y la
Ley Orgánica de Datos Civiles, que establecen que esta unión es «entre hombre y mujer».
El alegato de las
organizaciones LGBTI es que la
Constitución, a su vez, establece el respeto a los tratados internacionales,
como en este caso la exigencia de la
Corte IDH, de la cual Ecuador es parte.
Aunque la consulta elevada a
la CC fue la de estas dos parejas, la
decisión del organismo aplica para todas las parejas homosexuales que quieran
unirse ante la ley del país andino.
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