martes, 30 de octubre de 2018

HACIA UNA IGLESIA DE LOS LAICOS


A inicios de año, cuando comenzó a arreciar la tormenta de los abusos en Chile, D. Gonzalo Rojas, afirmó que los grupos que desarrollaron esas movilizaciones «buscan que las comunidades locales sean las que determinen quiénes son idóneos para ser los obispos diocesanos.  En concreto, el Comité Oscar Romero se propone establecer la práctica de la consulta al Pueblo de Dios para el nombramiento de obispos y de párrocos

En efecto, «a propósito de los abusos sexuales de Obispos y sacerdotes, los intentos de democratizar la Iglesia se vuelven a mostrar como una solución. Se ha llegado a proponer una especie de tribunales populares para juzgar a los Obispos».[1]

La falsa «solución» reformista busca derribar la estructura jerárquica de la Iglesia, despojando a los obispos de la autoridad episcopal y convirtiéndolos en simples funcionarios eclesiásticos, empoderando a los laicos, bajo la premisa de que los obispos, que son responsables de la crisis, son incapaces de sacar a la Iglesia de ella.

Por otra parte, va en ascenso la tendencia, y exigencia, de sectores modernistas intraeclesiales en Austria, Holanda, Bélgica y especialmente en Alemania, que buscan otorgar a los fieles la calidad sacerdotal de inspiración luterana.
I. DEMOCRATIZACIÓN DE LA IGLESIA
En el siglo XIV, Marsilio de Padua, llamado el precursor del laicismo, en su libro Defensor pacis, sostuvo erróneamente que todo poder eclesiástico reside en el pueblo cristiano y en el Emperador como su representante. Esta doctrina fue condenada por el Papa Juan XXII como contraria a las Sagradas Escrituras, peligrosa para la fe católica, herética y erróneay sus autores como indudablemente herejes e incluso heresiarcas.

El escrito de Marsilio de Padua en su mayor parte se ocupa directa o indirectamente de debilitar el poder pontificio. De manera tajante Defensor de la paz, afirma entre otros aspectos, que la Iglesia es sólo secundariamente una organización; primariamente es la comunidad de los fieles, en la cual predomina la igualdad.

Posteriormente en el siglo XVII, Edmond Richer, en su De Ecclesiastica et Politica Potestate (sobre el poder eclesiástico y político), asumió el error de que la plenitud del poder eclesiástico reside en la Iglesia en su conjunto, que luego delega a los sacerdotes y obispos. Por lo tanto, el Papa sería simplemente el jefe ministerial de la Iglesia y sujeto al colegio de obispos.

Los Santos Padres condenaron esos errores conocidos como galicanismojansenismo y febronianismo.

«Que la Iglesia, como institución, no es una sociedad democrática sino jerárquica, fue definida por Pío VI contra el Sínodo de Pistoia (Denzinger 1502); contra los protestantes por el Concilio de Trento (Denzinger 960, 966); contra los modernistas por San Pío X (Denzinger 2145, 3); y contra los innovadores por el Concilio Vaticano I (Denzinger 1827s). Por lo tanto, se puede llamar una verdad definida de fe».[2]

II. DOCTRINA PROTESTANTE
La idea protestante, que va tomando carta de ciudadanía, aceptada y exigida como se dice más arriba, por sectores laicales, y propulsada por sacerdotes y obispos es la pretendida elección de los candidatos al sacerdocio por parte de la comunidad de fieles. La elección por la comunidad es una de las manifestaciones del proceso de la democratización de la Iglesia. Este principio protestante, ya desde hace años, opera en la Iglesia Católica respecto a las elecciones de los candidatos para diáconos y, cada vez, se insiste más en la introducción de elecciones de los candidatos al sacerdocio y para el episcopado. De esta manera se adapta, poco a poco, la posición protestante: es la comunidad de los fieles la que elige al candidato y la que le otorga el poder sacerdotal de los distintos grados, diaconal, presbiteral y episcopal; el sacerdocio mismo es reducido a las funciones delegadas por la comunidad.

Claro está que esta posición protestante es sólo una parte del concepto protestante de la Iglesia como «Iglesia del pueblo», es decir, una Iglesia horizontal, concepto ya profundamente introducido dentro de la Iglesia Católica.
Lutero negó la distinción fundamental entre los clérigos y los laicos:
«Se ha descubierto que el Papa, los obispos y los monjes forman el estado eclesiástico, mientras los príncipes, señores, artesanos, paisanos forman el estado seglar. Es puro invento y mentira. En realidad, todos los cristianos son el estado eclesiástico; no se halla entre ellos ninguna diferencia, sino la función que ocupan (…) Cuando un Papa o un obispo unge, confiere la tonsura, ordena, consagra, se viste de otra manera que los laicos, puede hacer unos embusteros o ídolos ungidos, pero nunca un cristiano o eclesiástico (…) todo lo que sale del bautismo puede jactarse  de ser consagrado sacerdote, obispo o Papa aunque no esta función no conviene a todos».[3] Por tanto, Lutero rechaza el sacramento del Orden sagrado, y defiende el concepto de sacerdocio universal.

De esta manera se rompe con el principio básico del sacerdocio católico, según el cual uno se hace sacerdote sólo por recibir la vocación directa de parte de Cristo.[4]

III. DOCTRINA CATÓLICA
El bautismo recibido válidamente (aunque sea de manera indigna) imprime en el alma del que lo recibe una marca espiritual indeleble, el carácter bautismal; y por eso este sacramento no se puede repetir (de fe).[5]

Como el carácter sacramental representa una semejanza con el Sumo Sacerdote Jesucristo y una participación de su sacerdocio («signum configurativum»), el bautizado queda incorporado al Cuerpo Místico de Cristo, a la Iglesia, por ese carácter bautismal.

El bautizado recibe, en virtud del carácter bautismal, la facultad y el derecho de participar pasivamente en el sacerdocio de Cristo, es decir, de recibir todos los demás sacramentos («sacramentorum ianua ac fundamentum») y a todos los dones de gracia y verdad que Cristo confió a su Iglesia («signum obligativum»).[6]

Contra la doctrina protestante del sacerdocio universal de los laicos, el concilio de Trento declaró que existe en la Iglesia un sacerdocio visible y externo (Dz 961), una jerarquía instituida por ordenación divina (Dz 966), es decir, un sacerdocio especial y un especial estado sacerdotal («ordo in esse»), esencialmente distinto del laical. En este estado sacerdotal se ingresa por medio de un sacramento especial, el sacramento del orden («ordo in fieri seu ordinatio»).

La doctrina católica, según la cual uno recibe su vocación sacerdotal de Dios y el poder sacerdotal de Cristo, Sumo y Eterno Sacerdote, es decir, por la participación en el único sacerdocio, el de Cristo, está siendo reemplazada por la posición protestante.
El dogma católico atribuye al sacerdote una diferencia con el laico no sólo funcional, sino esencial y ontológica, debida al carácter impreso en el alma por el sacramento del orden. La nueva teología, sin embargo, reavivando las señaladas antiguas pretensiones heréticas que confluyeron después en la abolición luterana del sacerdocio, oculta la distancia existente entre el sacerdocio universal de los fieles bautizados, y el sacerdocio sacramental que solamente pertenece a los sacerdotes.
Gracias a la ordenación se hace capaz de actos in persona Christi de los cuales los laicos son incapaces; los principales son la presencia eucarística y la absolución de los pecados.
La tendencia de la nueva teología consiste en disolver el sacerdocio ordenado en el común de los fieles, reduciendo al sacerdote al estatuto común del cristiano.

Se niega así la distinción entre las esencias, rechazando el sacerdocio sacramental y haciendo del cuerpo de la Iglesia (orgánico y diferenciado) un cuerpo homogéneo y uniforme.[7]

El Papa Pío XII en la encíclica Mediator Dei, condenó las desviaciones, reafirmando la diferencia esencial entre el sacerdocio ministerial y el sacerdocio de los fieles.

– SÓLO EL SACERDOTE ORDENADO, ES MINISTRO PROPIO DEL SANTO SACRIFICIO:
Sólo a los Apóstoles y a los que han recibido debidamente de ellos y sus sucesores la imposición de las manos les está conferida la potestad sacerdotal (…) Este sacerdocio no se transmite ni por herencia ni por descendencia carnal; no nace de la comunidad cristiana, ni por delegación del pueblo; (…) el Sacramento del Orden distingue a los sacerdotes de todos los demás cristianos no dotados de este carisma; y es que sólo ellos, por vocación sobrenatural, han entrado en el augusto ministerio que los consagra al servicio del altar y hace de ellos instrumentos divinos, por los cuales se comunica la vida sobrenatural al Cuerpo Místico de Jesucristo.[8]

– LOS FIELES NO GOZAN DE LA POTESTAD SACERDOTAL:
Empero, por el hecho de que los fieles cristianos participen en el Sacrificio Eucarístico, no por eso gozan también de la potestad sacerdotal (…) hay en la actualidad, Venerables Hermanos, quienes colindando con errores ya condenados, enseñan que en el Nuevo Testamento, por Sacerdocio sólo se entiende el que atañe a todos los bautizados; y que la orden que Jesucristo dio a los Apóstoles en su última Cena, de hacer lo que Él mismo había hecho, se refiere directamente a toda la Iglesia de los fieles y que sólo más adelante se llegó al Sacerdocio Jerárquico. Por lo cual creen que el pueblo tiene verdadero poder sacerdotal y que los sacerdotes obran solamente en virtud de una delegación de la comunidad. (…) No hay para qué explicar cuánto se oponen esos capciosos errores a las verdades que ya hemos dejado establecidas.[9]

– EL SACERDOCIO DE LOS FIELES CONSISTE EN UNIRSE INTERIORMENTE A LA OBLACIÓN Y OFRECERSE COMO VÍCTIMAS:
La verdadera participación de los fieles consiste en inmolarse como víctimas y tener un ardiente deseo de configurarse estrechamente con Jesucristo que ha sufrido crudelísimos dolores (…), ofreciéndose con y por Jesucristo, Sumo Sacerdote, como una hostia espiritual.[10]
Lo que está en juego de aquí en adelante: la mantención de la Iglesia como la quiso Jesucristo, jerárquica y asentada sobre Pedro y los apóstoles, o democrática y dominada por fuerzas espurias.[11]
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[1] Cf.: I have weathered other storms, TFP Committee on American Isues.
[2] SALAVERRI S.I., P. JOACHIM, De Ecclesia Christi, in VV.AA, Sacrae Theologiae Summa, Vol. I, no. 130. Citado en I have weathered other storms.
[3] LUTERO, MARTIN, Manifiesto a la nobleza cristiana de Alemania, 1520.
[4] Cf.: PORADOWSKI, Pbro. Dr. MIGUEL, La Actual Protestantización del Catolicismo.
[5] Dz 852, 867.
[6] OTT, LUDWIG, Manual de teología dogmática.
[7] Cf.: AMERIO, ROMANO, Iota Unum.
[8] PAPA PIO XII, Encíclica Mediator Dei, n° 40.
[9] Ibid. 81-83.
[10] Ibid. 92 y 97.

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