El Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña (CCMC)
ha aprobado un Documento de Posición donde define cuáles son
los principios que deben seguir los médicos que indican terapias no
convencionales “para garantizar el ejercicio correcto de la medicina”.
Advierten de que las terapias
complementarias nunca pueden sustituir a un tratamiento médico validado,
según informa Redacción Médica.
Los principios que propone el
CCMC se han recogido en un decálogo y, según el consejo, “parten de la base general de que cualquier profesional
de la medicina debe guiarse, de manera inexcusable, por criterios científicos consensuados y actualizados y
de que el abordaje de cualquier enfermedad debe comprender, de manera
inequívoca y fundamental, la indicación de tratamientos basados en los
conocimientos médicos validados”.
Así, indican que “las terapias de carácter complementario, aunque pretendan
contribuir a mejorar el estado del paciente, no pueden ocupar nunca un papel principal ni exclusivo en el manejo de
ninguna patología”. Y, por
supuesto, se rechazan explícitamente las propuestas que defienden el origen
emocional de las enfermedades.
El decálogo complementa las normas profesionales y deontológicas ya
existentes en esta materia y “será de
obligado cumplimiento por parte de los médicos en el caso de que indiquen
terapias complementarias”.
EL DECÁLOGO
1. Se debe realizar siempre a los
pacientes atendidos una anamnesis correcta y una exploración clínica en función
del motivo de consulta y se debe hacer una orientación diagnóstica lo más precisa posible, basándose en
criterios comunes de la clasificación de las enfermedades como entidades nosológicas
y no solo en diagnósticos comprendidos en el marco de la terapia complementaria
de manera exclusiva o excluyente.
2. Si el paciente demanda
tratamientos que tienen carácter complementario, debe ser advertido de forma clara y comprensible del carácter no
convencional y complementario del tratamiento para la enfermedad
que le afecta.
3. El médico deberá informar al
paciente de la necesidad de no
abandonar ningún tratamiento necesario y advertirle de forma clara
de que el tratamiento
complementario no es una alternativa terapéutica y de que no es
sustitutorio de ningún tratamiento.
4. Los tratamientos sin
validación científica o que no figuren en guías o manuales de práctica clínica
u otro documento equivalente apoyado por una sociedad científica para procesos
específicos se deben pautar siempre de forma complementaria al tratamiento de
base y con la pertinente derivación o coordinación con el médico que realice el
seguimiento y el tratamiento principal.
5. Todo médico debe velar por
que la aplicación de terapias complementarias no interfiera con la acción de los tratamientos principales ni
pueda perjudicar al paciente por su enfermedad.
6. El médico, previo a
recomendar o pautar tratamientos complementarios, si no tuviera conocimientos
suficientes sobre los tratamientos validados en las guías clínicas o no tuviera
suficiente experiencia de uso de los mismos para la enfermedad que sufre el
paciente, deberá derivarlo a un colega con la experiencia necesaria para
garantizar una atención médica de calidad, velando por la seguridad clínica del
paciente.
7. Quedan excluidos del concepto de terapias complementarias aquellos
procedimientos (Nueva Medicina Germánica, Método Hamer, Bioneuroemoción, la
dieta milagrosa del pH, etc.) que inducen de forma clara al abandono de los
tratamientos que la
comunidad médica recomienda, así como el uso de procedimientos o productos no
autorizados o prohibidos de forma explícita para el uso humano, como, por
ejemplo, el MMS o derivados del muérdago, entre otros.
8. Es necesario mantener
un compromiso de formación
continuada, basada también en actualizaciones del conocimiento
científico validado para las patologías atendidas, además de la formación que
se pueda llevar a cabo en relación con terapias complementarias que practique
el profesional.
9. Las acciones de divulgación o
formación en cualquier terapia complementaria deben advertir de manera clara e
inequívoca del papel
complementario que tienen los tratamientos e incluir siempre cuáles
son las recomendaciones vigentes en la comunidad médica para cada patología.
10. Los profesionales deben
mantener un compromiso con la
investigación biomédica en aquellos campos en los que el
conocimiento médico debe progresar para generar evidencias válidas.
Secretaría RIES
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