Hay
laicos que han sido preparados para el ministerio de liberación, pero el
exorcismo sólo lo puede hacer un sacerdote.
"Y llamando a sus
doce discípulos, les dio poder sobre los espíritus inmundos para expulsarlos y
para sanar toda enfermedad y toda dolencia" (Mateo 10, 1).
Este texto nos ilumina para
entender que solamente corresponde
a los obispos, sucesores de los apóstoles, ejercer este ministerio de expulsar
a los demonios. Pero los obispos pueden delegar ésta función en un sacerdote.
Por tanto según las normas
canónicas los exorcismos sólo los realizará, exclusiva y legítimamente, un
sacerdote, quien debe ejercer este ministerio con licencia peculiar y expresa ya sea de una manera estable, ya
sea para un caso especial, concedida por el Ordinario del lugar (por ejemplo el
obispo).
Sólo el ordinario del lugar es
quien tiene la autoridad o la potestad de nombrar a los sacerdotes exorcistas
(can 1172, 1). Y no cualquier sacerdote. El sacerdote exorcista debe reunir cuatro condiciones. Se exige que sea
piadoso, docto, prudente y con integridad de vida (can.
1172, 2).
Los
laicos única y exclusivamente pueden hacer presencia en un exorcismo, pero para
ayudar en lo que sea necesario, incluyendo obviamente la oración de liberación; ellos nunca pueden ni nunca deben hacer exorcismos.
Entonces una cosa es un exorcismo y otra es hacer una
oración de liberación. En algunas diócesis, bajo la dirección de un
sacerdote, hay laicos que han sido
preparados para el ministerio de liberación (que no es lo mismo que
exorcismo). La liberación es oración para liberar de la opresión del demonio
pero sin utilizar el ritual de exorcismo.
Todo sacerdote en virtud de su
ordenación participa del sacerdocio ministerial de Cristo y tiene con Él la
misión de liberar a los fieles de toda influencia demoníaca, con la
evangelización y administración de los sacramentos. Por lo mismo, todo
sacerdote es exorcista en cuanto a la Pastoral de Liberación dentro de su
misión de evangelizar, y esto, por mandato de Cristo.
Los exorcismos se realizan para
alejar al demonio de alguna persona (incluidos los acatólicos, herejes y
excomulgados), lugar, cosa o animal. Hay
dos clases de exorcismos: el público y el privado.
Será público si tiene el carácter
o forma de sacramental, cuando se hace en nombre de la Iglesia por una persona
legítima o sacerdote con la licencia y según las normas del rito. Los
exorcismos privados o menores son los que se realizan con forma de
intercesión y súplica.
Los exorcismos públicos se
dividen en solemnes y simples. Los solemnes son los exorcismos previstos para
los casos de obsesión, infestación, posesión y opresión diabólica y se realizan
de forma imperativa. Los exorcismos simples son los que hacen parte de los
ritos del catecumenado y del bautismo; y estos los realiza cualquier ministro
ordenado con potestad.
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