El Magisterio de la
Iglesia ha enseñado de modo uniforme que la anticoncepción es siempre materia
de pecado grave ¿Por qué?
Por: P. Miguel A. Fuente, IVE | Fuente: TeologoResponde.org
Por: P. Miguel A. Fuente, IVE | Fuente: TeologoResponde.org
Pregunta:
Al confesarme, un sacerdote me dijo que la
anticoncepción es pecado grave. En el momento no me animé a preguntarle si
siempre era pecado mortal, o en algún caso era sólo pecado venial. ¿Podría
Usted contestarme?
Respuesta:
Estimado:
Debo responderle que el Magisterio de la Iglesia
-desde la Encíclica Casti connubii,
de Pío XI, pasando por el Concilio Vaticano II y Pablo VI, hasta los diversos
documentos de Juan Pablo II- ha enseñado de modo uniforme que la anticoncepción
es siempre materia de pecado grave.
Tenga en cuenta, para entender esto, que materia
grave de pecado se consideran aquellos valores fundamentales de la persona que
están protegidos por los diez mandamientos (precisamente por su importancia
para la perfección de la persona humana, es decir, para que la persona alcance
los fines que la perfeccionan)[1].
El Magisterio de la Iglesia, pues, enseña que la
anticoncepción es materia de pecado grave al afirmar que: 1º en el acto conyugal están en juego valores
importantes, y 2º que los anticonceptivos ponen seriamente en
peligro tales valores.
En este sentido, la Gaudium et spes presenta
el acto conyugal como la expresión privilegiada y típicamente propia del amor
conyugal y, a su vez, dice que el amor conyugal está constitucionalmente ordenado
a la transmisión de la vida, o procreación[2]. Amor y vida son, por consiguiente, los valores centrales que están en
juego en el amor conyugal. Y esos valores son evidentemente de suma
importancia.
Pablo VI expresa substancialmente lo mismo
poniendo de relieve los ‘significados’ del
acto conyugal y fundando las exigencias éticas en el principio de la
inseparabilidad de los dos significados que encierra en su estructura el acto,
es decir, el significado unitivo y el procreador: ‘Esta
doctrina… está fundada sobre la inseparable conexión… entre los dos
significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado
procreador… Efectivamente, el acto conyugal, por su íntima estructura, mientras
une profundamente a los esposos, los hace aptos para la generación de nuevas
vidas, según las leyes inscritas en el ser mismo del hombre y de la mujer.
Salvaguardando ambos aspectos esenciales, unitivo y procreador, el acto
conyugal conserva íntegro el sentido de amor mutuo y verdadero y su ordenación
a la altísima vocación del hombre a la paternidad'[3]. El mismo Papa
también señalaba la totalidad y la fecundidad entre las cualidades esenciales e
indispensables que debe tener el amor para ser auténticamente conyugal. En
efecto, la totalidad no permite exclusiones o reservas de ninguna clase; y la
fecundidad es una orientación hacia la vida por transmitir[4].
En esta línea, Juan Pablo II, en la Familiaris Consortio llega
a afirmar que ‘la donación física total sería un
engaño si no fuese signo y fruto de una donación en la que está presente toda
la persona…; si la persona se reservase algo… ya no se donaría totalmente'[5].
Teniendo estas expresiones en cuenta, puede
luego el mismo Juan Pablo II, al tocar el tema de la anticoncepción, enumerar
todos los valores que quedan destruidos por la anticoncepción: ‘Cuando los esposos, mediante el recurso a la
anticoncepción, separan estos dos significados que Dios Creador ha inscrito en
el ser del hombre y de la mujer y en el dinamismo de su comunión sexual, se
comportan como ‘árbitros’ del designio divino y ‘manipulan’
y envilecen la sexualidad humana, y con ella la propia persona del
cónyuge, alterando su valor de donación ‘total’.
Así, al lenguaje natural que expresa la recíproca donación total de los
esposos, la anticoncepción impone un lenguaje objetivamente contradictorio, es
decir, el de no darse al otro totalmente: se produce no sólo el rechazo
positivo de la apertura a la vida, sino también una falsificación de la verdad
interior del amor conyugal, llamado a entregarse en plenitud personal'[6].
Quedan claramente
enumerados los valores que la anticoncepción compromete objetivamente:
1º La no
aceptación, por parte de los cónyuges, de su misión de ‘ministros’
y ‘colaboradores’ de Dios en la
transmisión de la vida.
2º La
pretensión de convertirse en ‘árbitros’ del
designio divino.
3º El
envilecimiento de la sexualidad humana y, por tanto, de la propia persona y de
la del cónyuge.
4º La
falsificación del lenguaje sexual hasta hacerlo objetivamente contradictorio.
5º La
eliminación de toda referencia al valor ‘vida’.
6º La
herida mortal (‘falsificación de la verdad
interior’) del amor conyugal mismo.
El ‘no’ a la
vida -dice Lino Ciccone- que el uso de un
anticonceptivo grita con su misma denominación, se presenta así también, y ante
todo, como un ‘no a Dios’. Y recuerda el modo en que lo advirtió Pablo
VI en la Humanae vitae: ‘Un acto de amor recíproco que prejuzgue la disponibilidad
a transmitir la vida que Dios creador, según particulares leyes, ha puesto en
él, está en contradicción con el designio constitutivo del matrimonio y con la
voluntad del Autor de la vida. Usar este don divino destruyendo su significado
y su finalidad, aun sólo parcialmente, es contradecir la naturaleza del hombre
y de la mujer y sus más íntimas relaciones, y por lo mismo es contradecir
también el plan de Dios y su voluntad'[7].
Juan Pablo II no duda en decir que la dignidad
de la persona queda radicalmente en peligro en el comportamiento anticonceptivo
porque en la persona, que tiene como ‘constitución
fundamental’ el dominio de sí, se aplica el modelo propio de la relación
con las cosas, que es una relación de dominio, privando así al hombre ‘de la subjetividad que le es propia’ y haciendo
de él ‘un objeto de manipulación'[8].
Se aplica aquí, por tanto, el principio del
Magisterio que dice: ‘El orden moral de la
sexualidad comporta para la vida humana valores tan elevados que toda violación
directa de este orden es objetivamente grave'[9].
Que la anticoncepción constituye una violación
directa del orden moral de la sexualidad es una enseñanza inequívoca y
constante del Magisterio, dado que la califica como ‘intrínsecamente
malo'[10].
Se pueden hallar más confirmaciones de la
gravedad moral objetiva de la anticoncepción prestando atención a algunas
características que ese comportamiento ha asumido en nuestro tiempo.
La anticoncepción, al extenderse, ha originado
lo que Juan Pablo II llama ‘conjura contra la vida'[11].
Una conjura, prosigue el Papa, ‘que ve implicadas
incluso a instituciones internacionales, dedicadas a alentar y programar
auténticas campañas de difusión de la anticoncepción, la esterilización y el
aborto'[12].
La difusión en las masas de la anticoncepción ha
sido el primer paso de un camino de muerte. De allí ha derivado pronto una
vasta ‘mentalidad anticonceptiva’ es decir,
una amplia actitud de rechazo de todo hijo no querido, abriendo así el camino a
una gran aceptación social de la esterilización y del aborto. A su vez, esto
está constituyendo la premisa para la aceptación social de la eutanasia y de su
legitimación jurídica.
La anticoncepción en nuestro mundo contemporáneo
ha desempeñado y desempeña un papel muy importante en el desarrollo de la
asoladora ‘cultura de la muerte’, cuyas
víctimas se cuentan por decenas de millones cada año. Una cultura que, además,
envilece la sexualidad humana y desvirtúa el amor incluso en su forma más
sublime, como es el amor materno, cuando confiere a la madre el absurdo derecho
de matar al niño que lleva en su seno.
Los cónyuges que eligen la anticoncepción, lo
sepan o no, contribuyen a consolidar y potenciar en su fuente esa cultura. se
entiende de esta manera el juicio negativo del Magisterio.
Bibliografía
para profundizar:
Lino Ciccone, En el Magisterio universal
de la Iglesia, ¿la anticoncepción es considerada materia grave o leve de
pecado? (L’OR, 24/01/97, pp. 9-10).
Lino Ciccone, Humanae vitae. Analisi e
commento, Ed. Internazionali, s/f.
Pontificio Consejo para la Familia, Vademecum
para los Confesores sobre algunos temas de moral conyugal, 1997.
______________________________________________
Fuentes, Miguel, La
‘Humanae vitae’ de Pablo VI: esencia de un documento profético, Diálogo 21
(1998), 101-117.
[1] Cf. Catecismo
de la Iglesia Católica, nn. 1858 y 2072.
[2] Cf. Gaudium
et spes, nn. 49 y 50.
[3] Humanae vitae,
n. 12.
[4] Cf. Ibid., n. 9.
[5] Familiaris
consortio, n. 11.
[6] Ibid., n.
32.
[7] Humanae vitae,
n. 13.
[8] Juan Pablo II,
L’OR, 26/08/84, p. 3.
[9] Congregación para
la Doctrina de la Fe, Persona humana, n. 10.
[10] Catecismo de
la Iglesia Católica, n. 2370.
[11] Evangelium
Vitae, 12, 17.
[12] Ibid., 17.
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