Este artículo
presenta los diferentes hitos históricos que fueron configurando la
disposición del celibato tal como la conocemos actualmente.
Por: Andrés Jaromezuk | Fuente: Catholic-link.com
Por: Andrés Jaromezuk | Fuente: Catholic-link.com
Existe un mito bastante difundido según el cual
el celibato sacerdotal, lejos
de tener un origen evangélico, habría
sido impuesto cerca del siglo XII para contrarrestar la vida
licenciosa del clero. Claro que no por falso (porque lo es) este error
histórico ha dejado de pronunciarse en cada ocasión en que se
debate la continencia de los llamados al sacerdocio.
Para introducirnos en el tema hay que tener en
claro que las disposiciones respecto al celibato no son un dogma. Esto
significa que puede discutirse sobre el asunto sin temor a vulnerar el credo
pero teniendo prudencia por la profundidad histórica de esta práctica y por su
origen bíblico. Como decíamos, el mito es falso. La práctica del celibato se remonta hasta los primeros años del cristianismo (el
propio Cristo fue célibe) y la norma particular se fue configurando con el
correr de los siglos.
Lo primero que salta a la vista es la diferencia
existente entre la disciplina de las Iglesias Orientales y las Iglesias
Latinas. En la primeras, un hombre casado puede ordenarse sacerdote (pero no
casarse después de ordenado), en tanto los obispos deben guardar la continencia
al igual que en las Latinas. Tal diferencia no radica en que las iglesias de
Oriente hayan conservado la tradición originaria en tanto las occidentales la
habrían abandonado sino más bien lo inverso. Allí ha faltado una autoridad
universal que coordinara la disciplina general y tomara medidas efectivas de
control, vigilancia y ejecución; como lo hicieran los Romanos Pontífices.
En este
artículo encontrarás los diferentes hitos históricos que
fueron configurando la disposición del celibato tal como la conocemos
actualmente y descubrirás que esta práctica se remonta en el tiempo hasta el
mismo momento en que Cristo predicó. Si te interesa el tema puedes
consultar «El celibato eclesiástico. Su historia y
fundamentos teológicos» del Cardenal Alfons Stickler o «Historia de la Iglesia» de Hubert
Jedin. ¡Espero que te sirva para
conocer la historia de nuestra Iglesia!
1. El origen Evangélico
Las
primeras menciones concretas al celibato las encontramos en las propia
sugerencia de Jesús a los Apóstoles (Lc 18, 28-30). La
referencia no tiene la forma de un precepto, pero sí un deseo manifiesto de
Cristo para todos los que quieran llevar una plena vida evangélica. La
siguiente alusión a la continencia la encontramos en la Primera Carta del
Apóstol San Pablo a los cristianos de Corinto (I Cor 7, 7-8). Vuelve a aparecer
aquí una invitación a la comunidad para que adopten voluntariamente una vida
célibe e imiten su comportamiento.
El ordenamiento jurídico de estas amplias
comunidades de la Iglesia estaba constituido por disposiciones y obligaciones
transmitidas sólo oralmente. La persecución esporádica de los primeros tres
siglos impidió, en cierta forma, que las leyes se expresaran por escrito.
Recién a partir del siglo IV surgirá una producción escrita relacionada con el
derecho y la literatura cristiana. Además de los testimonios presentes en
el Evangelio, la primera carta del Papa Clemente de Roma (?-97) de finales del
siglo I y principios del siglo II, ya describe la práctica de la
continencia, así como también las cartas de Ignacio de Antioquía (35-98/110)
a los esmirniotas y la carta a Policarpo relatan la existencia de vírgenes que
tienen prestigio dentro de sus comunidades.
2. El ascetismo en el Siglo III
Fuentes
del siglo III dan testimonio de la existencia de cristianos de ambos sexos que
renuncian al matrimonio, se distancian del mundo profano y viven
en familias o se ponen a disposición de la Iglesia. En esta centuria, Clemente
de Alejandría (150-215/17) escribe su obra «Quis
Dives Salvetur» (¿Quién será el hombre rico que se salvará?) donde
llama a los ascetas “los escogidos de los escogidos” o Tertuliano con su «De Exhortatione Castitatis» (Exhortación a la
castidad) cuyo título es por demás sugerente respecto al tema. De este
ascetismo derivará el primitivo monacato de oriente cuyo célebre exponente
fuera San Antonio, así como del ideal de virginidad se desarrollarán las bases
del futuro celibato clerical.
3. El Concilio de Elvira
En el primer decenio del siglo IV, obispos y
sacerdotes de la Iglesia de España se reunieron en el centro diocesano de
Elvira para poner bajo una reglamentación común las circunscripciones
eclesiásticas de Hispania, perteneciente a la parte occidental del Imperio
Romano. Como durante el período
anterior, caracterizado por las persecuciones y la desorganización de la
Iglesia, muchos aspectos de la disciplina se habían relajado, el concilio
sancionó 81 cánones que reafirmaban el antiguo orden. El canon 33
del Concilio fue la primera ley expresa sobre el celibato al afirmar que
obispos, sacerdotes y diáconos debían abstenerse de sus mujeres y no engendrar
hijos. Caso contrario debían ser excluidos del estado clerical.
Es importante mencionar que muchos de los
clérigos mayores de la Iglesia de España eranviri probati, hombres casados
antes de ser ordenados como obispos, sacerdotes o diáconos. Sin embargo, a
partir del momento de la ordenación, todos estaban obligados a renunciar
al uso del matrimonio y a observar una perfecta
continencia. Lejos de ser una novedad, este canon fue una reacción contra
la inobservancia de una obligación tradicional. Si hubiese sido algo nuevo que
obligara a los ordenados a renunciar a su estado conyugal sin que existieran
disposiciones anteriores, se hubiesen desatado protestas legítimas, sobretodo
en un mundo tan apegado a lo legal como aquel Imperio Romano.
4. Los Concilios africanos
En el segundo Concilio de Cartago (actual Túnez)
del año 390 se expresó una declaración vinculante que quedó formalizada en el
Concilio de Cartago de 419 y que establecía que los tres grados (obispos, sacerdotes y diáconos) estaban ligados por la
ordenación a la obligación de la castidad y a la abstención de sus esposas. En
este punto se evidencia que gran parte del clero mayor estaba casado antes de
la ordenación, y que después de ella debían vivir en continencia. Además, entre
los textos de este concilio se establece una relación de la práctica del
celibato como una enseñanza de los Apóstoles y mencionada como una antigua
usanza. Aquí queda claro que existía una clara conciencia de la tradición del
celibato.
5. Las disposiciones de los Papas
Un
testimonio muy importante sobre la continencia de los clérigos lo brindan
diversas cartas dirigidas por los Papas a obispos de diferentes diócesis. Así
por ejemplo, una Cartadirecta del año 385 del Papa Siricio (384-399)
al obispo Himerio de Tarragona menciona que los sacerdotes y diáconos
que después de su ordenación engendran hijos, obran en contra de una ley
irrenunciable, que obliga a los clérigos mayores desde el inicio de la
Iglesia. De igual forma, Inocencio I (401-417) envía una carta Dominus
inter a los obispos de la Galia diciendo que muchos clérigos mayores
habían abandonado temerariamente la tradición de continencia y que un sínodo
celebrado en ocasión decidía que los obispos, sacerdotes y diáconos estaban
obligados por las Escrituras y la tradición de los padres a guardar la
continencia corporal. Con posterioridad a estos Pontífices, otros Papas como
León Magno (440-461) y Gregorio Magno (590-604) continuaron con la exhortación
al celibato.
Disposiciones como estas nos permiten reconocer
que junto al rol de los Concilios, de los cuales emanan las normas, entre ellas
la del celibato, aparece la acción orientadora y el cuidado universal de
los Romanos Pontífices. Además nos muestran cómo existía una unidad de fe y
disciplina entre las regiones de Europa y África que pertenecía al Patriarcado
de Roma.
6. La reforma gregoriana
Hacia el siglo XI, la Iglesia atravesó un
momento de crisis y de relajación de las costumbres que afectaron la
observancia del celibato. En materia moral, los dos grandes males de este
tiempo fueron la simonía, es decir, la compra de los oficios; y el nicolaísmo,
esto es, la extendida violación del celibato eclesiástico. Para remediar
esta situación, el Papa Gregorio VII emprendió un programa de cambios que dieron
origen a la célebre Reforma Gregoriana. Con respecto a la práctica de la
continencia, se impuso un mayor rigor a la hora de elegir los candidatos para
clérigos mayores así como también se impulsó una mejora en la formación del
cuerpo eclesiástico. En este sentido se fue limitado progresivamente la
aceptación de hombres casados para la ordenación.
Pocos años después, en el Segundo Concilio de Letrán de 1139, se dispuso que los
matrimonios contraídos por clérigos mayores, como también los de personas
consagradas mediante votos de vida religiosa, fueran no solo ilícitos sino
inválidos.
7. El Concilio de Trento
La Reforma Protestante que se desarrolló en el
siglo XVI y produjo la defección de numerosos clérigos que pasaron a engrosar
las filas de las nuevas corrientes religiosas luteranas, calvinistas o
anglicanas (entre otras), produjeron un nuevo golpe a la observancia de la
continencia. Algunos emperadores, reyes, príncipes e incluso
representantes de la Iglesia se empeñaron en obtener un aligeramiento o una dispensa
de dicho deber para intentar recuperar a los sacerdotes apóstatas. Sin embargo,
una comisión instituida por los Romanos Pontífices desestimó tal posibilidad al
concluir que el origen del celibato era apostólico y no era una ley
puramente eclesiástica.
La
decisión más importante del Concilio de Trento (1545-1563) para salvaguardar el
celibato eclesiástico fue la fundación de seminarios para la formación de
sacerdotes (canon 18 de la sesión XXIII). Esta prescripción
permitió ir prescindiendo de la ordenación de hombres casados y contar con
sacerdotes célibes formados y fortalecidos en el ministerio.
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