Los Estados no están obligados a lo dicho por la
Suprema Corte
Por: Antonio Gutiérrez Trejo | Fuente: http://www.yoinfluyo.com/
Los congresos de los estados no están obligados a modificar sus leyes para incorporar a sus ordenamientos la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de matrimonios homosexuales, ya que cuentan con mecanismos para reconsiderarla y revertirla, aseguró Mariano Azuela Güitrón, Ministro en Retiro de la SCJN.
Por: Antonio Gutiérrez Trejo | Fuente: http://www.yoinfluyo.com/
Los congresos de los estados no están obligados a modificar sus leyes para incorporar a sus ordenamientos la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de matrimonios homosexuales, ya que cuentan con mecanismos para reconsiderarla y revertirla, aseguró Mariano Azuela Güitrón, Ministro en Retiro de la SCJN.
Precisó que el Articulo 94 de la Constitución General de la República
deja muy claro qué instancias del sistema de poderes e instituciones del Estado
tienen la obligatoriedad de instrumentar la aplicación de las jurisprudencias
de la Suprema Corte.
Quien fuera Presidente del Máximo Tribunal de Justicia del país, de
enero de 2003 a enero de 2007, añadió que los congresos de los estados respetan
la norma jurídica acordada por la Corte, pero no tienen la obligación de
instrumentarla.
Durante su exposición en el Foro sobre Matrimonios Igualitarios,
organizado por el Congreso de Querétaro, donde se discute una iniciativa para
modificar las leyes secundarias locales con el fin de incorporar la figura del
matrimonio del mismo sexo, Azuela Güitrón precisó que hay formas para que la
Suprema Corte reconsidere la jurisprudencia.
“No está obligada la legislatura por la jurisprudencia aunque hable en
general de los estados y demás, es solamente vinculatoria con quienes fueron
parte de ese acuerdo. Esto no lo puedo decir con la certeza de que así se va a
interpretar por la Corte”, admitió.
El Ministro en Retiro expuso que no comparte muchos de los criterios de
la jurisprudencia, pero ello no significa que sea errónea, toda vez que se
llevó a cabo de acuerdo con el procedimiento establecido, pero no es de
observancia obligatoria.
FACULTAD DE PLANTEAR UNA CONTROVERSIA O ACCIÓN
DE INCONSTITUCIONALIDAD
Afirmó que el estado de Querétaro en un momento
dado podría plantear una controversia a la Federación, y quien la resolvería sería
la Suprema Corte; además de presentar una acción de inconstitucionalidad, ya
que la Constitución también les otorga dichas facultades.
Asimismo, manifestó que desde su punto de vista
existe “mucha tela de donde cortar” respecto a la jurisprudencia de la Corte y
que derivado de la determinación de las Legislaturas locales se podría
solicitar la revisión de la misma.
Resaltó que en dicha tesis se señala que no
existe razón de índole constitucional para no reconocer los matrimonios
homosexuales, y que pueden adecuarse perfectamente a los argumentos actuales de
la institución matrimonial. Sin embargo, puntualizó que son las Legislaturas
estatales las que determinarán si quieren hacer alguna reforma, y qué es lo que
quieren sostener.
Comentó que si lo que establecen es contrario a
lo que dicen las jurisprudencias de la Corte, por diferentes motivos van a
poderse impugnar sus normas ante la justicia federal; “si la mayoría piensa que
está muy bien y legislan como aquí se señala, no habrá problema; pero si estiman
que no comparten esos puntos de vista, porque con todo respeto a la tesis que
leí, cuando dice que no es descuido de las Legislaturas, yo diría que las
Legislaturas de algún modo deben tratar de reflejar lo que es el sentido de su
comunidad”.
AUTONOMÍA DE LOS CONGRESOS
Explicó, además, que si en el estado de
Querétaro piensan que no son iguales el matrimonio heterosexual y el matrimonio
homosexual, eso lo deberán reflejar en la Ley. Sin embargo, insistió que si así
se expresa y no se argumentan otras cosas, es “crónica de una muerte
anunciada”.
Incluso, citó los artículos de la Constitución
Política que confieren las facultades de cada uno de los Poderes del Estado,
así como de las Legislaturas estatales, a fin de que éstas puedan tomar sus
propias decisiones.
En su amplia ponencia, Azuela Güitrón apuntó que
hoy vivimos un mundo en el que privan dos tendencias: el relativismo y el
liberalismo individualista; donde el primero, dijo, paradójicamente establece
algo que no es relativo, a saber que todo es relativo, donde hay la posibilidad
de que cada quien vea las cosas como mejor considere y así lo sostenga;
mientras que el liberalismo individualista, añadió, lleva tristemente a esas
situaciones de una sociedad de contrastes.
En su momento se centró en dos aspectos
fundamentales; el primero que gira en torno al derecho y sus valores, mismo que
se basa en tres partes básicas: la justicia, el bien común y la seguridad
jurídica.
NO SON IGUALES LAS PAREJAS HETEROSEXUALES Y
HOMOSEXUALES
Destacó que si bien una pareja heterosexual y
una homosexual son idénticas, no son iguales debido a que por sus diferencias
biológicas, una puede procrear y la otra no; sin embargo, manifestó que en este
foro se trataría de explicar la situación de la soberanía popular, que se reconoce
en un artículo de la Constitución Mexicana, y luego tratar de ver cómo funciona
esa soberanía y las demás características que el pueblo ha querido dar al
Estado Mexicano, entre ellas, las relaciones entre Legislaturas estatales y
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Lo anterior, con el objetivo de entender lo que
quiere la Soberanía y lo que manifiesta la Constitución Política sobre el tema
de estudio.
Añadió que no sólo la Legislatura de Querétaro
se ha preocupado al respecto, ya que hay otras que no han llegado a una acción
de inconstitucionalidad. Sin embargo, enfatizó que la mayoría es la que va a
decidir qué se hace.
“En materia política hay tres objetivos
consecutivos: qué es lo que en primer lugar se debe buscar, el ideal, pero no
se puede conseguir ese ideal; hay que buscar el mayor bien posible; y si no
podemos tampoco lograr el mayor bien posible, entonces conformémonos con el
menor mal posible; porque el político tiene que actuar, tomar una decisión y
saber medir perfectamente las consecuencias”.
Es importante señalar que el foro fue organizado
por las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia; Igualdad
de Género, Grupos Vulnerables y Discriminados; Derechos Humanos y Acceso a la
Información Pública; y de la Familia de la LVII Legislatura del Estado de
Querétaro, presidida por el diputado Luis Bernardo Nava Guerrero, en el que se
invitó al Ministro en Retiro de la Corte, Mariano Azuela Güitrón, para analizar
los elementos jurídicos respecto al tema relacionado con las parejas del mismo
sexo, como parte de la agenda de mesas de trabajo a la que se comprometieron
las Comisiones Unidas.
CONTEXTO
Cabe recordar que el pasado 13 de junio la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la
Jurisprudencia 43/2015, al declarar inconstitucionales los Códigos Civiles de
aquellos estados donde el matrimonio es considerado sólo como la unión entre
hombre y mujer, con el propósito de la procreación.
Al argumentar la jurisprudencia, la SCJN expuso
que vincular los requisitos del matrimonio con las preferencias sexuales y la
procreación es discriminatorio, porque excluye a las parejas homosexuales.
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