La Justicia mexicana declaró inconstitucional en 2021 la prohibición absoluta del aborto en los códigos penales de los 32 estados mexicanos, pero desde entonces solo 11 han modificado sus leyes.
La Justicia mexicana, como la
española -tras el reciente fallo en este mismo sentido del Constitucional-, puede que sea un poco menos justicia que ayer. La
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México eliminó
este miércoles el delito del aborto del Código Penal Federal.
La ley contemplaba de uno a tres
años de cárcel para los que "hagan abortar a una
mujer", pese a que lo
realizaran con su consentimiento. También incluía de dos a cinco años de
inhabilitación a los médicos que participaran en este crimen.
SOLO
11 ESTADOS SE HAN PLEGADO
Los jueces argumentan para su
despenalización que la prohibición de matar fetos en los vientres de sus madres
"viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar".
Antes de esta sentencia, la
Justicia mexicana declaró inconstitucional en septiembre de 2021 la prohibición
absoluta del aborto en los códigos penales de los 32 estados mexicanos, pero
desde entonces solo 11 han modificado sus
leyes para acatar el criterio de la Corte. A
partir de este dictamen, el Congreso Federal de México deberá ajustar su marco
normativo.
El grupo feminista que logró este
fallo ha comentado en un comunicado que el personal de salud que realice este
tipo de asistencias no podrá ser "criminalizado".
"Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para
todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la corte", explican.
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