Hace no mucho me contaba una persona que le habían pedido integrarse en el equipo de liturgia de su parroquia: preparar las misas y eso, ya sabes, me dijo. Preparar y eso. Se me ocurrió preguntar si tendrían formación. No estaba previsto. Mi respuesta es que uno no puede pertenecer a un grupo de liturgia en su parroquia o pretender colaborar en la preparación de las celebraciones sin leerse previamente tres documentos. A saber:
§ Constitución Sacrosanctum Concilium, del Vaticano II
§ Instrucción general del misal romano
§ Instrucción Redemptionis sacramentum
Sin leerse
previamente estos documentos se puede caer en cualquier barbaridad, muy
posiblemente invocando el inexistente pero siempre citado “espíritu del
concilio”.
Que
los laicos no tengan tiempo ni interés en leer estos tres documentos, aunque sean
laicos que pretenden involucrarse en la vida litúrgica de sus comunidades, es triste y
muestra de cómo estamos viviendo hoy en la Iglesia la liturgia. Triste cuando para la inmensa mayoría de los
católicos lo único que ven, observan y mantienen es la participación en actos
litúrgicos.
Que
haya sacerdotes en la misma situación, más triste y ya grave, porque presidir la liturgia de la Iglesia sin
conocer lo que la Iglesia pide, es cuando menos atrevimiento, desfachatez y
poco respeto al personal.
Ahora bien, que haya obispos
ignorantes en esta materia, que
posiblemente lo sean también en otras, es del todo inaceptable, porque
malamente el obispo podrá cumplir con sus obligaciones si resulta ser un
perfecto indocto: “El Obispo
diocesano, primer administrador de los misterios de Dios en la Iglesia
particular que le ha sido encomendada, es el moderador, promotor y custodio de
toda la vida litúrgica”.
Las reacciones al
motu proprio «Traditiones Custodes» se multiplican.
Hay silencios elocuentes, obispos que van a seguir facilitando las misas con el
misal de Juan XXIII, prudencias pastorales y majaderías
de nota. Lo malo de las
majaderías es que ponen de manifiesto que algunos señores obispos, custodios de
la vida litúrgica de su diócesis, no se han molestado ni en leer, repasar o
recordar los principales documentos sobre liturgia, esos que cualquier
colaborador parroquial debería conocer. Eso sí, no conocen, pero mandan y
ordenan.
El último, Bartolomé
Buigues Oller, obispo de Alajuela, en Costa Rica, que, además de
suscribir el comunicado de todos los obispos de Costa Rica, ha decidido sacar
un comunicado propio en el que, entre otras cosas, “prohíbe así
mismo formas híbridas en las que se mantenga la lengua, los usos o ritos
antiguos con los actuales en lengua vernácula”.
Pues menudo
problema, monseñor, porque mucho me temo que está enmendando la plana no al espíritu, sino al
mismísimo Concilio Vaticano II, que en la Constitución Sacrosanctum Concilium dice cosas como
estas:
36. El uso de la
lengua latina debe conservarse en los ritos latinos.
54. Conviene tomar
medidas para que los fieles también puedan decir o cantar juntos en latín las
partes del Ordinario de la Misa que les correspondan.
101.1. De
acuerdo con la tradición centenaria del rito latino, los clérigos en
el oficio divino deben conservar la lengua latina. Pero en casos individuales el Ordinario tiene la
facultad de otorgar el uso de una traducción vernácula a aquellos clérigos para
quienes el uso del latín constituye un grave obstáculo para que recen
debidamente el oficio.
116. La Iglesia
reconoce que el canto gregoriano se adapta especialmente a la liturgia romana: por
lo tanto, en
igualdad de condiciones, debe ocupar un lugar privilegiado en los servicios
litúrgicos.
INSTRUCCIÓN GENERAL DEL MISAL ROMANO:
41. En igualdad de
circunstancias, dese el primer lugar al canto gregoriano, ya que es
propio de la Liturgia romana.
Como cada día es
más frecuente que se reúnan fieles de diversas naciones, conviene que
esos mismos fieles sepan cantar juntos en lengua latina, por lo menos algunas
partes del Ordinario de la Misa, especialmente
el símbolo de la fe y la Oración del Señor, usando las melodías más fáciles.
REDEMTIONIS SACRAMENTUM:
[112.] La Misa se
celebra o bien en lengua latina o bien en otra lengua, con tal de que
se empleen textos litúrgicos que hayan sido aprobados, según las normas del
derecho. Exceptuadas
las celebraciones de la Misa que, según las horas y los momentos, la autoridad
eclesiástica establece que se hagan en la lengua del pueblo, siempre y en
cualquier lugar es lícito a los sacerdotes celebrar el santo sacrificio en
latín.
Esto
es lo que hay. Y con esto, que
un señor obispo decida que las misas con el misal de Pablo VI no pueden
contaminarse con el uso del latín no es más que la tiranía de aquellos que
quizá creyéndose más liberales, abiertos, progresistas y misericordiosos que
nadie, mandan y prohíben cosas sobre las que no tienen autoridad. Por ejemplo,
usar el latín en las misas con el novus ordo.
Servidor este pasado
domingo, fiesta grande en Braojos de la Sierra, celebró con casulla romana y además decidí
cantar con los fieles kyries, sanctus y agnus de la misa de angelis, por cierto, con
una muy buena respuesta de los fieles, que lo siguen recordando.
Una última
consideración. Alguien, gran experto en derecho canónico, me dijo en una
ocasión: tú tienes obligación de obedecer en lo que exige el derecho, no en las
ocurrencias de cualquier obispo.
Jorge González
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