1236. –¿Puede hacerse una división de sacramentos?
–Han existido tres clases de
sacramentos en tres distintos momentos de la historia humana: en el período de la ley natural –antes de la ley
mosaica–; en el de la ley escrita –desde Moisés hasta Cristo–; y en el de la
Nueva Ley, o ley evangélica, instituida por Cristo.
Sin embargo, esta triple
división de los sacramentos no es la de un género en tres especies, porque el
término «sacramento» tiene un sentido
analógico, con una analogía de proporción o de atribución extrínseca. El
analogado principal, el que significa formal e intrínsecamente lo significado,
el ser instrumento de la gracia, es el sacramento de la Nueva Ley. Todos los de
la Antigua Ley y los anteriores son analogados secundarios, porque son sólo un
signo de la gracia, conseguida por la pasión y méritos de Cristo.
1237. –¿Cuáles eran los sacramentos de la ley
natural?
–No hay duda de la existencia
de sacramentos, en la etapa de la ley natural, que desde Set, hijo de Adán [1],
incluye todos los patriarcas y a los que servían a Dios fielmente, sin caer en
el paganismo como los demás hombres, hasta Moisés. Explica Santo Tomás: «Antes de la ley escrita algunos sacramentos eran
necesarios, como el sacramento de la fe, que estaba ordenado a borrar el pecado
original; la penitencia, que estaba ordenada a borrar el pecado actual; el
matrimonio, que se ordenaba a la multiplicación del género humano» [2].
Hubo así por lo menos, tres
sacramentos: el «sacramento de la fe», «la
penitencia» y el «matrimonio». No puede saberse en qué consistía el
primero, porque: «en el estado de ley natural, sin
necesidad de un precepto externo, los hombres se movían a dar culto a Dios por
un instinto interior, y en virtud del mismo determinaban las cosas que se
debían emplear en el culto divino» [3].
Los tres eran «sacramentos», porque debían
manifestar de alguna manera externa la fe en un salvador en el futuro.
Santo Tomás nombra a otros, al
explicar que: «tanto en la ley natural como en la
ley mosaica, las oblaciones y las décimas no sólo tenían por fin sustentar a
los ministros del culto y a los pobres, sino que también tenían un simbolismo,
y por esta causa eran sacramentos. Hoy día, sin embargo, han perdido su
simbolismo figurativo, y por esto no son ya sacramentos» [4].
Estos sacramentos, que no
estaban prescritos directamente por Dios, sino por mociones internas de gracias
actuales, simbolizaban la donación de la gracia por los méritos de Cristo, Sin
embargo, desde la promesa divina del Redentor en la expulsión del Paraíso, los
hombres por la fe, la esperanza en el perdón prometido y el amor a Dios, que
incluía de una manera imprecisa y obscura lo mismo hacia el futuro redentor,
podían recibir la gracia y, con ella, la santificación y justificación.
1238. –¿A partir del patriarca Abraham, con el
nacimiento del «pueblo escogido» hubo también sacramentos?
–También a partir de Abrahám
existió el sacramento de la circuncisión, que era parecido a los otros
sacramentos, porque: «así como antes de haberse
instituido la circuncisión era la fe en Cristo, que había de venir, la que
justificaba, tanto a los niños como a los adultos, así también ocurría lo mismo
una vez instituida la circuncisión».
Sin embargo, había una
diferencia, porque: «antes de la implantación de este rito no se exigía un
signo exterior protestativo de esa fe, porque los fieles aún no habían
comenzado a formar comunidad separadamente de los infieles para el culto del
único Dios. Sin embargo, es probable que los padres fieles dirigiesen a Dios
algunas plegarias y empleasen alguna bendición con sus hijos, sobre todo en
peligro de muerte-, esas oraciones y bendiciones eran una especie de «testimonio de su fe». Por su parte, también los adultos
ofrecían oraciones y sacrificios en favor de sí mismos» [5].
Hasta Abraham, las personas
mayores con actos religiosos podían unirse al futuro redentor y también podían
hacerlo en substitución de sus hijos. Con la circuncisión, impuesta por el
mismo Dios, no solamente hay allegados a Dios, sino que ahora constituyen un
pueblo elegido, el del linaje de Abraham, padre de este pueblo y al que se
promete que uno de sus descendientes será el Redentor [6].
El sacramento de la circuncisión
era la señal del pacto y el inicio de la promesa de Dios, el signo distintivo
del pueblo de Israel y la señal que le recordaba que no debían seguir las malas
inclinaciones, heredadas de Adán, sino obedecer al mandato de «circuncidad vuestros corazones» [7].
Evocaba, por tanto, la obligación de tener una alma pura, o como le dijo Dios a
Abraham: «camina en mi presencia y sé perfecto» [8].
Decía, por ello, Juan Donoso
Cortés: «El patriarca es el tipo de la sencillez y
de la inocencia. Más bien que el varón incorruptible y justo, es el niño sin
mancilla de pecado; por eso oye a menudo aquella habla suavísima y deleitosa
con que Dios le llama hacia sí; por eso recibe visitas de los ángeles. Más bien
que el hombre recto, que anda gozoso por las vías del Señor, es el habitante
del cielo que anda triste por el mundo, porque ha perdido su camino y se
acuerda de su patria. Su único padre es su Dios, los ángeles son sus hermanos».
Añadía que, como consecuencia:
«Los patriarcas eran entonces, como los apóstoles
han sido después, la sal de la tierra. En vano buscaréis por el mundo, en
aquellos remotísimos tiempos, al hombre pobre de espíritu, rico de fe, manso y
sencillo de corazón, modesto en las prosperidades, resignado en las
tribulaciones, de vida inocente y de honestas y pacíficas costumbres. El tesoro
de esas virtudes apacibles resplandeció solamente en las solitarias tiendas de
los patriarcas bíblicos» [9].
1239 –¿Cuáles eran los sacramentos en la etapa de la
ley escrita?
–En el período de la ley
escrita, que empieza con Moisés y llega hasta Cristo, permanecieron estos
sacramentos y se añadieron otros, como el cordero pascual, los panes de la proposición,
que era para los sacerdotes, la consagración de estos sacerdotes, descendientes
de Aarón, y los sacrificios, que eran ofrecidos para el perdón de los pecados.
Advierte Santo Tomás que: «La ley antigua contenía preceptos de ley natural, a los
cuales añadía otros particulares. Cuanto a los primeros, todos los hombres
estaban obligados a su observancia, no en virtud de la ley mosaica, sino de la
misma ley natural. Cuanto a los otros preceptos añadidos por la ley antigua, no
obligaban sino a sólo el pueblo judío» [10].
Podría pensarse que la ley
antigua fue dada sólo al pueblo judío, porque: «mientras
los demás pueblos se dejaban llevar de la idolatría, sólo el pueblo judío
permaneció fiel al culto de Dios único verdadero, y, por tanto, que los otros
pueblos eran indignos de recibir la ley». Esta razón no es admisible: «ya que aquel pueblo, aun después de recibir la ley, se
dio a la idolatría, lo que es más grave».
Recuerda Santo Tomás que: «Ni fue por los méritos de Abrahán por los que se le hizo
tal promesa, que Cristo nacería de su descendencia, sino por la gratuita
elección y vocación de Dios» Afirma, por ello, que: «es manifiesto que por sola la gratuita elección de Dios
recibieran los patriarcas la promesa, y el pueblo nacido de ellos recibió la
ley».
Parece que no se puede dar
otro motivo, pero «si todavía quisiéramos insistir
y buscar la razón de por qué ése y no otro pueblo haya sido elegido para que de
él naciese Cristo, habremos de responder con San Agustín: «Por qué atraiga a
éste y no a aquél, no te atrevas a juzgar, si no quieres incurrir en error»
(Trat. Evang. S. Juan., Tr. 26)» [11].
1240 –¿Con los sacramentos anteriores a la Nueva Ley se
obtenía la salvación?
–Para la respuesta a esta
cuestión convienen tener en cuenta que, según se ha explicado, los sacramentos
de la Antigua Ley dependían de Cristo, pero no como de su causa eficiente, sino
como de su causa final y meritoria. No es ningún inconveniente que antes de la
pasión de Cristo hubiese los sacramentos antiguos, que fueron creados para
significarla, porque eran efectos de una causa final, que no precede en el
tiempo, sino sólo en la intención del que obra. Los sacramentos anteriores a la
Ley de Cristo no causaban la gracia, por tanto, «ex
opere operato», porque mediante estos sacramentos los hombres
testimoniaban su fe en la venida futura de Cristo, y, por ella, se
justificaban. Como, mediante su rito externo, estos sacramentos suscitaban la
fe en el Mesías que había de venir, requerían una disposición previa en el
sujeto, y, por tanto, su causalidad era ex opere
operantis, una ocasión para que se confiera la gracia.
Los sacramentos en sentido
propio e intrínseco son sólo los sacramentos de la Nueva Ley. Los preceptos y
los ritos y los preceptos anteriores tanto de la etapa de la ley natural como
los de la Antigua Ley en sí mismos no eran verdaderos sacramentos. Se
les puede denominar sacramentos, pero sólo en cuanto en cuanto tales
representaban y de algún modo prometían la salvación.
Los efectos de la gracia en
los sacramentos de la Antigua Ley no eran los mismos que los de la Nueva Ley,
aunque también la gracia en los sacramentos de la Antigua Ley, que se
recibía por la fe, era eficaz por la pasión de Cristo, pero es más eficaz y
abundante en los sacramentos de la Nueva Ley, porque una realidad presente es
más eficaz que la simple esperanza que les daba su fe.
Por consiguiente, quienes los
recibían se salvaban, pero sólo en cuanto a las consecuencias individuales, no,
en cambio, las de la naturaleza humana. Además, tampoco quedaban borradas todas
las penas por los pecados. Estos obstáculos, que permanecían, no les permitían
entrar en el reino de los cielos hasta la redención [12].
Sus almas, privadas aún de la gloria, se encontraban en un lugar especial, el
llamado limbo de los patriarcas o seno de Abraham.
Explica Santo Tomás que: «Las almas de los hombres no pueden llegar al descanso,
después de la muerte, sino por el mérito de la fe, porque «quien se acerca a
Dios ha de creer» (Heb 11, 6). Como en Abrahán se da el primer ejemplo
en creer, pues fue el primero que se separó de la muchedumbre de los infieles y
recibió una señal especial de fe, por eso el descanso que se concede a los
hombres después de la muerte se llama «seno de
Abrahán». Precisa que: «después de la venida
de Cristo, lo tienen pleno al gozar de la divina visión; más antes lo tenían
por estar inmunes de penas, no como descanso del deseo con la consecución del
fin» [13].
El hombre, que había
practicado los sacramentos, en las etapas de la ley natural y de la ley
escrita, no podía «alcanzar la retribución final»
por deficiencia de la naturaleza», no por «deficiencia
de la persona», o por la de los propios pecados cometidos, que impiden
también recibir este premio, porque habían sido borrados por los sacramentos,
aunque además les quedaba algo de reato de pena, que sólo queda borrado
completamente con el bautismo [14].
Así se explica que: «existe un «limbo de los
padres», en que estaban detenidos los padres, sin poder alcanzar la gloria por
el reato de la naturaleza humana, que todavía no estaba expiado» [15].
1241. –¿Porqué en la ley evangélica los sacramentos
son siete?
–El número de los sacramentos
instituidos por Jesucristo son siete: bautismo,
confirmación, eucaristía, penitencia, extremaunción, orden y matrimonio, porque
dependen de la voluntad divina, que lo ha dispuesto así. No obstante, Santo
Tomás encuentra una razón de su conveniencia, que justifica ese número.
El argumento de la
conveniencia de los siete sacramentos se basa en la semejanza entre la vida
sobrenatural, a la que están ordenados los sacramentos, y la vida natural. Se
advierte, porque: «según se dijo, los remedios de
la salud espiritual han sido dados a los hombres bajo señales sensibles», y,
por ello: «fue conveniente también que la
distinción de los remedios con que se proveyese a la vida espiritual se hiciera
atendiendo a la semejanza que guarda con la vida corporal».
Se puede examinar, por tanto,
esta última para conseguir algún conocimiento del número septenario de los
sacramentos. «En la vida corporal encontramos dos
órdenes: el orden de los propagadores y ordenadores de la vida corporal en
otros y el de propagados y ordenados según la vida corporal».
Respecto a este segundo: hay tres cosas que son esencialmente necesarias y una
cuarta que lo es accidentalmente, para la vida corporal y natural», La
esenciales son, en primer lugar: «que se reciba la
vida por generación o nacimiento»; en segundo lugar: «que llegue aumentando a
su debida cantidad y robustez»: y, por último, en tercer lugar: para la
conservación de la vida adquirida por generación y para aumentar, es necesaria
la nutrición».
La generación, el crecimiento
y la nutrición son necesarios esencialmente para la vida natural. «Sin ellas la vida corporal no puede perfeccionarse; por
eso, incluso al alma vegetativa, que es principio del vivir, se le asignan tres
virtudes naturales, a saber, la generativa, la aumentativa y la nutritiva.». Sin
embargo, cuando: «sobreviene algún impedimento a la
vida corporal, por el cual se enferma el viviente, entonces es necesario
accidentalmente un cuarto requisito, que es la curación del viviente enfermo».
En cuanto al segundo orden
nota Santo Tomás que: «Los propagadores y
ordenadores de la vida corporal se consideran en dos aspectos, a saber, según
el origen natural, cosa que pertenece a los padres, y según el régimen
político, mediante el cual la vida del hombre se conserva pacíficamente, y esto
pertenece a los reyes y príncipes».
1242. –¿Qué resulta de la aplicación de estas cuatro
necesidades en el orden individual y dos en el social, propias de la vida
natural del hombre, a su vida espiritual?
–Respecto al orden individual,
de modo parecido a la vida corporal: «en la vida
espiritual, lo primero es la generación espiritual, por el bautismo; lo
segundo, el aumento espiritual, que conduce a la perfecta robustez, por el
sacramento de la confirmación; lo tercero, el alimento espiritual, por el
sacramento de la eucaristía. Queda lo cuarto, que es la salud espiritual, que
se produce, o solamente en el alma, por el sacramento de la penitencia, o del alma
pasa al cuerpo, cuando fuerte oportuno, por la extremaunción. Estas cosas,
pues, pertenecen a quienes son engendrados y conservados en la vida
espiritual».
En el orden social, en la vida
espiritual, como en la vida natural, igualmente: «hay
ciertos propagadores y conservadores de la misma, sólo según el ministerio
espiritual, al cual pertenece el sacramento del orden; y también según lo
corporal y espiritual juntamente, que se realiza por el sacramento del
matrimonio, por el cual el hombre y la mujer se unen para engendrar y educar la
prole para el culto divino» [16].
1243. –¿Todos los sacramentos producen los mismos
efectos esenciales?
–Los sacramentos causan dos
efectos fundamentales. Un efecto primario, que causan todos los sacramentos, es
que confieren realmente la gracia santificante. El otro efecto secundario es el
carácter sacramental. Respecto al primero y fundamental dice Santo Tomás que: «Es necesario afirmar que los sacramentos de la nueva ley
causan en un determinado modo la gracia».
La razón es la siguiente: «Por los sacramentos de la nueva ley queda el hombre
incorporado a Cristo, según lo que dice San Pablo a propósito del bautismo:
«Cuantos habéis sido bautizados en Cristo, os habéis revestido de Cristo» (Gal
3, 27). Pero el hombre no se hace miembro de Cristo
si no es por la gracia».
Explica, a continuación: «Algunos, sin embargo, afirman que los sacramentos son
causa de la gracia no porque la produzcan ellos, sino porque, una vez
realizados, Dios produce la gracia en el alma. Y ponen el ejemplo de quien, por
el hecho de presentar un denario de plomo, recibe cien libras por ordenación
del rey. Y no es porque el denario tenga en sí el valor del dinero recibido,
sino que lo recibe por voluntad del rey. Es lo que San Bernardo dice: «De la
misma manera que el canónigo es investido por el libro, el abad por el báculo y
el obispo por el anillo, así una gran diversidad de gracias han sido asignadas
a los sacramentos « (Serm. En la cena del Señor. Sob, el baut.,
2).
Advierte seguidamente que: «esta explicación no va más allá de la formalidad del
signo, ya que el denario de plomo no es más que un signo de la orden del rey,
por la que se da ese dinero al portador de ese signo de la designación del rey,
por la que se da ese dinero al portador de ese signo; de la misma manera que el
libro es un signo de la designación del canónigo, Por tanto, según esta
explicación, los sacramentos de la nueva ley no serían más que signos de la
gracia, mientras que según la autoridad de los Santos Padres es preciso afirmar
que los sacramentos de la nueva ley no sólo significan, sino que también causan
la gracia».
Para explicarlo es preciso: «utilizar otro lenguaje distinguiendo una doble causa
agente: principal e instrumental. La principal obra en virtud de su forma, a la
cual se asemeja el efecto, como es el caso del fuego, que con su calor
calienta. Y de este modo sólo Dios puede causar la gracia, ya que la gracia no
es más que una semejanza participada de la naturaleza divina, según las
palabras de la Escritura: «Nos han sido concedidas las preciosas y sublimes
promesas para que por ellas os hicierais partícipes de la naturaleza divina»
(2 Pe 1, 4)».
En cambio: «La causa instrumental no obra en virtud de su propia
forma, sino en virtud del movimiento con que es movida por el agente principal,
y, por eso, el efecto no se asemeja al instrumento, sino al agente principal.
Una cama, por ejemplo, no tiene semejanza con el hacha, que la corta, sino con
la idea que está en la mente del artesano. Este es el modo de causar la gracia
los sacramentos de la nueva ley: se administran por disposición divina para
causar en los hombres la gracia» [17].
Así se explica que los
sacramentos sean signos y causa de la gracia, porque: «La
causa principal no es propiamente signo del efecto», que causa. Por el contrario:
«la causa instrumental, si es manifiesta, puede
decirse signo de su efecto oculto, porque no sólo es causa, sino también en
cierto modo efecto, en cuanto que es movida por la causa principal».
De este modo: «los sacramentos de la ley nueva son a la vez causas y
signos. De aquí la conocida expresión: «Causan lo que significan». Los
sacramentos son signo de la gracia y causa de la misma en cuanto instrumentos.
De ello se sigue que: «son sacramentos de modo
perfecto, ya que dicen orden a lo sagrado no sólo como signos, sino también
como causas» [18].
1244. –¿Qué es la gracia sacramental?
–Sobre la gracia santificante,
o la gracia que nos hace gratos a Dios, recuerda Santo Tomás que: «la gracia, considerada en sí misma, perfecciona la
esencia del alma en cuanto le comunica una cierta semejanza con el ser divino.
Y lo mismo que de la esencia del alma dimanan sus potencias, así de la gracia
fluyen a las potencias del alma ciertas perfecciones, que se llaman virtudes y
dones, por las que las mismas potencias se perfeccionan o se vigorizan en orden
a sus actos».
También que: «Los sacramentos se ordenan a ciertos efectos especiales
necesarios en la vida cristiana: el bautismo, por ejemplo, se ordena a cierta
regeneración espiritual, por la que el hombre muere a los vicios y se hace
miembro de Cristo. Este efecto del bautismo es algo especial distinto de los
actos de las potencias del alma, y lo mismo sucede en los otros sacramentos».
Se puede de todo ello concluir
que: «así como las virtudes y los dones añaden
sobre la gracia en su concepción general, cierta perfección ordenada en
concreto a los actos propios de las potencias, del mismo modo la gracia
sacramental añade, sobre la gracia común y sobre las virtudes y dones, un
auxilio divino para alcanzar la finalidad del sacramento» [19].
La gracia sacramental, por tanto, es un modo intrínseco y distinto en cada
sacramento, que se añade a la gracia en general, o la gracia con las virtudes
infusas y los dones del Espíritu Santo, para que además de los efectos
santificadores o perfeccionadores, produzca los efectos propios de cada
sacramento.
Indica Santo Tomás que la
gracia sacramental de cada uno de los siete sacramentos está destinada a
reparar una de las heridas del pecado original en la naturaleza humana.
Respecto al mismo pecado original se recibe «el
bautismo, que se ordena contra la culpa original». En cuanto a la herida
de la ignorancia, que afecta a la razón, «el
sacramento del orden, dirigido contra la ignorancia». Para la herida de
la malicia, que recibió por el pecado la voluntad, se instituyó el sacramento
de: «la eucaristía, ordenada contra el castigo de
la malicia». En relación a la debilidad del apetito irascible está el
sacramento de: «la confirmación, ordenado contra la
debilidad o fragilidad». Al remedio de la herida de la concupiscencia o
deseo sensible desordenado del apetito sensible, se estableció el sacramento
del: «matrimonio, ordenado contra la
concupiscencia».
Finalmente para los efectos
indirectos del pecado original, los pecados mortales y veniales están
relacionados con los sacramentos de la penitencia y de la extremaunción, «La penitencia está ordenada contra el pecado mortal» y
«la extremaunción, ordenada al pecado venial» [20].
1245. –¿Qué es el carácter y qué sacramentos
imprimen carácter?
–Se llama carácter sacramental
la huella o sello que algunos sacramentos –el bautismo, la confirmación y el
orden- imprimen en el alma, que es, por tanto, espiritual, y que le dedica a
obras espirituales, que tienen por objeto el culto a Dios.
Santo Tomás define al carácter
como «un distintivo espiritual impreso en el alma» [21].
Explica que, por una parte: «los sacramentos de la
nueva ley están destinados a dos fines: remediar los pecados y perfeccionar el
alma en lo tocante al culto de Dios según el rito de la religión cristiana». Por
otra, que: «es costumbre que a todo lo que está
deputado para un fin concreto se le imponga un signo apropiado, como en la
antigüedad los soldados adscritos al servicio militar llevaban sobre sus
cuerpos ciertos caracteres como señal de que estaban dedicados a un servicio
corporal».
De pude decir, por ello, que
de manera semejante: «los sacramentos, que destinan
a los hombres al servicio espiritual del culto de Dios, deben sellar a los
fieles con un cierto carácter espiritual. De ahí las palabras de San Agustín:
«A un soldado que, lleno de terror, huyó del servicio, renunciando al carácter
impreso en su cuerpo, si acude con rapidez a la clemencia del emperador y
obtiene su perdón a fuerza de súplica y vuelve al combate, una vez corregido, ¿se
le vuelve a marcar el sello militar o se le reconoce el que ya tenía? Se le
reconoce. Pues ¿acaso los sacramentos imprimen un carácter menos firme que la
milicia?» [22].
En el Concilio de Trento se
estableció que: «Si alguno dijere que por medio de
tres Sacramentos, a saber: por el Bautismo, la Confirmación y el Orden, no se
imprime carácter en el alma, esto es, cierta señal espiritual e indeleble, por
lo que no pueden reiterarse estos sacramentos, sea anatema» [23].
En el Catecismo del Concilio de Trento se explicó que: «El
segundo efecto de los Sacramentos, aunque no común a todos, sino propio sólo de
tres, del bautismo, de la confirmación y del orden sagrado, en el carácter que
imprimen en el alma. Porque al decir el Apóstol: «Dios nos ha ungido; el que
asimismo no ha marcado con su sello y nos dio la prenda del Espíritu Santo en
nuestros corazones,» (2 Cor 1, 21-22), con las palabras «ha marcado con su sello», describió claramente el
«carácter» del cual es propio marcar y
sellar alguna cosa. Es, pues, el carácter una especie de señal impresa en el
alma que jamás puede borrarse, y que está siempre adherida a ella; acerca del
cual se expresó así San Agustín: «¿Tendrían acaso
menos fuerza los sacramentos cristianos que esta divisa corporal, esto es, por
la que se distingue el soldado?» (Contra epístola Parmeniano, II,
c. 13), Pues ésta no se imprime de nuevo al soldado
que vuelve a la milicia, de donde había desertado, sino que es reconocido y
admitido por la antigua» [24].
Se añade sobre el efecto del
carácter sacramental que: «Este carácter sirve, ya
para ponernos en aptitud de recibir o de hacer alguna cosa sagrada, ya para que
se distingan unos de unos de otros por alguna señal. Y uno y otro conseguimos
por el carácter bautismal, porque nos hace hábiles para recibir los demás
sacramentos, y además, por medio de él se distingue el pueblo fiel de las
gentes que no profesan la fe».
Se indica seguidamente que: «Esto mismo puede también observarse en el carácter de la
confirmación y del orden sagrado; pues con el primero de éstos nos armamos y
disponemos como soldados de Cristo para confesar y defender públicamente su
nombre contra nuestro enemigo interior y contra los espíritus malignos
esparcidos en los aires, y al mismo tiempo nos distinguimos de los que poco ha
bautizados, están como niños recién nacidos».
El segundo, el orden sagrado: «por una parte trae consigo la potestad de hacer y de
administrar los Sacramentos, y por otra manifiesta la distinción entre los que
están dotados de esta potestad y todos los demás fieles». Por consiguiente,
como estos tres sacramentos imprimen carácter: «en ningún tiempo pueden
reiterarse» [25].
1246. –¿Qué realidad tiene el carácter sacramental?
–La esencia del carácter es la
de una cualidad y de la segunda especie de las cualidades, la potencia o
facultad, principio próximo de operación. Explica santo Tomás Tomás que: «Según Aristóteles: «Hay tres cosas en el alma: potencia,
hábito y pasión» (Ética II, c. 5, n. 2)».
La potencia o facultad son los principios propios de las operaciones del alma.
Son cualidades de la segunda especie de la cualidad –de la cuatro que tiene el
género del accidente de la cualidad–. El hábito es una disposición más fija,
que la mera disposición, Ambas se reducen a la primera especie de la cualidad.
La pasión es una cualidad pasible pasajera. Las cualidades pasibles, que
producen o siguen a las alteraciones sensibles, pertenecen a la tercera especie
de las cualidades. Son de esta especie las cualidades sensibles, como el color,
el olor y otras de las cosas materiales. La cuarta es la especie de la figura,
que es la determinación de la cantidad, según la disposición de las partes de
un cuerpo [26],
que, por ello, no se encuentra en el alma.
Santo Tomás afirma que el
carácter es una potencia, porque: «el carácter no
es pasión, porque la pasión es transitoria, mientras que el carácter es
indeleble. Y tampoco es hábito, porque ningún hábito es indeterminado para el
bien o para el mal, mientras que el carácter sí lo es, ya que unos usan bien de
él y otros mal, cosa que no ocurre con los hábitos: nadie hace mal uso del
hábito de la virtud, y nadie hace buen uso del hábito del vicio. Luego
solamente resta que el carácter sea una potencia» [27].No
puede pertenecer a la cuarta especie de la cualidad, porque a ella pertenece la
figura, porque: «la figura termina por así decirlo, la cantidad. Así que,
propiamente hablando, ella no existe más que en el orden corporal; en el orden
espiritual sólo metafóricamente» [28].
Se confirma que el carácter
sacramental es una potencia, primera especie de las cualidades, porque: «los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter porque
destinan al culto de Dios según el culto de la religión cristiana». Debe
advertirse que: «el culto divino consiste en
recibir cosas divinas o en transmitirlas a otro, para lo cual se requiere una
cierta potencia, porque para transmitir algo a otros se requiere potencia
activa, y para recibirlo se requiere una potencia pasiva». Por
consiguiente, debe afirmarse que: «el carácter
implica una potencia espiritual orientada a las cosas del culto divino».
Se ha de tener en cuenta, sin
embargo, que: «esta potencia espiritual es
instrumental, como el poder que se encuentra en los sacramentos. Porque tener
el carácter sacramental es propio de los ministros de Dios y, según
Aristóteles, el ministro tiene función de instrumento (Cf. Pol., I, c. 2, n.
4). Y por eso, como el poder que reside en los sacramentos no está clasificado
en un género por sí mismo, sino que se reduce a ese género, ya que es una
entidad transitoria e incompleta, así tampoco el carácter está clasificado
propiamente en un determinado género o especie, sino que se reduce a la segunda
especie de la categoría de cualidad» [29].
Al igual que el poder de los sacramentos se reduce a potencia, lo mismo ocurre
con el carácter.
1247. –¿Por qué también afirma el Aquinate que el
carácter es una participación de sacerdocio de Cristo?
–Precisa Santo Tomás que: «el carácter es propiamente hablando un sello por el que
una cosa es determinada al cumplimiento de un fin. Así, por ejemplo, las
monedas van selladas con un carácter porque están destinadas al comercio, y los
soldados son sellados con otro, para indicar su destino a la milicia. Los
fieles están destinados a dos cosas. La primera y principal es la fruición de
la gloria, y para este fin son marcados con el sello de la gracia».
La segunda cosa es que: «cada fiel está destinado a recibir para él o a comunicar
a los demás las cosas concernientes al culto de Dios; tal es el papel propio
del carácter sacramental. Pero todo el culto de la religión cristiana deriva
del sacerdocio de Cristo. Es claro, por tanto, que el carácter sacramental es
específicamente carácter de Cristo, a cuyo sacerdocio están configurados los
fieles por estos caracteres sacramentales, los cuales no son más que
participaciones del sacerdocio de Cristo, del mismo Cristo derivadas» [30].
Por poseer todos los
bautizados el carácter sacramental, se puede afirmar que todos los cristianos
son sacerdotes, o, como se dice en la Constitución
dogmática sobre la Iglesia, del
Concilio Vaticano II, poseen el «sacerdocio común
de los fieles», que se diferencia del «sacerdocio
ministerial o jerárquico», de un modo «gradual»
en la participación del «único sacerdocio de
Cristo».
Se argumenta que: «Cristo, Señor, Pontífice tomado de entre los hombres
(cf. Hebr 5, 1-5), a su nuevo pueblo «lo hizo reino y sacerdotes para Dios, su
Padre» (Cf. Apoc 1, 6; 5, 9-10). Los bautizados son consagrados como casa
espiritual y sacerdocio santo por la regeneración y por la unción el Espíritu
Santo, para que por medio de todas las obras del hombre cristiano ofrezcan
sacrificios y anuncien las maravillas de quien los llamó de las tinieblas a la
luz admirable (cf, 1Pedr 2, 4-10). Por ello todos los discípulos de Cristo,
perseverando en la oración y alabanza a Dios (cf. Act 2, 42-47), han de
ofrecerse a sí mismos como hostia viva, santa y grata a Dios (cf. Rm 12, 1),
han de dar testimonio de Cristo en todo lugar, y, a quien se la pidiere, han de
dar también razón de la esperanza que tienen en la vida eterna (cf. 1 Pedr 3,
15)» [31].
1248. –¿En dónde radica el carácter sacramental como
en su sujeto?
–Afirma Santo Tomás que el
carácter tiene por sujeto las potencias o facultades del alma. Para probarlo
argumenta así: «el carácter es un sello por el cual
el alma es marcada para recibir o transmitir a los otros lo que concierne al
culto divino, que consiste en determinados actos. Pero son las potencias del
alma quienes propiamente están ordenadas a los actos, como la esencia al ser.
Luego el carácter no tiene por sujeto la esencia del alma, sino una de sus
potencias» [32].
Podría objetarse a esta tesis
que «el carácter es una disposición para la
gracia». Por otro, que «la gracia reside en
la esencia del alma». Por consiguiente: «parece que el carácter reside en la
esencia del alma, y no en sus potencias» [33].
A ello, responde Santo Tomás: «Para determinar el sujeto de un accidente se ha de tener
en cuenta aquello a lo que próximamente dispone ese accidente, y no a lo que
dispone de una manera remota e indirecta». También que: «el carácter dispone al alma de una manera directa e
inmediata a los actos del culto divino». Además: «como estos actos no se ejercen debidamente sin el auxilio de la
gracia –porque, como se dice en la Escritura: «Los adoradores de Dios deben
adorarle en espíritu y en verdad» (Jn 4, 24)–, es
lógico que la generosidad divina conceda, a quienes reciben el carácter, la
gracia para cumplir dignamente con aquellas cosas para las que ha sido
destinados. Y por eso el sujeto en que reside el carácter ha de buscarse más en
los actos pertenecientes al culto divino que en los actos concernientes a la
gracia» [34].
No obstante, se podría
insistir en la objeción, al indicar que, por una parte: «las potencias del alma no son sujetos más que de hábitos y de
disposiciones»; por otra, que: «el carácter, como se ha dicho, no es ni hábito
ni disposición, sino más bien potencia, de la que solamente es sujeto la
esencia del alma». Por consiguiente, parece que debe afirmarse que: «el carácter no reside en la potencia del alma como en su
propio sujeto, sino más bien en su esencia» [35],
Nota Santo Tomás que la
objeción no puede concluir de este modo, porque: «la esencia del alma es el
sujeto de la potencia natural, derivada de los principios de la esencia». Sin
embargo: «el carácter no es una potencia natural, sino que es una potencia
espiritual proveniente de fuera». De ahí que: «como
la esencia del alma, fuente de la vida natural del hombre, es perfeccionada por
la gracia –vida espiritual del alma–, así la potencia natural del alma es
perfeccionada por esta potencia espiritual, que es el carácter». Por
consiguiente: «si los hábitos y las disposiciones
residen en las potencias del alma, porque los actos a que se ordenan tienen a
estas potencias por principio, por la misma razón, todo lo que está ordenado al
acto ha de atribuirse a las potencias» [36].
Puesto que: «las potencias del alma racional se dividen en
cognoscitivas y apetitivas», todavía se podría objetar: «no se puede decir que el carácter esté solamente en una
potencia cognoscitiva ni sólo en una potencia apetitiva, pues no se ordena
exclusivamente ni a conocer ni a apetecer. Tampoco puede decirse que esté en
las dos a la vez, porque un mismo accidente no puede tener dos sujetos
diversos». Por tanto, habrá que decir que, parece que el sujeto del carácter es
más bien la esencia del alma que una de sus potencias»
[37].
Observa Santo Tomás: que: «como se ha dicho, el carácter está ordenado al culto
divino, que es un testimonio de la fe manifestada a través de los signos
externos. Conviene, por tanto, que el carácter esté en la potencia cognoscitiva
del alma en la cual reside la fe» [38].
1249. –Todo carácter sacramental es una participación
de sacerdocio de Cristo. ¿Que se sigue de esta tesis?
–-Santo Tomás afirma que el
carácter sacramental queda impreso en el alma de modo indeleble o imborrable.
Explica que: «decía San Agustín, en Réplica a la
epístola de Parmeniano, II, c. 13, que: «los sacramentos cristianos no
imprimen su carácter con menos fuerza que el carácter corporal de la milicia», Este
carácter militar no se reimprime, sino que se «reconoce
el que tenía» aquel que mereció el perdón del emperador, después de su
culpa. Por tanto, tampoco el carácter sacramental
puede ser borrado» [39].
Para probarlo Santo Tomás,
infiere, en primer lugar, que: «como se acaba de decir que el carácter sacramental es
una participación del sacerdocio de Cristo en sus fieles, de tal manera que
como Cristo tiene la plena potestad del sacerdocio espiritual, así sus fieles
se configuran en él en la participación de una potestad espiritual referida a los
sacramentos y al culto divino. Por eso, Cristo no tiene carácter sacerdotal,
sino que la potestad de su sacerdocio se compara con el carácter como lo que es
pleno y perfecto con una participación».
En segundo
lugar, recuerda que: «el sacerdocio de
Cristo es eterno, según las palabras del salmo: «Tu eres sacerdote eterno según
el orden de Melquisedec» (Sal 109, 4)».
De ello, se sigue que: «toda consagración realizada
en virtud del sacerdocio de Cristo, mientras dura la cosa consagrada, es
permanente». Nota además que: «esto acontece incluso en las cosas inanimadas:
la consagración, por ejemplo, de una iglesia o de un altar dura mientras no
sean destruidos».
Por último: «como el sujeto
del carácter es la parte intelectiva del alma, que es donde reside la fe, como
también se ha dicho, es evidente que siendo el entendimiento perpetuo e
incorruptible, también el carácter reside en el alma de manera indeleble» [40].
1250. –¿Cómo se diferencia el carácter sacramental
de la gracia?
–Se dan tres diferencias
esenciales entre el carácter sacramental y la gracia, tanto la sacramental como
la santificante en general. La primera, porque: «la gracia es más perfecta que el carácter, ya que el
carácter está ordenado a la gracia como a su fin superior» [41].
La segunda diferencia entre ambas es
porque: «la gracia y el carácter no se encuentran
en el alma de la misma manera. Porque la gracia reside en ella como una forma
autónoma, mientras que el carácter reside en el alma, como ya se ha dicho, como
un poder instrumental».
La tercera está en la propiedad de ser
indeleble. No la tiene la gracia, porque: «una
forma autónoma reside en un sujeto acomodándose a la condición del sujeto y
puesto que el alma es mudable en esta vida en virtud de su libre albedrío, es
lógico que la gracia resida en ella de forma mudable».
En cambio, el carácter
sacramental es indeleble, porque: «el poder
instrumental se acomoda más bien a la condición del agente principal. Y, por
eso, el carácter reside en el alma de una manera indeleble, no por su propia
perfección, sino por la perfección del sacerdocio de Cristo, del que se deriva
el carácter como una virtud instrumental» [42].
Sobre esta inmutabilidad del
carácter debe advertirse, por un lado, que, por la propia voluntad se puede
perder la gracia, por los obstáculos que se le pueden oponer; no, por el
contrario, el carácter sacramental, porque: «la
esencia del instrumento consiste en ser movido por otro, y no en que se mueva a
sí mismo, como sucede con la voluntad. Por eso, aunque la voluntad quiera lo
contrario, el carácter no desaparece por la inmovilidad del agente principal» [43].
Por otro, que: «aunque después de esta vida no subsista ya el culto
externo», que a lo que está destinado del carácter, «permanece, sin embargo, el fin de ese culto. Por eso
después de esta vida permanece el carácter; en los buenos para su gloria, y en
los malos para su propia ignominia, como ocurre con los soldados, cuyo carácter
militar se conserva también después de la victoria: en los que vencieron a
título de gloria, y en los vencidos para su castigo» [44].
1251. –¿Todos los sacramentos imprimen carácter?
–Como se ha dicho: «los sacramentos que imprimen carácter no se pueden
reiterar, porque el carácter es indeleble». Sin embargo: «es sabido que algunos sacramentos se reiteran, como la
penitencia y el matrimonio». Por consiguiente, debe sostenerse que: «no todos los sacramentos de la nueva ley imprimen
carácter» [45].
Se puede probar, porque: «los sacramentos de la nueva ley tienen un doble objeto:
el remedio del pecado y el culto divino. Es común a todos ellos suministrar un
remedio contra el pecado por la infusión de la gracia. Pero no todos están
ordenados directamente al culto divino. Es evidente, por ejemplo, que el
sacramento de la penitencia, que libra al hombre del pecado, no le añade nada
nuevo para el culto divino, sino que le restituye al estado anterior».
En cuanto al culto divino, hay
que tener en cuenta que: «los sacramentos pueden
ordenarse al culto divino de tres maneras. Primera, en la misma acción
sacramental. Segunda, proveyendo al culto a ministros o agentes. Tercera,
proveyendo de receptores».
Respecto a la primera manera indica que: «El
sacramento que dice relación directa al culto divino en la misma acción
sacramental es la Eucaristía, en la cual consiste principalmente, el culto divino,
por cuanto ella es el sacrificio de la Iglesia; y este sacramento no imprime
carácter en el hombre, porque no ordena a obrar o a recibir algo ulterior en el
orden sacramental, ya que es, como dice Dionisio: «el fin y la consumación de
todos los demás sacramentos» (Jer. cel., 1); pero
contiene a Cristo mismo, que no tiene carácter, sino la plenitud absoluta del
sacerdocio».
Sobre la
segunda manera por la que el sacramento está ordenado al culto escribe: «A la preparación de ministros para el culto pertenece el
sacramento del orden, porque este sacramento capacita a los hombres para
comunicar los sacramentos a los demás».
Por último, en cuanto al sacramento que
provee sujetos pasivos, nota que: «a la provisión
de receptores está reservado el sacramento del bautismo, por el que el hombre
recibe la potestad de recibir todos los demás sacramentos de la Iglesia, por lo
que al bautismo se le llama puerta de los sacramentos. A lo mismo está ordenada
en cierto modo la confirmación».
Puede así concluirse que: «tres son los sacramentos que imprimen carácter el
bautismo, la confirmación y el orden» [46].
De manera que, aunque: «todos los sacramentos hacen
al hombre participante del sacerdocio de Cristo, puesto que le comunican algún
efecto de él. Pero no todos los sacramentos destinan para hacer o recibir cosas
que se refieren al culto del sacerdocio de Cristo» [47],
únicamente los tres sacramentos que imprimen carácter.
Además, estos sacramentos, que
imprimen carácter, santifican de un modo peculiar, porque: «todos los sacramentos santifican al hombre, entendiendo
por santidad la purificación del pecado por la gracia. Pero los sacramentos que
imprimen carácter le santifican de una manera especial comunicándole una
consagración que le destina al culto divino, como ocurre con las cosas
inanimadas, que también se las llama consagradas por estar destinadas al culto
divino» [48].
Eudaldo Forment
[1] Lc 3, 38.
[2] Santo Tomás de Aquino, Comentario a las
Sentencias de Pedro Lombardo, IV, d. 1, q. 1, a. 2, q, 3, ad 2.
[3] ÍDEM, Suma teológica, III, q. 6o, a. 5, ad
3.
[4] Ibíd., III, q. 65, a. 1, ad 7.
[5] Ibíd., I-II, q, 70, a. 4, ad 2.
[6] Véase: I. SHCUSTER-J.B. Holzammer, Historia
bíblica., Barcelona, Editorial Litúrgica Española, 1946, 2 vols., v. I, p.
163.
[7] Dt 10, 16.
[8] Gn 17, 1.
[9] Juan Donoso Cortés, Discurso académico sobre la
Biblia, en ÍDEM, Obras de Don Juan Donoso Cortés, Madrid, Imprenta
de Tejado, 1854, vol. III, pp.215-242, p. 223.
[10] Santo Tomás de
Aquino, Suma teológica, I-II, q. 98, a. 5, in c.
[11] Ibíd. I-II,
q. 98, a. 4, in c.
[12] Cf: Ibíd.,
III, q. 70, a. 4. ad 4.
[13] Ibíd., Supl.
q. 69, a. 4, in c.
[14] Cf: Ibíd.,
III, q. 70, a. 4, ad 5.
[15] Ibíd., Supl.
q. 69, a. 7, in c.
[16] ÍDEM, Suma
contra los gentiles., IV, c. 58.
[17] ÍDEM, Suma
teológica, III, q. 62, a. 1, in c.
[18] Ibíd., III,
q. 62, a. 1, ad 1.
[19] Ibíd., III,
q. 62, a. 2, in c.
[20] Ibíd., III,
q. 65, a. 1, in c.
[21] Ibíd., III,
q. 63, a. 1, ad 1.
[22] Ibíd., III,
q. 63, a. 1, in c.
[23] Concilio de
Trento, Decreto sobre los sacramentos, De los sacramentos en general,
can IX.
[24] Catecismo
romano, P. II, c. 1, n. 30.
[25] Ibíd., P. II,
c. 1, n. 31.
[26] Cf. Santo Tomás
de Aquino, Suma teológica, I-II, q. 49, a. 2, in c.
[27] Ibíd., III,
q. 63, a. 2, sed c.
[28] Ibíd., III,
q. 63, a. 2, ad 1.
[29] Ibíd., III,
q. 63, a. 2, in c,
[30] Ibíd., III,
q. 63, a. 3, in c.
[31] Concilio
Vaticano II, Lumen gentium, c. II, 10.
[32] Santo Tomás de
Aquino, Suma teológica, III, q. 63, a. 4, in c.
[33] Ibíd., III, q.
63, a. 4, ob. 1.
[34] Ibíd., III,
q. 63, a. 4, ad 1.
[35] Ibíd., III, q.
64, a. 4, ob. 2.
[36] Ibíd., IIII,
q. 63, a. 4, ad 2.
[37] Ibíd., III, q.
63, a. 4, ob 3
[38] Ibíd., III,
q. 63, a. 4, ad 3.
[39] Ibíd.,, III,
q. 63, a. 5, sed c.
[40] Ibíd., III,
q. 63, a. 5, in c.
[41] Ibíd., III, q.
63, a. 5, ob. 1.
[42] Ibíd., III,
q. 63, a. 5, ad 1.
[43] Ibíd., III,
q. 63, a. 5, ad 2.
[44] Ibíd., III,
q. 63, a. 5, ad. 3.
[45] Ibíd., III,
q. 63, a. 6, sed c.
[46] Ibíd., III,
q. 63, a. 6, in c.
[47] Ibíd., III,
q. 63, a. 6, ad 1.
[48] Ibíd., III, q.
63, a. 6, ad 2.
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