Hace poco planteé esta pregunta en Facebook y Twitter, aquí los resultados:
Por: Steven Neira | Fuente: El Patio de Gentiles
Para abordar el tema, vale la pena aclarar
términos, que, si no, no sabemos de qué hablamos.
DERECHO
Literalmente, es lo recto, lo no torcido, en
cuanto conforme a la realidad, en el sentido de “adecuado”
a ella, proporcionado, o como lo definía Celso, “el
arte de lo bueno y de lo equitativo” [1].
En este sentido, – y en cualquier otro sentido que se le quiera atribuir al
término – [2], está íntimamente
relacionado con los actos humanos, es decir, que son propios de quien posee
voluntad, libertad e inteligencia. El derecho de alguien substantivo, designa
aquello que – lo que – es adecuado o justo en relación con esa persona, lo que
le corresponde.
ANIMAL
Referido a los animalia, al Reino Animal, y esto
para evitar la argumentación animalista de que “también
somos animales”, pues que ciertamente compartimos con los animales la
capacidad de reproducción, nutrición y crecimiento, sin embargo, en nosotros se
da la facultad del intelecto que introduce un salto cualitativo insalvable
entre seres humanos y animales.
Hasta
aquí de definiciones, vamos al tema en cuestión.
LA
OBSESIÓN SENTIMENTAL POR LOS ANIMALES
Del primer prejuicio que hay que deshacerse, es
de aquél falso extremo, en el que, si no trato a los animales como personas, es
porque los odio o me gusta que los maltraten, esto sencillamente es absurdo e
irracional. Tanto es así, que lo que se considera en verdad un maltrato animal,
es justamente que sean tratados como personas. César Millán, el famoso
encantador de perros (que algo ha de saber más que nosotros sobre el tema),
indica que, el humanizar a los animales ocasiona que pierdan su identidad, que
se sientan frustrados, ansiosos e inseguros. Paso a transcribir textualmente lo
dicho por César en una entrevista al respecto:
“No se están teniendo en
cuenta las necesidades del animal. El ser humano se ha enfocado en ser
profesional y no en tener familia. Por eso quieren llenar ese vacío con los
animales. Pero los animales se sienten incompletos porque no son seres humanos
y tienen otras necesidades físicas y psicológicas” [3]
Y esto, porque con un poco de sentido común,
podemos darnos cuenta de que celebrarle el cumpleaños, pintarle las uñas,
ponerle camisetitas o nombre de persona a los animales, es – y así lo afirma
este experto mundialmente reconocido, y al que sería el colmo acusarlo de que
odia a los animales – completamente inadecuado, más aún, es un maltrato animal.
¿Qué sucede? Que debido a la sociedad
sentimentalista en la que nos encontramos, la capacidad de razonar argumentos
es muchas veces nula, nos pueden los sentimientos y empezamos a actuar de
formas inadecuadas bajo criterios irracionales, como es este caso. Las
consecuencias son evidentes, pues tenemos personas por ahí afirmando que “mi perro es como mi hijo” o incluso en
situaciones de solidaridad, prefieren mil veces ayudar a un animal de la calle,
que a una persona, dándoles así una falsa seguridad de que con este acto han
mejorado el mundo, han devuelto esperanza a la humanidad, y no, lo que devuelve
la esperanza a la humanidad es la santidad y el amor, el amor a la Creación por
supuesto, pero sobretodo el amor al prójimo, que es por quien Cristo ha
derramado Su Sangre. Pero el tema religioso lo dejaré para otro momento, que
después no lograré que mis lectores no creyentes me sigan hasta el final del
artículo.
CON
RESPECTO A LOS DERECHOS
Llegado a este punto cabe decir que, ser sujeto
de derecho suele definirse como tener derechos y obligaciones jurídicas. Sujeto
(sub-jectum) indica: sometido, vinculado. De
aquí deriva, probablemente, el hecho de considerar, universalmente, que sujeto
de derecho, en sentido propio, es solo la persona. Pues sólo la persona, en
virtud de su inteligencia y voluntad, es libre o susceptible de mérito y
responsabilidad. Esto, aunque no pueda ejercerlos en acto; se trata, en efecto
de algo que le es propio a su naturaleza capaz de responsabilidad (por eso, lo
son el niño, el demente, el enfermo, el hombre en coma, el que depende de otro,
el dormido, etc.) [4]
Lo que propiamente corresponde a los animales –
y a la naturaleza en general, que en ciertos países como el mío han decidido
referirla en la Constitución como la Pachamama,
porque para paganismos hay espacio, pero no para Dios – es ser “objetos” de Derecho si se quiere y en cierto
sentido, es decir, receptores de responsabilidades jurídicas, por parte del
hombre. Porque como sujetos de derecho, nosotros tenemos la obligación de
preservarlos, respetarlos, cuidarlos, etc.
De modo que no es posible considerar ni a los
animales ni a la naturaleza como sujetos de derecho, sencillamente porque
existe en el hombre una realidad espiritual que corresponde a su
intelectualidad, a su capacidad racional, aunque no todos la usen y algunos
hayan renunciado a usarla para abrazar ideologías modernas. De modo que, se
quiere mucho a los animales, se cuida la naturaleza y se la respeta, pero cada
cosa en su lugar, que en la medida en que más damos cabida a igualitarismos
absurdos, quien termina pagándola bien caro, somos nosotros mismos. Ahí tienen
a Europa, que tiene una tasa de natalidad por los suelos, porque prefieren
mantener mascotas – más cómodo, menos sacrificio, que se traduce en menos amor
– que tener hijos.
[1] Celso, Digesto, I, 1.
[2] Para una profundización
de la etimología del término “derecho”, me remito a la obra de A.
Fernández-Galiano, Derecho Natural: introducción filosófica al Derecho, Artes Gráficas Benzal, 4ª ed., Madrid 1983, pp.
60-67.
[3] Puedes ver el video de
la entrevista en la revista mexicana “Contenido” aquí: http://www.elsalvador.com/vida/187570/video-tratar-a-los-perros-como-humanos-es-frustrarlos-dice-el-encantador-de-perros-cesar-millan/
[4] Cf. Javier Barraca,
Pensar el Derecho, Palabra, Madrid, pp. 24-29.
Artículo publicado
originalmente en El Patio de los
Gentiles
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