Algunos piensan que la necesidad de una hora de ayuno antes de comulgar es algo que ya pasó de moda...
Por: P. Eduardo Volpacchio | Fuente:
www.algunasrespuestas.com
Para recibir la Sagrada Eucaristía hacen falta
tres condiciones: 1) estar en gracia de Dios; 2)
saber a quién se va a recibir, acercándose a comulgar con devoción; 3) y
guardar una hora de ayuno antes de comulgar. Nos ocuparemos de la última
para analizar si es realmente importante.
QUÉ DICE LA LEY DE LA IGLESIA
El Catecismo de la Iglesia Católica señala en el número 1387 la tercer
condición para comulgar dignamente: «Para
prepararse convenientemente a recibir este sacramento, los fieles deben
observar el ayuno prescrito por la Iglesia (cf CIC can. 919). Por la actitud corporal (gestos, vestido) se manifiesta
el respeto, la solemnidad, el gozo de ese momento en que Cristo se hace nuestro
huésped».
El Código de Derecho Canónico contiene la ley de la Iglesia de rito latino (hay
otro Código para los de rito oriental). El canon al que remite el Catecismo
dice:
«CIC 919 #1 Quien vaya a recibir la santísima
Eucaristía, ha de abstenerse de tomar cualquier alimento y bebida al menos
desde una hora antes de la sagrada comunión, a excepción de agua y de
medicinas.
CIC 919 #3 Las personas de edad avanzada o enfermas, y asimismo quienes las
cuidan, pueden recibir la santísima Eucaristía aunque hayan tomado algo en la
hora inmediatamente anterior.»
No es sólo un consejo, es mucho más. Es una disposición jurídica: “deben observar el ayuno” y “ha de abstenerse de cualquier alimento” son
expresiones de obligatoriedad que prescriben que no se debe comulgar sin
cumplir esta condición.
¿PASADO DE MODA?
Algunos piensan que la necesidad de una hora de ayuno antes de comulgar “no corre más”. Dicen que “eso
era antes”, como si ya no estuviera vigente en la Iglesia. Lo ven como
algo de la época de nuestras abuelas…
Sólo querría recordarles que el Código de Derecho Canónico del que hablamos no
es el viejo de 1917, sino el sancionado en 1983. Y el Catecismo de la Iglesia
publicado en 1992. Y que están ambos vigentes en la Iglesia. El último
documento que habla del ayuno eucarístico es el Instrumentum
laboris del Sínodo sobre la Eucaristía (octubre de 2005). Es decir, que
la actualidad del precepto está fuera de toda duda.
¿CABEN EXCEPCIONES?
La ley meramente eclesiástica –ley humana de la Iglesia– no obliga cuando hay
una dificultad grave. En este tema, no parece fácil imaginar un caso así, fuera
de la situación de enfermedad expresamente prevista en el canon citado.
UNA PREGUNTA FRECUENTE
No es raro oír esta pregunta: “¿cuántos minutos
tiene la hora de ayuno antes de comulgar?” O, “si
me faltan cinco minutos, ¿puedo comulgar?” Primero, lo obvio: en principio las horas son de 60 minutos.
Además el texto de la ley, no dice escuetamente una hora, como si pudiéramos
comenzar a regatearle algunos minutos, sino “al
menos una hora antes”, es decir, que apunta a que sea más de una hora.
No exige que sea una hora, sino que señala un límite inferior. No olvidemos que
hasta tiempos de Pío XII el ayuno regía desde el día anterior. Por esto no
había entonces Misas vespertinas. En la década del 50 del siglo pasado, dicho
Papa redujo el ayuno a tres horas; y, después del Concilio Vaticano II, se pasó
a una hora.
SENTIDO DEL AYUNO
La Iglesia no pretende limitar la Comunión –que sean menos los fieles que
comulgan– sino velar por el respeto y la veneración a tan gran sacramento
porque recibimos al mismo Cristo.
En el Instrumentum laboris del XI Sínodo
sobre la Eucaristía (octubre de 2005), se señala que “Ha
sido expresado el deseo de restituir en todos los lugares al ayuno eucarístico
aquella rigurosa atención que todavía está en uso en las iglesias orientales.
En efecto, el ayuno, como dominio de sí, exige el concurso de la voluntad y
lleva a purificar la mente y el corazón. San Atanasio dice: «¿Quieres saber
cuáles son los efectos del ayuno?... expulsa los demonios y libra de los malos
pensamientos, alegra la mente y purifica el corazón». En la liturgia cuaresmal
se invita a menudo a la purificación del corazón mediante el ayuno y el
silencio, como recomienda San Basilio. En alguna respuesta a los Lineamenta se
pregunta acerca de la oportunidad de reconsiderar la obligación de las tres
horas de ayuno eucarístico.”
¿ME VOY A PERDER DE COMULGAR
POR CINCO MINUTOS?
Sí, porque nadie te obligó a comer.
En realidad nadie te prohíbe comulgar. Sencillamente no te has preparado lo
suficiente: te faltan unos minutos de preparación y por respeto a la
Eucaristía, no querrás ser descortés con el Señor. Es precisamente el amor a la
Eucaristía lo que te lleva a no comulgar.
COMUNIÓN Y OBEDIENCIA
Hoy no pocas personas incumplen este precepto de la Iglesia, escudándose en que
comulgar es muy importante. Sí que lo es, pero más importante es la obediencia.
Te cuento el caso del Rey Saúl. Dios le encarga que después de derrotar a los
amalecitas, destruyera todo lo de este pueblo. Después de la victoria, Dios
envía a Samuel a recriminarle no haber cumplido su mandato. La conversación, si
no fuera trágica, resultaría divertida. Samuel le pregunta: ¿por qué no has cumplido lo que Dios te ordenó? Saúl
comienza a responder que cumplió perfectamente... Samuel lo corta con una
ironía: ¿Qué es entonces ese mugir de vacas, ese
balar de ovejas, etc., que escucho? A lo que el rey intenta justificar,
diciendo que reservó lo mejor del ganado para sacrificarlo en honor de Dios.
Aparentemente, un loable proyecto. Respuesta de Dios a través de Samuel: “Vale más la obediencia que las víctimas”. De
hecho, por esta desobediencia Dios rechazó a Saúl como rey, y eligió a David
para que lo sustituya. Una desobediencia que tenía aparentemente una buena
excusa, una desobediencia con una aparente buena intención: “prefiero la obediencia al sacrificio”.
ES MEJOR NO COMULGAR
OBEDECIENDO A LA IGLESIA QUE COMULGAR DESOBEDECIENDO
Es imposible que sea grato a Dios que comulguemos desobedeciendo. Seguro, sin
lugar a la menor duda, es más grato a Dios que no comulgues si te falta el
tiempo de ayuno como expresión de respeto y obediencia, que comulgar por
capricho yendo en contra de la ley de la Esposa de Cristo: ¿te acordáis del "todo lo que ates en la tierra será
atado en el cielo"?
Conclusión: tiene más mérito delante de Dios (es
decir, es más valioso) el acto de obediencia consistente en dejar de comulgar
para obedecer a la Iglesia, que comulgar desobedeciendo (si es que esto tuviera
algún mérito y no fuera una falta...).
¿SE PUEDE DISPENSAR?
Algunos fieles pretenden que el sacerdote, les autorice a Comulgar sin el
debido tiempo de ayuno. Debemos decir que no corresponde, ya que el sacerdote
no tiene potestad para dispensar de una ley eclesiástica: no puede hacerlo, y, si lo hiciera, el permiso sería nulo
(como si yo te diera permiso para casarte siendo menor de edad: no tengo este
poder; si diera el permiso, sería falso, inválido, nulo).
MOTIVOS PASTORALES Y PRÁCTICOS
Además de los motivos jurídicos, morales y de méritos para no comulgar sin el
ayuno correspondiente, también hay un motivo práctico: quien deja de comulgar
porque "no le dio el tiempo", calculará
mejor la próxima vez y se preparará con más delicadeza a comulgar. No le
sucederá más, ya que estará más atento.
Quien comulga sin el tiempo debido, cada vez será más laxo en su cálculo… e irá
estirando el tiempo… Y vivirá en el "filo de
la navaja".
LA EUCARISTÍA MERECE RESPETO.
Hemos de hacer bien las cosas buenas. No ser chantas para hacer el bien. Alguno
podría pensar “da igual”, “cómo te vas a hacer
problema por unos minutitos?”, “no seas exagerado”. No, no da igual. Es
respeto. Es delicadeza. Muestra cuanto valoras el Sacramento. Comulgar no es
cualquier cosa. Es lo más grande que podemos hacer en esta vida.
La liturgia hace rezar al sacerdote antes de recibir la Comunión en la Santa
Misa una oración con un pedido singular: que esa Comunión “no sea para mí motivo de juicio y condenación”.
Por algo lo pide, y el que lo pide es el sacerdote, y lo pide para sí mismo.
Si no comulgas un día por no llegar al ayuno mínimo requerido de una hora, no
pasa nada. No es pecado, no es una falta de respeto, no es una falta de
interés. No es obligación comulgar y, por lo mismo, no es falta no hacerlo. Si
tenéis tantas ganas de comulgar, ofrece a Dios el no poder hacerlo; has una
Comunión espiritual. Y cumplí con lo que está mandado para custodiar la
dignidad de este sacramento.
Es absurdo cometer un pecado por comulgar sin las debidas disposiciones, sin
ninguna necesidad de hacerlo
Déjame que lo repita: dejar de comulgar no es
pecado. Desobedecer la ley eclesiástica sí lo es. Obedecer la ley de la
Iglesia es meritorio. Cometer un pecado intentando hacer algo bueno es
totalmente ridículo.
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