OBSERVATORIO DE BIOÉTICA
– UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALENCIA
(ZENIT
– 4 dic. 2019).- La “death by donation” (muerte por
donación) transgrede una arraigada norma médica que prohíbe obtener órganos
para donación hasta que el donante sea declarado muerto, por lo que esta
práctica debería ser considerada en el momento actual como un homicidio por
terminar con una vida humana.
Se ha
publicado en Intensive Care
Medicine, un
interesante y a la vez altamente preocupante artículo, en el que se plantea la
obtención de órganos para trasplantes de personas que puedan desear la eutanasia o el suicidio asistido, y que en vez de conseguir su objetivo por la vía
habitual, admiten ser operados en un quirófano para que les extraigan los
órganos estando aún vivos. A esto se ha denominado “death
by donación”, muerte por donación, es decir, que dichas personas mueren
al extraerles los órganos.
El tema se
plantea ante la escasez de órganos para trasplantes en la mayoría de los países
desarrollados, lo que hace que se generen importantes listas de espera de
pacientes que requieren un trasplante.
Ante este
problema, en el artículo que se comenta, se manifiesta que una solución para
estos pacientes, puede ser acudir al “mercado
negro” de países subdesarrollados; pero hay otras opciones, como puede
ser obtenerlos de una persona viva que desea morir y que se ofrece a donar sus
órganos en el mismo acto quirúrgico que le propicia la muerte.
En diversas
conferencias médicas internacionales, celebradas en 2018-2019, se ha debatido a
cerca de la “donation after death”, que
parece se está practicando ya en países como Canadá o el Benelux, en los que la eutanasia o el suicidio
asistido están legalizados.
Según los
autores la denominada “Imminent death donation” hace
referencia a pacientes terminales que solicitan la eutanasia y que están
dispuestos a donar sus órganos, en cambio en la “death
by donation” se pueden incluir voluntarios que no padecen ninguna
enfermedad, es decir, personas sanas que quieren suicidarse.
El principal
problema bioético que se plantea es que en la “death
by donation” se transgrede una arraigada norma médica que prohíbe
obtener órganos para donación hasta que el donante sea declarado muerto, por lo
que la “death by donation” debería ser
considerada en el momento actual como un homicidio por terminar con una vida
humana, aunque sea para un fin aparentemente bueno, como puede ser obtener
órganos para donación.
Además de
todo ello, y al atribuir responsabilidades éticas a los que participan en estos
actos, hay que tener en cuenta que en las prácticas eutanásicas o en el
suicidio asistido solo es necesario que intervenga un facultativo, mientras que
en la “death by donation “se requiere un equipo
completo de profesionales médicos. Por lo que cabe preguntarse ¿deberían todos
los profesionales manifestar su consentimiento para participar en ese acto
médico claramente homicida? Y además, ¿el receptor de los órganos debería
expresar también su consentimiento a recibir órganos de una persona viva que se
ofrece a morir para que puedan extraer sus órganos?
Ciertamente
es un paso más en la enloquecida carrera de terminar con vidas humanas, pues la
“death by donation” es un acto homicida, como
a nuestro juicio también lo es la eutanasia, especialmente si, como se
atestigua en otro artículo del New England Journal Medicine (cita 16 del
artículo), de las 3882 muertes por eutanasia o suicidio asistido realizadas en
Holanda y Bélgica, en el año 2013, 1047 (27%) se llevaron a cabo sin ser
solicitadas por los enfermos, y consecuentemente sin su consentimiento.
Justo
Aznar
Observatorio de Bioética
Universidad Católica de Valencia
Observatorio de Bioética
Universidad Católica de Valencia
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