La ley debe garantizar la
atención a los enfermos, no acabar con ellos
La Junta
Directiva de AEBI ha manifestado su posición contraria a la proposición de ley
del PSOE para regular la eutanasia y ante la posibilidad de que se convierta en
una prestación en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
(InfoCatólica) Comunicado de la Junta
Directiva de AEBI sobre su posición ante la proposición de ley del PSOE para
regular la eutanasia y la posibilidad de que se convierta en una prestación en
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud:
Tal como ya nos manifestamos
en las redes sociales, afirmamos que nunca
hay motivo que justifique la directa eliminación de un ser humano. El
interés general de la sociedad exige que ningún ciudadano pueda cooperar o
ejecutar la eliminación de otro, menos aún los profesionales sanitarios. Ni el
dolor ni la ausencia de ninguna otra cualidad inherente a la persona anulan su
dignidad ésta es incompatible con la licitud de la eutanasia.
Debemos eliminar el dolor y el sufrimiento, no la persona con dolor y
sufrimiento. Aun
existiendo situaciones particulares muy dolorosas hay que realizar un esfuerzo
para ayudar a los pacientes a dotarlas de sentido. No existen variantes
benignas de la eutanasia, por tanto, no se pueden admitir excepciones. La
lástima que pueda provocar esa situación, no justifica quitar intencionalmente
la vida de un hombre. Es un homicidio deliberado que presentado como acto
altruista y benevolente encubre la necesidad propia de olvidar el sufrimiento y
la muerte, y la incapacidad de aceptar la muerte ajena.
En este sentido, y dado que el
hombre no es un ser aislado, se requiere por parte de la sociedad, de las
ciencias sanitarias, de los servicios de salud y sociosanitarios, de una atención que palie los sufrimientos y
desbloquee las pocas peticiones eutanásicas que se pueden dar, pues
dichas demandas terminan cuando los pacientes reciben tratamiento paliativo
adecuado. En línea con lo anterior, es fácil advertir que tratar el sufrimiento
eliminando al que sufre es un contrasentido de la acción paliativa. Lo que
piden los enfermos es ser valorados, seguridad ante la incertidumbre de la
muerte, ser tratados y cuidados profesionalmente.
Los cuidados paliativos se basan en un tipo especial de atención que se aplica a pacientes en
situación Cuidados paliativos domiciliarios. Se fomenta la atención
domiciliaria de la persona que sufre una enfermedad incurable y formación
médica especializada de enfermedad avanzada. Estos cuidados pretenden proporcionar
a la vida de los enfermos, y a la de sus familiares, la mejor calidad posible a
su situación. Su principal objetivo es que alcancen el máximo bienestar
posible. Actúan sobre las necesidades de todo tipo afectadas por la enfermedad
avanzada. Este enfoque global del paciente y su familia se alcanza mediante el
trabajo en equipo interdisciplinar de profesionales médicos, personal de
enfermería, psicólogo, trabajadores sociales y asistentes espirituales.
Tales cuidados deben ser un derecho de todos los pacientes dentro del
sistema de salud. En consecuencia, la prioridad es que alcancen a todos y que éstos sean
de calidad y realizados por profesionales preparados profesionalmente para
ello. De esta manera se ayuda a vivir la muerte a todos los ciudadanos con
dignidad. Esta es una obligación ética urgente por parte de los poderes
públicos. Ofrecer la eutanasia cuando no está resuelto el acceso universal a
los cuidados paliativos es una irresponsabilidad, una negligencia y algo
contrario a la justicia social. Es necesario por lo tanto que la ley garantice
una correcta atención a los enfermos al final de la vida, no una ley para
acabar con ellos.
Si en alguna circunstancia se
admite que alguien pueda disponer la vida de una persona, implícitamente se
está afirmando que la vida humana no es inviolable o incondicional y por lo
tanto se acepta que hay vidas humanas que merecen no ser vividas. Esto es una
tentación para todos, un recurso fácil que tiende a expandirse.
La falta de respeto a la propia vida y de la ajena en nuestra sociedad
van unidas. Una
legalización de la eutanasia destruiría las barreras legales que defiendan la
vida humana siempre y en cualquier circunstancia. Institucionalizar el criterio
de que si uno libremente decide eliminarse y se legaliza ese acto, determina
lícito y digno el suicidio disminuyendo la consideración de la vida ajena como
algo inviolable.
La posible legalización de la eutanasia ocasiona dentro de las
profesiones sanitarias un fenómeno corrosivo de su «ethos»
y de la relación sanitariopaciente que implicaría una desnaturalización
de ellas: un
atentado a la integridad ética de los profesionales sanitarios y a la confianza
como fundamento de la relación médico-paciente. El acostumbramiento social y el
activismo pro-eutanásico terminarían por convencer a los profesionales y
familiares que matar por lastima o a petición del enfermo es una alternativa
terapéutica tan eficaz que no se puede rechazar. A pesar de las salvaguardas
que para la eutanasia existen en algunos países hay datos que indican que éstas
son ineficaces ya que la eutanasia voluntaria da lugar a un incremento de la no
consentida.
Como consecuencia de todo lo anterior, el estado debe legislar para la
mayoría de pacientes, que no desean la eutanasia, protegiendo a los ciudadanos
en su derecho a la vida. Una situación concreta, por muy dramática que sea, no puede elevarse
como norma, máxime si además conlleva consecuencias negativas para el bien
común: debilitamiento de la actitud de defensa de la vida hacia los más débiles
y empobrecimiento del quehacer sanitario. Una opción personal no puede
universalizarse en un pretendido derecho que obligue a otros a matar.
En línea con las ideas
expuestas el Consejo de Europa suscribió en la Recomendación de la Asamblea
Parlamentaria del Consejo de Europa (25/6/1999) de Protección de los Derechos
Humanos y la Dignidad de los Enfermos en Fase Terminal y Moribundos, suscrita
por España, que los Cuidados Paliativos son un derecho subjetivo y una
prestación más de la asistencia sanitaria. Además, se respalda la prohibición
de poner fin a la vida intencionadamente del enfermo en fase terminal. Así
mismo, se indica que el deseo de morir no genera el derecho a morir a manos de
un tercero. (R.XVI C) dado que el deseo de morir, no puede, por si mismo,
constituir una justificación legal para acciones dirigidas a poner fin a su
vida (R.XVI II/III). También en esta línea de pensamiento se encuentra el
posicionamiento de la asamblea general del Consejo General de Colegios de
Médicos (21/6/2018) ante la eutanasia y el suicidio asistido el cual suscribe
íntegramente AEBI. Por último, la Asociación Médica Mundial también se opone al
suicidio asistido y a la eutanasia reiterando su posición de considerar que:
«la eutanasia, es decir, el acto deliberado de poner fin a la vida de un
paciente, aunque sea por voluntad propia o a petición de sus familiares, es
contraria a la ética» (27/10/2018)
Con
información del Observatorio de Bioética de la Universidad Católica de Valencia
(UCV)
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