La Pontificia Comisión Ecclesia Dei ha respondido a
una carta con veintinueve preguntas que le dirigió un sacerdote polaco sobre
numerosos aspectos de la Misa tradicional y las normas litúrgicas de 1962. Las
preguntas, que se publicaron en el foro Música Sacra Forum abarcan
temas tan variados como cuestiones en extremo concretas sobre qué formas
de canto gregoriano están permitidas o quiénes pueden ejercer la función de
subdiácono.
Algunas se responden normalmente, y otras se
limitan a remitir a Summorum Ponificum o
a la Instrucción
sobre la aplicación de Summorum Pontificum. Otras, sin
embargo, son nuevas o al menos lo suficientemente relevantes para publicarse en
2018.
Veamos
algo de lo más destacado:
Nº 2: Ecclesia
Dei afirma claramente que está
permitido recitar el Confíteor antes de la comunión de los fieles «en aquellos lugares en los cuales esta práctica existe
puede continuarse con ella».
Nº5: La costumbre de celebrar la Misa
el sábado por la tarde –que, desgraciadamente, se da en algunas celebraciones
de la Misa Tradicional– no es lícita. Aunque,
técnicamente, una Misa celebrada la víspera de un domingo o día de precepto
permite cumplir la obligación de oír misa ese día (según el derecho canónico
postconciliar), en la Misa Tradicional en latín NO se pueden utilizar los
propios del día siguiente. Ecclesia Dei ha declarado, poniendo el ejemplo de
una Misa sabatina según el Rito Extraordiario: «El
propio empleado debe se aquel permitido para una Misa en sábado». Es posible que ésta sea la más relevante
de las preguntas, ya que exigirá que en algunas misas tradicionales se cambie
su práctica habitual. Si en una tarde de sábado se dice una Misa
Tradicional, los propios deben ser los correspondientes al sábado. En una Misa
según el Rito Extraordinario en la víspera de un día de precepto tienen que
usarse los propios de ese día, no los de la fiesta de precepto. Si bien
Ecclesia Dei no explica el motivo, se puede decir sin temor a errar que su
decisión se basa en las rúbricas que están en vigor desde 1962. En las Rúbricas
generales, parte primera, capítulo 2, números 4 y 5, se
define explícitamente el día litúrgico diciendo que transcurre de media noche a
media noche y que los días más solemnes empiezan por las I vísperas el día
precedente, no con una Misa anticipada.
Nº6: Nuevamente, se habla de los
subdiáconos y los subdiáconos de circunstancias. Nada novedoso,
pero Ecclesia Dei ha vuelto a declarar que en las Misas Solemnes
los subdiáconos tienen que ser clérigos ordenados, seminaristas,
religiosos o laicos que hayan sido instituidos establemente en el ministerio de
acólito. Otros laicos que ejerzan de subdiáconos vestidos como tales en una
Misa Solemne lo hacen ilícitamente.
Nº7: Laicos que ejercen de ceremonieros en una Misa pontifical. Éste es uno
de esos casos en que Ecclesia Dei liberaliza la norma litúrgica de 1962 sin
citar la menor fuente. Se cree que es podría cambiar en futuras respuestas de
Ecclesia Dei (como ha sucedido en otras ocasiones).
Nº12: Los sacerdotes y comunidades religiosas afiliados a la FSSPX tienen
autorización y atribuciones concedidas por el papa Francisco para absolver
válida y lícitamente los pecados. Esto puede ser novedoso para algunos que
tenían entendido que la autorización del Papa sólo era válida para los
sacerdotes de la FSSPX.
Nº22:
Ecclesia Dei declara que sus respuestas tienen
tanta validez como los decretos de la Sagrada Congregación de Ritos.
Nº23:
Vigilia de Pentecostés. Parece que Ecclesia Dei va
concediendo poco a poco autorizaciones para celebrarla según el rito anterior a
1962. Esta autorización permite formalmente celebrar antes de la Misa, en la
víspera de Pentecostés, los ritos que estaban en vigor antes de 1962, con el
último Confíteor: «Donde exista, se puede continuar
con esta práctica».
Nº27. Cantantes solistas femeninas. Éste es otro de esos casos en los que
Ecclesia Dei liberaliza las normas litúrgicas de 1962 sin aportar la menor cita
ni fuente. Probablemente es una opinión que puede cambiar en futuras respuestas
de la Comisión (como ya ha sucedido en otras ocasiones).
Mucho de bueno, un poco de malo, y muchísima claridad con respecto a
dudas frecuentes. Animamos a los lectores a leer en su
totalidad* las preguntas y las respuestas.
ACTUALIZACIÓN al 29 de noviembre: El autor del posteo original en el foro Música Sacra Forum indicó dónde
se habían publicado originalmente las preguntas y sus respuestas. Al contrario
que algunos blogs (como uno que sabemos…), nosotros procuramos siempre decir
dónde se ha publicado qué y, si viene al caso, indicar la fuente original. Por
dicho motivo, aunque lo vimos primera vez en Musica Sacra Forum, aclaramos que
la fuente original está en Le forum
catholique.
(Traducido por
Bruno de la Inmaculada/Adelante la Fe. Artículo original)
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