Aprobada por el Papa Francisco
La Santa Sede ha hecho pública
la Instrucción «Cor orans» sobre la vida
contemplativa de las congregaciones religiosas femeninas. Fue aprobada por el
Papa Francisco el pasado 25 de marzo.
(InfoCatólica) En el día de hoy, martes 15 de
mayo, se ha presentado en la Oficina de Prensa de la Santa Sede la Instrucción “Cor Orans” (Corazón
orante), sobre la vida contemplativa, de la Congregación para
los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica.
Intervinieron en la
presentación monseñor José Rodríguez Carballo OFM, secretario de la
Congregación y el padre Sebastiano Paciolla, O Cist, subsecretario del
mencionado dicasterio.
El texto consta de Introducción, Normas generales, cuatro
Capítulos y Disposiciones finales.
EL PRIMER CAPÍTULO
SE TITULA «EL MONASTERIO AUTÓNOMO»
Y ESTÁ SUBDIVIDIDO EN SIETE APARTADOS:
I. La fundación
II. La erección canónica
III. La afiliación
IV. El traslado
V. La supresión
VI. Vigilancia eclesial sobre el monasterio
VII. Relaciones entre monasterio y Obispo diocesano
II. La erección canónica
III. La afiliación
IV. El traslado
V. La supresión
VI. Vigilancia eclesial sobre el monasterio
VII. Relaciones entre monasterio y Obispo diocesano
EL SEGUNDO CAPÍTULO
TRATA SOBRE «LA FEDERACIÓN DE
MONASTERIOS», Y CONSTA DE SEIS SECCIONES:
I. Naturaleza y
fin
II. La Presidenta federal
III. El Consejo federal
IV. La Asamblea federal
V. Oficios federales
VI. El Asistente religioso
II. La Presidenta federal
III. El Consejo federal
IV. La Asamblea federal
V. Oficios federales
VI. El Asistente religioso
EL TERCER CAPÍTULO
ABORDA «LA SEPARACIÓN DEL MUNDO»,
Y SE SUBDIVIDE EN:
I. Noción y
relevancia para la vida contemplativa
II. Los medios de comunicación
III. La clausura
IV. La clausura papal
V. Normativa sobre la clausura papal
VI. La clausura definida en las Constituciones
II. Los medios de comunicación
III. La clausura
IV. La clausura papal
V. Normativa sobre la clausura papal
VI. La clausura definida en las Constituciones
§ A. Clausura constitucional
§ B. Clausura monástica
VII. NORMATIVA SOBRE
LA CLAUSURA CONSTITUCIONAL
EL CUARTO Y ÚLTIMO
DE LOS CAPÍTULOS ABORDA «LA FORMACIÓN»,
Y CONSTA DE LOS SIGUIENTES APARTADOS:
I. Principios
generales
II. La formación permanente
III. Instrumentos de formación permanente
IV. La formación inicial
II. La formación permanente
III. Instrumentos de formación permanente
IV. La formación inicial
§ A. Aspirantado
§ B. Postulantado
§ C. Noviciado
§ D. Juniorado
El documento concluye con las
disposiciones finales.
CASI 38.000 MONJAS
DE CLAUSURA EN EL MUNDO
Monseñor Carballo, en la rueda
de prensa, explicó que «en el mundo en este momento hay 37.970 monjas de clausura, no pocas en
este contexto de crisis vocacional».
«Aquellas que
elijan la vida contemplativa y la clausura deben vivir en un ambiente separado del mundo y por esto los
monasterios deben respetar determinadas características y el ingreso de extraños o la salida de las
monjas del convento debe ser excepcional y autorizada», agregó.
Cor orans. La Santa Sede
deroga cuatro cánones del CIC: 628 §2 1º, 638 §4, 667 §4 y 686 §2. La especial
relación de cuidado existente entre el obispo diocesano y las religiosas
contemplativas experimenta muy importantes modificaciones @ArchiZaragoza @PrensaCEA @ecclesiadigital pic.twitter.com/ulYMpXqPtf
— Comillas Canónico
(@CanonComillas) 15 de mayo de 2018
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