El sr. Galat afirmó que yo si le
quería contradecir, debía hacerlo con argumentos. Ya le escribí, ofreciéndole
las razones por las que su afirmación de que la elección del Papa Francisco era
inválida no se sostenía de ninguna de las maneras. Escribí sobre ese tema,
porque ante la gente podía parecer que era su mayor baza en este asunto.
Pero Galat ha hecho que su
programa adujera otra razón: menciona que Pablo IV en su bula Cum ex apostolatus officio afirma lo siguiente (tomo el texto de Documenta
Catholica Omnia y lo pongo entero, en su parte crítica, para que nadie me acuse
de elegir trozos):
Aggiungiamo che, se
mai dovesse accadere in qualche tempo che un vescovo, anche se agisce in
qualità di arcivescovo o di patriarca o primate od un cardinale di Romana
Chiesa, come detto, od un legato, oppure lo stesso Romano Pontefice, che prima
della sua promozione a cardinale od alla sua elevazione a Romano Pontefice, avesse
deviato dalla fede cattolica o fosse caduto in qualche eresia (o fosse incorso
in uno scisma o abbia questo suscitato), sia nulla, non valida e senza alcun
valore (nulla, irrita et inanis existat), la sua promozione od elevazione,
anche se avvenuta con la concordanza e l’unanime consenso di tutti i cardinali;
neppure si potrà dire che essa è convalidata col ricevimento della carica,
della consacrazione o del possesso o quasi possesso susseguente del governo e
dell’amministrazione, ovvero per l’intronizzazione o adorazione (adoratio)
dello stesso Romano Pontefice o per l’obbedienza lui prestata da tutti e per il
decorso di qualsiasi durata di tempo nel detto esercizio della sua carica, né
essa potrebbe in alcuna sua parte essere ritenuta legittima, e si giudichi aver
attribuito od attribuire una facoltà nulla, per amministrare (nullam ...
facultatem) a tali persone promosse come vescovi od arcivescovi o patriarchi o
primati od assunte come cardinali o come Romano Pontefice, in cose spirituali o
temporali; ma difettino di qualsiasi forza (viribus careant) tutte e ciascuna
(omnia et singula) di qualsivoglia loro parola, azione, opera di
amministrazione o ad esse conseguenti, non possano conferire nessuna fermezza
di diritto (nullam prorsus firmitatem nec ius), e le persone stesse che fossero
state così promosse od elevate, siano per il fatto stesso (eo ipso) e senza
bisogno di una ulteriore dichiarazione (absque aliqua desuper facienda declaratione),
private (sint privati) di ogni dignità, posto, onore, titolo, autorità, carica
e potere (auctoritate, officio et potestate).
Primero de todo, hace ya muchos
posts hablaba yo de la importancia trascendental de que los textos
magisteriales se pueden “trabajar” mejor o
peor por parte de su autor. Aunque el carisma existe, aunque el Espíritu Santo
existe, un texto puede ser más claro o menos claro, suscitar más dudas o menos
dudas.
No se puede pensar que como uno está asistido, ya no es necesario trabajar tanto la parte humana en el proceso de creación de un texto magisterial. Éste es un ejemplo claro de texto que suscita infinidad de cuestiones, tanto en el campo eclesiológico como en el canónico. Más que dar luz, suscita perplejidades. El texto daría para una clase entera en un seminario de una facultad.
No se puede pensar que como uno está asistido, ya no es necesario trabajar tanto la parte humana en el proceso de creación de un texto magisterial. Éste es un ejemplo claro de texto que suscita infinidad de cuestiones, tanto en el campo eclesiológico como en el canónico. Más que dar luz, suscita perplejidades. El texto daría para una clase entera en un seminario de una facultad.
Pero yendo a lo esencial (y de
forma sumaria), los que siempre citan este texto parcialmente (yo he puesto
entera la parte crítica) se olvidan de citar dos pasajes. Cuando habla del Papa
que puede caer en herejía, la bula dice:
Incluso el mismo Romano
Pontífice, que antes de su promoción a cardenal o de su elevación a Romano
Pontífice…
Está muy claro: “antes”. Señor Galat: ¡antes!, ¡antes!, ¡antes!
El otro pasaje de la misma bula
que no se cita, cuando se aduce este texto de Paulo IV, es cuando afirma:
Noi, riteniamo (…)
che lo stesso Romano Pontefice, il quale agisce in terra quale Vicario di Dio e
di Nostro Signore Gesù Cristo ed ha avuto piena potestà su tutti i popoli ed i
regni, e tutti giudica senza che da nessuno possa essere giudicato…
Es cierto que esta bula tiene
pasajes que debieron trabajarse más para no convertirse en una fuente de
problemas canónicos. Pero Paulo IV le dice a usted, señor Galat, una oveja del
rebaño, que el Romano Pontífice NO puede ser juzgado por NADIE, salvo por
Nuestro Señor Jesucristo.
La bula sí que admite que el Papa
pueda ser advertido de sus errores, porque ya se ha dicho que cuando habla en
un avión, en una comida, en una charla con teólogos, no es infalible por el
hecho de ser Papa:
…qualora sia
riconosciuto deviato dalla fede possa essere redarguito (possit a fide devius,
redargui)…
Sr. Galat, usted ha apelado a esa
bula para poder juzgar y condenar al Papa, cuando esa misma bula es a sus actos
a los que condena.
Se lo pido y los obispos se lo
exigen: deje de hacer la obra del Diablo dividiendo, creando confusión,
injuriando. Dada su edad está muy cerca de comparecer ante el juicio no del
Vicario de Cristo, sino de Cristo mismo.
Ahora mismo ningún sacerdote puede administrarle a usted ningún
sacramento, salvo que usted manifieste que se arrepiente de sus ideas
cismáticas. Mire que ninguno queremos que usted muera fuera de la Iglesia.
P. FORTEA
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