El pecado, según San Agustín, es toda palabra, acto o deseo contra la ley de Dios.
ÍNDICE:
5.1 Naturaleza del pecado.
5.1.1 El doble elemento de todo pecado.
A. El alejamiento de Dios.
B. La conversión a las criaturas.
5.1.2 Distinción de los pecados.
A. Distinción teológica.
B. Distinción específica.
C. Distinción numérica.
5.1.3 La especie moral ínfima.
5.2 Clasificación del pecado.
5.2.1 Original. Personal.
5.2.2 Habitual. Actual
5.2.3 Interno. Externo.
5.2.4 Formal. Material.
5.2.5 De comisión. De omisión.
5.2.6 Mortal. Venial.
5.3 Pecado mortal.
5.3.1 Definición de pecado mortal.
5.3.2 El pecado mortal en relación a Dios y en relación al hombre.
5.3.3 Condiciones para que haya pecado mortal.
A. Materia grave.
B. Plena advertencia.
C. Perfecto consentimiento.
5.4 El pecado venial.
5.4.1 Definición y naturaleza del pecado venial.
5.4.2 Condiciones para que haya pecado venial.
5.4.3 Efectos del pecado venial.
5.5 Pecados especiales.
5.6 Las imperfecciones.
5.7 Causas del pecado.
5.8 Las tentaciones.
5.9 La ocasión de pecado.
5.1.1 El doble elemento de todo pecado.
A. El alejamiento de Dios.
B. La conversión a las criaturas.
5.1.2 Distinción de los pecados.
A. Distinción teológica.
B. Distinción específica.
C. Distinción numérica.
5.1.3 La especie moral ínfima.
5.2 Clasificación del pecado.
5.2.1 Original. Personal.
5.2.2 Habitual. Actual
5.2.3 Interno. Externo.
5.2.4 Formal. Material.
5.2.5 De comisión. De omisión.
5.2.6 Mortal. Venial.
5.3 Pecado mortal.
5.3.1 Definición de pecado mortal.
5.3.2 El pecado mortal en relación a Dios y en relación al hombre.
5.3.3 Condiciones para que haya pecado mortal.
A. Materia grave.
B. Plena advertencia.
C. Perfecto consentimiento.
5.4 El pecado venial.
5.4.1 Definición y naturaleza del pecado venial.
5.4.2 Condiciones para que haya pecado venial.
5.4.3 Efectos del pecado venial.
5.5 Pecados especiales.
5.6 Las imperfecciones.
5.7 Causas del pecado.
5.8 Las tentaciones.
5.9 La ocasión de pecado.
5.1 NATURALEZA DEL
PECADO
El pecado dice San Agustín, es “toda palabra, acto o deseo contra la ley de Dios” (cfr. Contra Faustum I, 22 c. 27: PL 42, 418). O bien, según la definición clásica, pecado es:
El pecado dice San Agustín, es “toda palabra, acto o deseo contra la ley de Dios” (cfr. Contra Faustum I, 22 c. 27: PL 42, 418). O bien, según la definición clásica, pecado es:
a) la trasgresión: es decir violación o desobediencia;
b) voluntaria: porque se trata no sólo de un acto puramente
material, sino de una acción formal, advertida y consentida;
Si la trasgresión
afecta una ley moral grave, se produce el pecado mortal; si afecta a una leve,
el pecado es venial. En el primer caso -como veremos más detenidamente- hay un
verdadero alejamiento de Dios; en el segundo, sólo una desviación del camino
que nos conduce a Él. Cuando el hombre peca gravemente se pierde para sí mismo
y para Dios: se encuentra sin sentido y sin dirección en la vida, pues el
pecado desorienta esencialmente en relación al fin sobrenatural eterno.
c) de la ley divina: o sea, de cualquier ley obligatoria, ya que todas
reciben su fuerza de la ley eterna.
Si la
trasgresión afecta una ley moral grave, se produce el pecado mortal; si afecta
a una leve, el pecado es venial. En el primer caso -como veremos más
detenidamente- hay un verdadero alejamiento de Dios; en el segundo, sólo una
desviación del camino que nos conduce a Él. Cuando el hombre peca gravemente se
pierde para sí mismo y para Dios: se encuentra sin sentido y sin dirección en
la vida, pues el pecado desorienta esencialmente en relación al fin
sobrenatural eterno.
El pecado
es, por tanto, la mayor tragedia que puede acontecer al hombre: en pocos
momentos ha negado a Dios y se ha negado también a sí mismo. Su vida honrada,
su vocación, las promesas del bautismo, las esperanzas que Dios depositó en él,
su pasado, su futuro, su felicidad temporal y eterna, todo se ha perdido por un
capricho pasajero.
5.1.1 EL DOBLE ELEMENTO
DE TODO PECADO
Al hablar
del pecado, todos los autores están de acuerdo en señalar que son dos los
elementos que entran en su constitutivo interno: el alejamiento de Dios y la
conversión a las criaturas. Veremos cada uno por separado.
A. El alejamiento de
Dios
Es su
elemento formal y, propiamente hablando, no se da sino en el pecado mortal, que
es el único en el que se realiza en toda su integridad la noción de pecado.
Al
transgredir el precepto divino, el pecador percibe que se separa de Dios y, sin
embargo, realiza la acción pecaminosa. No importa que no tenga la intención
directa de ofender a Dios, pues basta que el pecador se dé cuenta de que su
acción es incompatible con la amistad divina y, a pesar de ello, la realice
voluntariamente, incluso con pena y disgusto de ofender a Dios.
En todo
pecado mortal hay una verdadera ofensa a Dios, por múltiples razones:
1) porque es el supremo legislador, que tiene derecho
a imponernos el recto orden de la razón mediante su ley divina, que el pecador
quebranta advertida y voluntariamente;
2) porque es
el último fin del hombre y éste, al pecar, se adhiere a una criatura en la que
de algún modo pone su fin;
3) porque es el bien sumo e infinito, que se ve
rechazado por un bien creado y perecedero elegido por el pecador;
4) porque es gobernador, de cuyo supremo dominio se
intenta sustraer el hombre, bienhechor que ve despreciados sus dones divinos, y
juez al que el hombre no teme a pesar de saber que no puede escapar de Él.
B. La conversión a las
criaturas
Como se
deduce de lo ya dicho, en todo pecado hay también el goce ilícito de un ser
creado, contra la ley o mandato de Dios. Casi siempre es esto precisamente lo
que busca el hombre al pecar, más que pretender directamente ofender a Dios:
deslumbrado por la momentánea felicidad que le ofrece el pecado, lo toma como
un verdadero bien, como algo que le conviene, sin admitir que se trata sólo de
un bien aparente que, apenas gustado, dejará en su alma la amargura del
remordimiento y de la decepción.
Como ya
habíamos dicho, en la inmensa mayoría de los casos el pecado resulta originado
por este segundo elemento. Los pecados motivados directamente por el primer
elemento -el odio o aversión a Dios- se denominan pecados satánicos.
Además
del desorden que implican estos dos constitutivos internos -rechazo de Dios,
mal uso de un ser creado-, hay que decir también que el pecado conlleva otros
desórdenes:
1) Una lesión a la razón natural: todo pecado es una
verdadera estupidez (vera stultitia, dice Santo Tomás de Aquino: cfr. S. Th.
I-II, q. 71, a. 2) cometido contra la recta razón, pues por el gozo de un bien
finito se incurre en la pérdida de un bien infinito.
2) Una lesión al orden social: la inclinación al mal,
que permanece después del pecado original y se agrava con los pecados actuales,
ejerce su influjo en las mismas estructuras sociales, que en cierto modo están
marcadas por el pecado del hombre. Los pecados de los hombres son causa de
situaciones objetivamente injustas, de carácter social, político, económico,
cultural, etc. En este sentido puede hablarse con razón de pecado social, que
algunos llaman estructural: todo pecado tiene siempre una dimensión social,
pues la libertad de todo ser humano posee por sí misma una orientación social
(cfr. Exh ap. post-sinodal Reconciliación y Penitencia de Juan Pablo II, n.
16).
3) Una lesión al cuerpo Místico de Cristo: asimismo,
todo pecado repercute en la Iglesia, pues se desarrolla en el misterio de la
comunión de los santos:
Se puede
hablar de una “comunión del pecado”, por el
que un alma que se abaja, abaja consigo a la Iglesia y, en cierto modo, al
mundo entero. En otras palabras, no existe pecado alguno, aún el más
estrictamente individual, que afecte exclusivamente al que lo comete (ibidem).
5.1.2 DISTINCIÓN DE LOS
PECADOS
Nos
interesa conocer en los pecados tres distinciones fundamentales: la teológica,
la específica y la numérica.
A. Distinción teológica: es la que existe entre el
pecado mortal y el venial. De esta distinción se hablará con detenimiento más
adelante.
B. Distinción específica: es la que existe entre
pecados de diversa especie o naturaleza. Es una distinción necesaria por el
precepto divino de confesar los pecados graves en su especie ínfima (ver
5.1.3). Son específicamente distintos:
1) los pecados que se oponen a diversas virtudes: por
ejemplo, la gula, que se opone a la templanza, y el robo, que se opone a la justicia;
2) los pecados que se oponen a la misma virtud por
exceso o por defecto: por ejemplo, la presunción (exceso desordenado de la
esperanza) y la desesperación (falta de esperanza); o la soberbia (falta de
humildad) y la pusilanimidad (falsa humildad);
3) los pecados que se oponen a diversos objetos de una
misma virtud: la justicia, por ejemplo, comprende cuatro bienes diferentes -la
vida, la fama, el honor y la propiedad- que originan cuatro pecados diversos:
el homicidio, la murmuración, la injuria y el robo;
4) los pecados que quebrantan leyes o preceptos dados
por motivos diversos: por ejemplo, quien omite la asistencia a una Misa que
debe oír por ser domingo y por cumplir una penitencia.
C. Distinción
numérica: es la que existe entre los diversos actos pecaminosos cometidos.
5.1.3 LA ESPECIE MORAL
ÍNFIMA
Interesa
tratar este inciso ya que para la confesión sacramental es preciso declarar los
pecados según su especie moral ínfima (cfr. CIC, c. 988); es decir, que el
pecado ha de ser expresado de forma tal que no admita inferiores subdivisiones
en especies distintas.
Así, no
se puede decir tan sólo: me acuso de un pecado contra la caridad, o de un
pecado de lujuria; hay que especificar si fue de pensamiento, deseo, palabra,
de tal obra, etc., añadiendo las circunstancias que puedan modificar su
especie.
En el
caso de los pecados mortales, ha de decirse siempre, además, el número de veces
que se cometió.
Si esto
resulta muy difícil porque no es fácil recordar, porque hace muchos años de la
última confesión, etc., ha de decirse un número aproximado (alrededor de 2
veces al mes durante tres años, por ejemplo).
5.2 CLASIFICACIÓN DEL
PECADO
El pecado
puede clasificarse según el siguiente esquema:
5.2.1
Original
(el pecado de Adán y Eva, que se trasmite a todos los hombres por generación).
Personal
(el pecado que comete el propio individuo).
5.2.2
Habitual
(es la mancha que deja en el alma el pecado actual. Se llama también “estado de pecado”).
Actual
(cada transgresión de la ley divina).
5.2.3
Interno
(si se realiza sólo en la mente o en el corazón, por ejemplo, odiar).
Externo
(si se realiza exteriormente, con palabras o hechos).
5.2.4
Formal
(cuando se comete a sabiendas de que se quebranta la ley o, en otras palabras,
si se actúa en contra de la conciencia).
Material
(cuando se quebranta la ley involuntariamente, es decir, la conciencia es recta
pero errónea. Es el caso de actuar por ignorancia invencible).
5.2.5
De
comisión (acción positiva contra un precepto: por ejemplo, el homicidio).
De
omisión (ausencia de un acto positivamente imperado: por ejemplo, no oír Misa
en día festivo).
5.2.6 Mortal y Venial
Esta
última clasificación es la que más nos interesa porque en un caso, el del
pecado mortal, al destruirse la gracia hay un alejamiento total de Dios que de
no rectificarse, supone el perderlo eternamente. Por lo tanto, está en juego la
consecución o la pérdida del fin último para el que hemos sido creados.
5.3 EL PECADO MORTAL
5.3.1 DEFINICIÓN DE
PECADO MORTAL
“Es la trasgresión deliberada y voluntaria de la ley moral en materia
grave”.
El pecado
mortal implica la muerte del alma porque destruye la caridad en el corazón del
hombre por una infracción grave de la ley de Dios; aparta al hombre de Dios,
que es su fin último y su bienaventuranza, prefiriendo un bien inferior.
Para
vivir espiritualmente, el hombre debe permanecer en comunión con el supremo
principio de vida, que es Dios, en cuanto es el último fin de todo su ser y
obrar. Ahora bien, el pecado es un desorden perpetrado por el hombre contra ese
principio vital. Y cuando por medio del pecado el alma comete una acción
desordenada que llega hasta la separación del fin último Dios al que está unida
por la caridad, entonces se da el pecado mortal (Exh. Ap. “Reconciliación y Penitencia”, n. 17, del
2-XII-84).
5.3.2 EL PECADO MORTAL
EN RELACIÓN A DIOS Y EN RELACIÓN AL HOMBRE
En
relación a Dios el pecado mortal supone:
a) gravísima injusticia contra su supremo dominio al
sustraerse de su ley;
b) desprecio de la amistad divina, manifestando enorme
ingratitud para quien nos ha colmado de tantos y tan excelentes beneficios;
c) renovación de la causa de la muerte de Cristo;
d) violación del cuerpo del cristiano como templo del
Espíritu Santo.
Por todo
ello, teniendo en cuenta la distancia infinita entre el Creador y la criatura,
el pecado mortal encierra una maldad en cierto modo infinita. Además, como el
orden moral tiene carácter eterno ley eterna, destino eterno del hombre, su
negación consciente rebasa el tiempo y llega hasta la eternidad.
En
relación al hombre, el pecado mortal supone la negación del primer y más
fundamental valor ontológico: la dependencia de Dios. La consecuencia primera
es la aversión habitual de Dios, de la que se siguen:
a) La pérdida de la caridad y la privación de la
gracia santificante, es decir, del estado de gracia. Con ello se pierden las
virtudes infusas, los dones del Espíritu Santo y la presencia de inhabitación
de la Santísima Trinidad en el alma.
Son
famosas las siguientes palabras del Papa San León: “Reconoce,
cristiano, tu dignidad, y hecho partícipe de la naturaleza divina, no quieras
volver a tu antigua vileza” (Sermo I in Nativitate Domini, 3; PL 54,
193).
b) La pérdida de los méritos adquiridos durante la
vida.
c) El oscurecimiento de la inteligencia que la misma
ceguedad de la culpa lleva consigo (vera stultitia).
“El pecado es una falta contra la razón, la verdad, la conciencia recta.
Hiere la naturaleza del hombre” (Catecismo,
n. 1849).
d) La pérdida del derecho a la gloria eterna. Si no es
rescatado por el arrepentimiento y el perdón de Dios, causa la exclusión del
Reino de Cristo y la muerte eterna del infierno; de modo que nuestra libertad
tiene poder de hacer elecciones para siempre, sin retorno (Catecismo, n. 1861).
El Papa
Benedicto XII expone este efecto con las siguientes palabras: “Definimos además que, según la común ordenación de Dios,
las almas de los que salen del mundo con pecado mortal actual, inmediatamente
después de la muerte descienden al infierno” (Dz. 531; cfr. también Mt.
25, Mc. 9, 42; Apoc. 14, 11; S. Th. I-II, q. 87, a. 3).
e) El pecado atenta también contra la solidaridad
humana, ya que el pecador no sólo se perjudica a sí mismo sino que, en virtud
del dogma de la Comunión de los Santos, daña además a la Iglesia y aun a la
totalidad de los hombres.
f) El relato de pena y esclavitud de Satanás; de hijo
de Dios el hombre pasa a ser enemigo de Dios. El concilio de Trento (ses. 14,
cap.
5) señala que “todos los
pecados mortales, aun los de pensamiento, hacen a los hombres hijos de la ira y
enemigos de Dios”.
Aunque el
pecador no quiera el alejamiento de Dios, sabe muy bien que independientemente
de sus deseos subjetivos, el orden moral objetivo establecido por Dios prohíbe
o manda esta acción, castigando con la pena eterna el hacerla u omitirla y, a
pesar de saber todo eso, la realiza o la omite. Por un instante de gozo, fugaz
y pasajero, acepta quedarse sin su fin sobrenatural eterno.
Teniendo
en cuenta la distancia infinita entre el Creador y el hombre, como ya quedó
dicho, el pecado mortal encierra una maldad en cierto modo infinita que nos
permite llamarlo “mysterium iniquitatis”, es
la inexplicable maldad de la criatura que se alza, por soberbia, contra Dios
(Escriv de Balaguer, J., “Es Cristo que pasa”, Ed.
MiNos, n. 95).
5.3.3 CONDICIONES PARA
QUE HAYA PECADO MORTAL
Para que
haya pecado mortal se requiere que la acción reúna tres condiciones: materia
grave (factor objetivo), plena advertencia y perfecto consentimiento (factores
subjetivos).
A. Materia grave
No todos
los pecados son igualmente graves, puesto que caben distintos grados de
desorden objetivo en los actos malos, así como distintos grados de maldad
subjetiva al cometerlos. Para que se dé el pecado mortal se requiere materia
grave, en sí misma (porque el objeto de aquel acto es en sí mismo grave, por
ejemplo, el aborto) o en sus circunstancias (por ejemplo, por el escándalo que
puede causar).
Para
reconocer si la materia es grave, habrá que decir que todo aquello que sea
incompatible con el amor a Dios supone materia grave (es claro, por ejemplo,
que la blasfemia o la idolatría no admiten consorcio alguno con el amor a
Dios). La seguridad de tal incompatibilidad viene dada por las mismas fuentes
de la Teología Moral (cfr. 1.3), en concreto:
1) Las enseñanzas de la Sagrada Escritura: en muchos
textos se habla de pecados que excluyen del Reino de los Cielos (cfr. p. ej.,
Mt. 5, 22; o bien I Cor. 6, 9-10: no os engañáis: ni los fornicarios, ni los
idólatras, ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los sodomitas, ni los
ladrones, ni los avaros, ni los blasfemos, ni los rapaces, poseerán el reino de
Dios).
2) Las enseñanzas de la Iglesia que, por ser
depositaria e intérprete de la Revelación divina y de la ley natural, dictamina
con su Magisterio la licitud o ilicitud de acciones concretas (por ejemplo,
condenas de errores morales: cfr. Dz. 1151-1216, Declaración de la Sagrada
Congregación para la Doctrina de la Fe sobre Ética Sexual, 29-XII-1975, etc.).
3) Las razones teológicas, con las que se ponderan los
motivos que hacen considerar las acciones como graves desórdenes. Así, los
teólogos y doctores de la Iglesia suelen dividir los pecados en dos categorías
especiales:
a) Los que de suyo siempre son mortales (llamados
también intrínsecamente mortales o pecados mortales ex toto genere suo); es
decir, no admiten parvedad de materia y no pueden ser leves sino por falta de
plena advertencia o perfecto consentimiento (por ejemplo, la blasfemia, la
idolatría, la lujuria, etc.).
Lo
anterior fue vuelto a explicar recientemente por el Papa Juan Pablo II: “algunos pecados, por razón de su materia, son
intrínsecamente graves y mortales. Es decir, existen actos que, por sí y en sí
mismos, independientemente de las circunstancias, son siempre gravemente
ilícitos por razón de su objeto. Estos actos si se realizan con el suficiente
conocimiento y libertad, son siempre culpa grave” (Exh. Ap.
Reconciliación y penitencia, n. 17, 2-XII-1984).
b) Los que no siempre son mortales (llamados pecados
graves, ex genere suo), ya que aunque se refieran a materia gravemente
prohibida (por ejemplo, el hurto), admiten parvedad de materia, de modo que si
sólo hay materia leve no pasan de pecado venial (por ejemplo, robar una cosa
insignificante).
B. Plena advertencia
Ya al
hablar de los actos humanos vimos lo referente a la advertencia y al
consentimiento, por lo que aquí diremos sólo algunas cosas prácticas. En primer
lugar, que la advertencia se refiere a dos cosas:
1) Advertencia del acto mismo: es necesario darse
cuenta de lo que se esté haciendo (por ejemplo, no advierte totalmente la
acción el que está semidormido).
2) Advertencia de la malicia del acto: es necesario
advertir aunque sea confusamente que se está haciendo un pecado, un acto malo
(por ejemplo, el que come carne en vigilia, pero ignora absolutamente que lo
es, advierte la acción comer carne, pero no su ilicitud).
Cabe
también decir que la advertencia moral no comienza sino cuando el hombre se da
cuenta de la malicia del acto: mientras no se advierta esta malicia no hay pecado.
Sin
embargo, también es preciso señalar que para que haya pecado no es necesario
advertir que se está ofendiendo a Dios; basta darse cuenta aunque sea
confusamente que se realiza un acto malo.
C. Perfecto
consentimiento
Como el
consentimiento sigue naturalmente a la advertencia, resulta claro que sólo es
posible hablar de consentimiento pleno cuando ha habido plena advertencia del
acto.
Si no
hubo advertencia plena del acto o de su malicia, puede también decirse que
falla el perfecto consentimiento para la realización de ese acto o para su
imputabilidad moral.
Es
importante distinguir entre “sentir” una
tentación y “consentirla”. En el primer caso
se trata de un fenómeno puramente sensitivo de la parte animal del hombre,
mientras en el segundo es ya un acto plenamente humano, pues supone la
intervención positiva de la voluntad.
No es
siempre fácil saber si hubo consentimiento pleno. En el caso de duda sirve
fijarse en lo que pasa ordinariamente: quien ordinariamente consiente debe juzgar
que consintió, y al contrario. Igualmente es importante recordar que es ilícito
proceder con duda: debe salirse de ella antes de actuar.
No debe
confundirse el consentimiento semi-pleno o la falta de consentimiento con una
acción voluntaria que alguien realiza bajo coacción física o moral superable.
Por
ejemplo, aquel que, amenazado de muerte, inciensa un ídolo, hace un acto
perfectamente consentido: ha aceptado positivamente en su voluntad el ser
idólatra, aunque lo hiciera bajo coacción.
5.4 EL PECADO VENIAL
5.4.1 DEFINICIÓN Y
NATURALEZA DEL PECADO VENIAL
“Se comete un pecado venial cuando no se observa en una materia leve la
medida prescrita por la ley moral, o cuando se desobedece a la ley moral en
materia grave, pero sin pleno conocimiento o sin entero consentimiento” (Catecismo, n. 1862).
Venial
viene de la palabra venia, que significa perdón, y alude al más fácil perdón de
este tipo de faltas: se remiten no exclusivamente en el fuero sacramental sino
también por otros medios.
El pecado
venial difiere sustancialmente del mortal, ya que no implica el elemento
esencial del pecado mortal que es, como quedó explicado (cfr. 5.3.1), la
aversión a Dios. En el pecado venial se da sólo el segundo elemento, una cierta
conversión a las criaturas compatible con la amistad divina.
De
acuerdo a la enseñanza de Santo Tomás, el pecado venial es un desorden en las
cosas, un mal empleo de las fuerzas para caminar hacia Dios, pero en el que se
conserva la ordenación fundamental al último fin: los pecados que incurren en
desorden respecto a las cosas que orientan al fin, pero que conservan su orden
al fin último, son más reparables y se llaman veniales (S. Th., I-II, q. 88, a.
1).
El Papa
Juan Pablo II explica: “…cada vez que la acción
desordenada permanece en los límites de la separación de Dios, entonces el
pecado es venial. Por esta razón, el pecado venial no priva de la gracia
santificante, de la amistad con Dios, de la caridad, ni por lo tanto, de la
bienaventuranza eterna” (Exhort. Apost. Reconciliación y Penitencia, n.
17, 2-XII-1984).
Para
clarificar estos conceptos suele ponerse el ejemplo del que emprende un viaje
con el objeto de llegar a un determinado lugar. El pecado mortal equivaldría al
hecho de que ese viajero de pronto se pusiera de espaldas y comenzara a caminar
en sentido contrario, alejándose así cada vez más de la meta buscada. En
cambio, quien comete un pecado venial es como el viajero que simplemente hace
una desviación, un pequeño rodeo, pero sin perder la orientación fundamental
hacia el punto donde se dirige.
5.4.2 CONDICIONES PARA
QUE HAYA PECADO VENIAL
Un pecado puede ser venial por
dos razones:
1) Porque la materia es leve (por ejemplo, una
mentira jocosa, falta de aprovechamiento del tiempo en los estudios -que no
tienen consecuencias graves en los exámenes-, una pequeña desobediencia a los
padres, etc.).
2) Porque siendo la materia grave, la advertencia o el
consentimiento no han sido perfectos (por ejemplo, los pensamientos impuros
semi-consentidos, una ofensa en un partido de fútbol por apasionamiento, etc.).
Conviene
tener en cuenta también que el pecado venial objetivamente considerado puede
hacerse subjetivamente mortal por las siguientes causas:
1) Por conciencia errónea (por ejemplo, si se cree que
una mentira leve es pecado grave, y se dice, se peca gravemente).
2) Por un fin gravemente malo (por ejemplo, si se dice
una pequeña mentira deseando cometer, gracias a ella, un hurto grave).
3) Por acumulación de materia (por ejemplo, cuando se
roba 10 más 10 más 10…).
4) Por el grave detrimento que se siga del pecado
venial:
a) de daños materiales (por ejemplo, el médico que
por un descuido leve ocasiona la muerte del paciente);
b) de peligro de pecado mortal (por ejemplo, el que
por curiosidad acude a un espectáculo sospechando que es para él ocasión de
pecado);
c) por peligro de escándalo (por ejemplo, el que
inventa aventuras que llevan a otros a cometer pecados).
5.4.3 EFECTOS DEL
PECADO VENIAL
“El pecado venial
– debilita la caridad,
– entraña un afecto desordenado a bienes creados,
– impide el progreso del alma en el ejercicio de las virtudes y la
práctica del bien moral,
– merece penas temporales,
– el pecado venial deliberado y que permanece sin arrepentimiento, nos
dispone poco a poco a cometer el pecado mortal.
No obstante, el pecado venial no nos hace contrarios a la voluntad y la
amistad divinas; no rompe la Alianza con Dios. Es humanamente reparable con la
gracia de Dios. No priva de la gracia santificante, de la amistad de Dios, de
la caridad, ni, por tanto, de la bienaventuranza eterna” (Catecismo, n. 1863).
“El hombre, mientras permanece en la carne, no puede evitar todo pecado,
al menos los pecados leves. Pero estos pecados, que llamamos leves, no los
consideres poca cosa: si los tienes por tales cuando los pesas, tiembla cuando
los cuentas. Muchos pequeños objetos hacen una gran masa; muchas gotas de agua
llenan un río. Muchos granos hacen un montón. ¿Cuál es entonces nuestra
esperanza? Ante todo, la confesión…” (S.
Agustín, Es. Jo. 1, 6).
5.5 PECADOS ESPECIALES
Algunos
pecados especiales se agrupan bajo los siguientes nombres:
A. Pecados contra el Espíritu Santo
“El que blasfeme contra el Espíritu Santo no tendrá perdón nunca, antes
bien será reo de pecado eterno” (Mc. 3,
29; cfr. Mt. 12, 32; Lc. 12, 10). No hay límites a la misericordia de Dios,
pero quien se niega deliberadamente a acoger la misericordia de Dios mediante
el arrepentimiento rechaza el perdón de sus pecados y la salvación ofrecida por
el Espíritu Santo. Semejante endurecimiento puede conducir a la condenación
final y a la perdición eterna (Catecismo, n. 1864).
Entre
estos pecados se incluyen la presunción de salvarse sin méritos, la
desesperación, la impugnación de la verdad cristiana conocida, la obstinación
en el pecado y la impenitencia final.
B. Pecados que claman al cielo, porque su influencia
nefanda en el orden social pide venganza de lo alto.
Suelen
recibir esta denominación el homicidio, la homosexualidad, la opresión de los
débiles, la retención de salario a los obreros.
C. Pecados capitales, llamados así porque los demás
suelen proceder de ellos como de su cabeza u origen.
Clásicamente
se citan la soberbia o vanagloria, la envidia, la avaricia, la ira, la lujuria,
la gula y la pereza.
5.6 LAS IMPERFECCIONES
Se trata
de transgresiones voluntarias no ya de los preceptos obligatorios de la ley,
sino de lo que es un simple consejo o conveniencia para la salvación. Es un
rechazo voluntario de las gracias actuales que Dios nos va dando para que en
cada momento hagamos lo que es de su agrado. Es no decir a Dios siempre que sí.
Conviene
considerar que, al ser Dios infinito, nada escapa a su querer, ni aun las cosas
que nosotros podríamos considerar intrascendentes (por ejemplo, ir el domingo
a este lado o al otro, decir o callar un comentario, etc.). Nada le es
indiferente; en su Sabiduría infinita ha determinado hasta en sus últimos
detalles lo que es de su agrado en cada momento de nuestra vida.
Del
primer precepto del Decálogo (cfr. Deut. 6, 4-9; Mt. 22, 37-38), confirmado por
las palabras del Señor en el Sermón de la Montaña sed perfectos como mi Padre
celestial es perfecto (Mt. 5, 48; ver también I Cor. 1, 2; Gal. 4, 6-7) se
sigue la obligación de todos los hombres de tender a la santidad y, por tanto,
de luchar continuamente para evitar la imperfección en todos los ámbitos de las
virtudes.
5.7 CAUSAS DEL PECADO
En
realidad siempre la causa universal de todo pecado es el egoísmo o amor
desordenado de sí mismo (cfr. S. Th., I-II, q. 84, a. 2).
Amar a
alguien es desearle algún bien, pero por el pecado desea el hombre para sí
mismo, desordenadamente, un bien sensible incompatible con el bien racional.
Que el amor desordenado a sí mismo y a las cosas materiales es la raíz de todo
pecado queda frecuentemente de manifiesto en la Sagrada Escritura (cfr. Prov.
1, 19; Eclo. 10, 9; Jue. 5, 10; 10, 4; I Sam. 25, 20; II Sam. 17, 23; I Re. 2,
40; Mt. 10, 25; etc.).
Junto a
la causa universal de todo pecado, podemos distinguir otras, tanto internas
como externas:
Las
causas internas son las heridas que el pecado original dejó en la naturaleza
humana:
1) la herida en el entendimiento: la ignorancia que
nos hace desconocer la ley moral y su importancia;
2) la herida en el apetito concupiscible: la
concupiscencia o rebelión de nuestra parte más baja, la carne, contra el
espíritu;
3) la herida en el apetito irascible: la debilidad o
dificultad en alcanzar el bien arduo, que sucumbe ante la fuerza de la
tentación y es aumentada por los malos hábitos;
4) la herida en la voluntad: la malicia que busca
intencionadamente el pecado, o se deja llevar por él sin oponer resistencia.
Las
causas externas son:
1) el demonio, cuyo oficio propio es tentar o atraer
a los hombres al mal induciéndolos a pecar. “Sed
sobrios y estad en vela, porque vuestro enemigo el diablo anda girando como
león rugiente alrededor de vosotros en busca de presa que devorar” (I
Pe. 5, 8; cfr. también Sant. 4, 7);
2) las criaturas que, por el desorden que dejó en el
alma el pecado original, en vez de conducirnos a Dios en ocasiones nos alejan
de Él. Pueden ser causa del pecado ya sea como ocasión de escándalo (ver
7.3.3.d), bien cooperando al mal del prójimo (ver 7.3.3.e).
5.8 LAS TENTACIONES
Por
tentación se entiende toda aquella sugestión interior que, procediendo de causas
tanto internas como externas, incita al hombre a pecar.
Las
tentaciones actúan en el hombre de tres maneras:
1) engañando al entendimiento con falsas ilusiones,
haciéndole ver, por ejemplo, la muerte como muy lejana, la salvación muy fácil,
a Dios más compasivo que justiciero, etc.;
2) debilitando a la voluntad, haciéndola floja a base
de caer en la comodidad, en la negligencia, etc.;
3) instigando a los sentidos internos, principalmente
la imaginación, con pensamientos de sensualidad, de soberbia, de odio, etc.
Las
tentaciones son pecado no cuando las sentimos, sino sólo cuando voluntariamente
las consentimos (Catecismo, nn. 1264, 1426, 2515).
Es
importante comprender con claridad que la tentación sólo puede incitar a pecar,
pero nunca obliga a la voluntad, que permanece siempre dueña de su libre
albedrío. Ninguna fuerza interna o externa puede obligar al hombre a pecar.
Por
tanto, siempre podemos vencer las tentaciones, ya que ninguna de ellas es
superior a nuestras fuerzas: Fiel es Dios que no permitir que seáis tentados
sobre vuestras fuerzas, sino que de la misma tentación os hará sacar provecho
(I Cor. 10, 13).
Dios no
quiere nuestras tentaciones, pero las permite, ya para humillarnos, haciéndonos
ver la necesidad que tenemos de su gracia, ya para fortalecernos con la lucha,
ya para que adquiramos méritos para el cielo.
Los
medios para vencer las tentaciones están siempre al alcance de la mano:
1) los medios sobrenaturales, que son los más
importantes: la oración, la frecuencia de sacramentos y la devoción a la
Santísima Virgen;
2) la mortificación de nuestros sentidos, que
fortalece la voluntad para que pueda resistir en el momento de la tentación;
3) evitar la ociosidad, pues la tentación parece que
espera el primer momento de ocio para insinuarse;
4) huir de las ocasiones de pecado, dado que nunca es
lícito exponerse voluntariamente a peligro próximo de pecar: supondría conceder
poca importancia a la probable ofensa a Dios y tiene, por tanto, razón de
verdadero pecado. “No tengas la cobardía de ser
`valiente´: ¡huye!” (Camino, n. 132).
5.9 LA OCASIÓN DE
PECADO
Por
ocasión de pecado se entiende toda aquella situación en la que el hombre se
encuentra en peligro de caer en pecado.
Se
distingue de la tentación al ser una realidad externa que se presenta como
motivo de pecado.
La tentación, en cambio, es sólo una sugestión interior.
La
ocasión de pecado puede ser:
a) próxima: si el
peligro de pecar es muy grande y la comisión del pecado casi segura;
b) remota: si el
peligro de pecar no es grande;
c) voluntaria: si el hombre la busca libremente;
d) necesaria: cuando es física o moralmente inevitable.
Los
principios morales en relación a la ocasión de pecado son:
1. La ocasión próxima voluntaria de pecar gravemente,
es gravemente pecaminosa.
Existe,
por tanto, el deber absoluto de evitar ese tipo de ocasiones, al grado de
exigirse como condición previa indispensable para recibir la absolución
sacramental, pues no manifestaría sincero arrepentimiento el que no se aparte
de la ocasión próxima voluntaria; por ejemplo, no podría impartirse la
absolución al que no quisiera deshacerse de las revistas obscenas que le
suponen ocasión de pecar (cfr. Mt. 5, 29 ss.; 18, 8; Dz. 1211-1213).
2. En la ocasión próxima necesaria, el hombre debe
emplear todos los medios a su alcance para alejar en lo posible la ocasión de
pecar y restarle influencia. En otras palabras, debe convertir la ocasión
próxima en remota.
3. Es imposible al hombre evitar todas las ocasiones
remotas de pecar, especialmente en relación al pecado venial, tanto por la
fragilidad de su naturaleza como por los peligros externos. Debe, sin embargo,
aumentar por ello su confianza en Dios y acudir con más frecuencia a los medios
sobrenaturales, evitando igualmente la excesiva inquietud.
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